NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (28/09/2005)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G31/G31/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de setiembre de 2005 b) Los recursos directamente recaudados c) Los recursos provenientes de la cooperación técnica internacional d) Los legados y donaciones que reciba, y;e) Los demás recursos que se le transfieran conforme a ley. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- PROPARACAS se instalará dentro de un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días naturales contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza Regional. Tercera.- El Gobierno Regional de Ica aprobará el Reglamento de Organización y Funciones de PROPARACAS en un plazo no mayor de sesenta (60) díasnaturales contados a partir de la instalación del Consejo Consultivo o Pleno. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplaseDado en la Sede del Gobierno Regional de lca a los dos días de setiembre del dos mil cinco. VICENTE TELLO CÉSPEDES Presidente Regional 16462 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72 /G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/GED/G61/G20/G41/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G63/G72/G65/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G62/G6C/G65/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G65/G73/G63/G61/G41/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 0017-2005-GORE-ICA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: "Declarar enEmergencia al Sector Pesquería Artesanal" CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Estado señala que las Regiones tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les corresponde, dentro de su jurisdicción, la coordinación y ejecución de los planes y programassocio-económicos regionales, así como la gestión de actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a Ley; Que, los Gobiernos Regionales tienen jurisdicción dentro del ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme lo dispone el Art. 3º el Título I de laLey Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; Que, conforme a la acotada Ley se establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales, dentro de los cuales se encuentra el Gobierno Regional de Ica, que tiene entre suscompetencias constitucionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo,energía, minería, viabilidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, según lo señala el inciso g) del Art. 9º de la citada Ley Nº 27867; Que, con fecha del 19 de agosto del 2005, se llevó a cabo una Sesión de Consejo Regional Extraordinaria descentralizada, en el distrito de San Andrés - Pisco,teniendo como uno de los puntos de agenda el de tratar sobre la problemática de la Pesca Artesanal en el ámbito regional, habiendo expuesto los dirigentes deorganizaciones sociales de pescadores artesanales, graficando la critica situación por la que atraviesan actualmente;Que, teniendo en cuenta la actual situación de la pesca artesanal, una de las atribuciones del Consejo Regional es la de aprobar, modificar o derogar normas de competencias y funciones del Gobierno Regional a través de la expedición deOrdenanzas Regionales y Acuerdos Regionales, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 15º, 37º Inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los GobiernosRegionales y estando a lo acordado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria del 19 de agosto del 2005; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Del Objeto de la Norma.- Declara en EMERGENCIA al Sector Pesquería Artesanal, dentrodel ámbito territorial del Gobierno Regional de Ica. Artículo Segundo.- De la Conformidad de la Comisión Multisectorial.- Créase la Comisión Multisectorial de solución a la problemática de la Pesca Artesanal de la Región Ica. Artículo Tercero.- De la Composición de la Comisión Multisectorial.- La Comisión Multisectorial de solución a la problemática de la Pesca Artesanal estará integrada por: - El Consejero Regional de Pisco, quien la presidirá. - El Gerente de Desarrollo Económico del GORE - ICA - El Director Regional de la Producción, quien actuará como Secretario Técnico. - Un representante de la Municipalidad Provincial de Pisco y distritos de: - Tambo de Mora - Paracas - Ocucaje y- Marcona. - Un representante de la Capitanía de Puerto de Pisco y Marcona. - Un representante de INRENA - Reserva Nacional de Paracas. - Un representante de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga - Facultad de Pesquería y Alimentación. - Seis (6) representantes de las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales de la Región Ica. Artículo Cuarto.- De sus Atribuciones y Competencias.- La Comisión Multisectorial de Solución a la problemática de la Pesca Artesanal, es la instancia competente para elaborar y sugerir a cada sector dentro del ámbito de su jurisdicción, lasmedidas técnicas-administrativas que conlleven a solucionar la problemática de la Pesca Artesanal en el ámbito de la Región Ica, funcionará dentro del Marco Legal de las disposicionesvigentes para el Sector de Producción y el Viceministerio de Pesquería, así como de las funciones específicas para el ejercicio de las competencias compartidas a los Gobiernos Regionalesy Locales (Transferencias de Funciones a Gobiernos Regionales) establecida por el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Comuníquese formalmente a todas las instancias que componen la Comisión Multisectorial de Solución a la Problemática a la Pesca Artesanal. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano y en uno de mayor circulación de la Región, conforme lo dispone el artículo 42º de la LeyNº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Ordenanza empezará a regir, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ica, a los treintiún días del mes de agosto del 2005. VICENTE TELLO CÉSPEDES Presidente Regional 16463