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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (22/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de diciembre de 2006 335230 con las solicitudes efectuadas por la población, en las cuales no se comprometían a realizar trabajo alguno, y que, sin embargo, fueron consideradas como sustento para la aprobación del replanteo del Proyecto; por lo que la entidad ha sufrido un perjuicio ascendente a S/. 15 840,00, habiéndose asimismo veri fi cado que existen alimentos por un monto de S/. 715,59, cuyo destino se desconoce; importes que en su conjunto ascienden a S/. 16 555,59; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal vigente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, en el caso de que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal para que se inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único .- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales referidas a los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 8879-4 Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de las Municipalidades Distritales de Jesús María, Yamango y Tambogrande RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 388-2006-CG Lima, 19 de diciembre de 2006 VISTOS, el Informe Especial Nº 005-2006-02- 2180-OCI/MDJM, resultante del Examen Especial practicado por el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María a las exoneraciones de los procesos de selección por el período comprendido entre el 1.ENE.2003 al 31.DIC.2004; y las Hojas de Recomendación Nºs 010 y 014-2006-CG/CA, emitidas por la Gerencia de Contrataciones y Adquisiciones; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control no programada, a la Municipalidad Distrital de Jesús María, a fi n de evaluar las exoneraciones de los procesos de selección efectuadas por dicha entidad, por el período comprendido entre el 1.ENE.2003 al 31.Dic.2004; Que, como resultado de la citada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado la existencia de irregularidades en las contrataciones consecutivas de los servicios de asesoría legal externa de dos abogados durante el período enero 2003 a diciembre 2004, por los cuales la referida Municipalidad desembolsó por el concepto de honorarios la suma de S/. 797,727.28; habiéndose evidenciado, entre otros, la contratación de dichos servicios a través de una exoneración que carecía de sustento, contraviniendo lo previsto en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado; siendo que, asimismo, se contrató a los indicados profesionales, invocándose contratos complementarios, aún cuando, no se desarrollaba ningún proceso de selección, único supuesto en que éstos proceden; además de haberlos contratado por determinados períodos sin proceso de selección previo; Que, adicionalmente, se ha determinado que mediante una Resolución de Alcaldía emitida con fecha 25.FEB.2004, los citados profesionales fueron nombrados Procuradores Públicos Ad Hoc, adquiriendo la condición de funcionarios públicos; por lo que se encontraban impedidos de participar como postores en cualquier proceso de selección que convocara la Municipalidad, sin embargo fueron admitidos y bene fi ciados con el otorgamiento de la buena pro como resultado de 2 Adjudicaciones Directas Públicas efectuadas con fechas 18.Jun.2004 y 24.May.2004 respectivamente, realizadas con la fi nalidad de contar con los servicios de asesoría especializada en materia legal; Que, las irregularidades evidenciadas en las reiteradas contrataciones efectuadas incumpliendo el marco legal que regula la contratación pública, denotan la existencia de indicios razonables de la comisión de los delitos de Negociación Incompatible con el Cargo, y Abuso de Autoridad en la modalidad de Omisión de Actos Funcionales previstos y penados en los artículos 397º, vigente durante el periodo de ocurrencia de los hechos, y 377º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 32º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Contralor General de la República tiene la facultad de ejercer e impulsar directamente, o en caso de incumplimiento, a través de la autoridad llamada por ley, las acciones pertinentes para asegurar la implementación de las recomendaciones y acciones legales derivadas del proceso de control a cargo del Sistema; por lo que, conforme a las Hojas de Recomendación de Vistos, corresponde autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con lo establecido en el artículo 32º inciso d) de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Articulo Único .- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiéndosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 8879-2