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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de diciembre de 2006 335228 Artículo Segundo.- El cumplimiento del turno establecido en el artículo precedente, deberá efectuarse bajo responsabilidad de cada uno de los señores Magistrados. Artículo Tercero .- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, de la Oficina de Control de la Magistratura, Decanato Superior del Ministerio Público del Distrito Judicial de Lima, de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Prensa, Oficina de Protocolo y de la Administración del Juzgado Penal de Turno Permanente, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR Presidente R. LILIANA DÁVILA BRONCANOOSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ 9030-2 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Aprueban medidas de austeridad y gestión presupuestal RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 088-2006 Lima, 14 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO QUE: El artículo 84° de la Constitución Política le atribuye al Banco Central de Reserva del Perú el mandato de preservar la estabilidad monetaria, con fi riéndole autonomía dentro del marco de su Ley Orgánica; El Presupuesto del Banco Central de Reserva del Perú es independiente del Presupuesto General de la República, conforme lo establece el artículo 86° de la Ley Orgánica del Banco Central y la Décima Disposición Final de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; El artículo 3° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 rati fi ca que, para el caso del Banco Central, las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestaria a aplicarse en el año 2007 son aprobadas y dictadas mediante acuerdo de su Directorio, las mismas que deben publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; El artículo 9° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 establece que Directorio del BCRP aprueba los montos para la determinación de los procesos de compra que le corresponde, los cuales deben publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú en concordancia con la Constitución y la Ley, en ejercicio de la autonomía que estas le otorgan, ha dispuesto aprobar una serie de medidas de austeridad que coadyuven con las mejoras en la e fi ciencia y procesos de la institución, en consecuencia; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Se aprueban las siguientes medidas de austeridad y gestión presupuestal: a. La cobertura de plazas vacantes presupuestadas se realiza por concurso público. b. El monto para la contratación por locación de servicios que se celebran con personas naturales de manera directa o indirecta no sobrepasará la remuneración equivalente máxima del puesto de gerente del Banco. Las excepciones a este tope son aprobadas por el Directorio. c. No están autorizados los gastos de publicidad, salvo los requeridos por las normas legales y para informar sobre el ejercicio de las funciones que la Constitución Política le asigna al Banco. d. Restrínjase el gasto en combustible a un máximo de cuarenta (40) galones mensuales por vehículo asignados para actividades administrativas, excluido aquellos destinados para la alta dirección y actividades operativas. e. La Gerencia General emitirá una norma interna con las disposiciones de austeridad adicionales, la cual se difundirá en el portal de transparencia de la institución a los cinco días útiles de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2°.- La Gerencia General publicará en el portal de transparencia la siguiente información: a. Los ahorros resultantes de las medidas vinculadas a la presente norma. b. El Cuadro de Personal Presupuestado correspondiente al cierre del mes anterior, indicando el número de plazas ocupadas y vacantes por unidad organizacional y tipo de puesto. c. El rango remunerativo por tipo de puesto genérico y su nivel de referencia comparable según las encuestas de empresas especializadas. d. Los concursos públicos para la contratación de personal. Artículo 3°. - En vista de la prohibición constitucional de conceder fi nanciamiento al erario nacional y, ante el requerimiento de transferencias de estos ahorros, el Banco Central de Reserva del Perú, cuando le corresponda transferir utilidades al Tesoro por el presente ejercicio, hará saber al Poder Ejecutivo el ahorro generado como consecuencia de las medidas de austeridad. Artículo 4°.- Los montos que rigen los procesos de selección en el Banco son: Escala para adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios y obras (Cifras en miles de nuevos soles) Tipo de ProcesoEscala Bienes Servicios Obras Licitación Pública / Concurso Público> 750 >250 > 1150 Adjudicación Directa Pública >375 750 >125 250 >575 1150 Adjudicación Directa Selectiva > 75 375 >25 125 >115 575 Adjudicación de Menor Cuantía 75 25 115 Artículo 5°.- La presente Resolución de Directorio rige a partir de la fecha de su aprobación. Artículo 6°.- Derógase la Resolución de Directorio N° 063-2006. JULIO VELARDE Presidente 8704-1 CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de las Municipalidades Provinciales de Sechura y Ayabaca RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 387-2006-CG Lima, 19 de diciembre de 2006