Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2006 (22/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

335234

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de diciembre de 2006

Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
9293-4 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1185-2006-JEF/RENIEC

falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA GALLERES DE CALVO MORDAZA, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA GALLERES DE CALVO MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
9293-5 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1186-2006-JEF/RENIEC

MORDAZA, 28 de noviembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2010-2005/GP/SGDAC/RENIEC, y el Informe Nº 1128-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 8 de setiembre de 2006, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que, la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, ha podido detectar que la ciudadana, que forma parte del documento del Visto, ha recurrido al Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, declarando datos falsos, sustentando los mismos en un instrumento publico adulterado, hecho que ha sido detectado y corresponde tomar acciones legales con relacion a ello, en aplicacion de la Ley Nº 14207 y su Reglamento; Que, la ciudadana MORDAZA GALLERES CALVO MORDAZA, realiza su primera inscripcion ante el ex Registro Electoral del Peru, obteniendo la Inscripcion de siete (7) digitos Nº 0483197, sustentando la misma con su Acta de Matrimonio, para luego realizar rectificacion de nombre a MORDAZA MORDAZA GALLERES MORDAZA DE CALVO MORDAZA, acreditando su identidad con Partida de Nacimiento Ordinaria Nº 996, obteniendo de esta manera la inscripcion Nº 02618136; sin embargo, efectuada la verificacion posterior la Municipalidad Provincial de MORDAZA nos remite la Partida de Nacimiento cuyo numero, si bien coincide con el proporcionado por la ciudadana, difiere en cuanto al nacimiento que corre inscrito en dicha dependencia que fuera efectuado por mandato judicial en el ano de 1952 a nombre de MORDAZA GALLERES EGOAVIL; Que, mediante los documentos recibidos, se concluye que dicha ciudadana ha consignado datos falsos en su inscripcion, valiendose para ello de un instrumento publico adulterado, por lo que en el MORDAZA judicial correspondiente debera determinarse su responsabilidad en estos hechos; Que, si bien se ha procedido administrativamente al excluir la inscripcion Nº 02618136 del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, y como consecuencia el Documento Nacional de Identidad emitido se encuentra cancelado; de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por la ciudadana MORDAZA MORDAZA GALLERES DE CALVO MORDAZA, ha perjudicado la seguridad juridica registral, existiendo indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de

MORDAZA, 28 de noviembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1698/2006/GO/RENIEC y el Informe Nº 892-2006-GAJ/RENIEC de fecha 1 de agosto del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es una Institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, encontrandose a cargo del Registro de Estado Civil, en el que se inscriben hechos y actos relativos a la capacidad y estado civil, entre ellos la inscripcion de los nacimientos; Que, se ha llegado a establecer con el Informe Nº 1146-2006-GO-SGREC/RENIEC elaborado por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, que el dia 15 de diciembre del 2003, ante el Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, se presento MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a inscribir el nacimiento de su menor hijo ocurrido el 21 de noviembre del 2003, declarando como padre a MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANALES; Que, posteriormente a esta inscripcion la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito el 17 de junio del 2004, ante el Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del MORDAZA, un MORDAZA de inscripcion administrativa del mismo hecho MORDAZA, declarando esta vez que nacio el 21 de octubre del 2003; como consecuencia de dicho MORDAZA se expidio la Resolucion Registral Nº 0182-2004-NIE-04RC, ordenando la inscripcion del nacimiento de dicho menor, la cual se formalizo en el Acta de Nacimiento Nº 63470486;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.