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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de diciembre de 2006 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 389-2006-CG Lima, 19 de diciembre de 2006 VISTO; el Informe Especial Nº 191-2006-CG/ ORPI, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Yamango, provincia de Morropón, Piura, por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2003, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al período citado, y; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, en virtud a las denuncias sobre presuntas irregularidades incurridas en la citada comuna, presentadas por el Congreso de la República y por la ciudadanía, efectuó un Examen Especial en la Municipalidad Distrital de Yamango, orientado a establecer si el planeamiento, los procesos de selección y recepción de bienes y servicios se ejecutaron acorde a ley, incluyendo la evaluación de las adquisiciones del Programa del Vaso de Leche, así como la evaluación del endeudamiento interno, a fi n de determinar si se enmarca en la normativa legal aplicable; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha evidenciado que autoridades y funcionarios de la entidad decidieron declarar en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, sin contar con sustento técnico – legal respectivo, pues tuvieron conocimiento de que se contaba con insumos para cubrir el período materia de la declaratoria de urgencia, procediendo a su vez, a fraccionar posteriormente dicha adquisición en varios procesos de selección, pese a que en el Presupuesto Institucional de Apertura 2003, se proyectaron transferencias por S/. 183 321,00 para dicho programa, por lo que correspondía efectuar un proceso de Adjudicación Directa Pública; además de no sustentarse el Valor Referencial del producto soya en grano fi jado en S/. 3,00 el kg. en una indagación y estudio de mercado, lo que derivó en un mayor pago por S/. 72 030,30, ocasionando se disminuya hasta en dicho monto la cantidad de insumos a adquirirse, en perjuicio de la población bene fi ciaria del Programa; asimismo, el Comité Especial, incumpliendo las Bases del proceso, adjudicó la buena pro a postores cuyas propuestas no eran aptas para ser consideradas por presentar documentación incompleta; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Abuso de Autoridad y Aprovechamiento Indebido del Cargo, previstos y penados en los artículos 377º y 397º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único .- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 8879-3 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 391-2006-CG Lima, 19 de diciembre de 2006 VISTO, el Informe Especial Nº 195-2006-CG/ ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Tambogrande, Provincia de Piura - Piura, período del 1.ENE.1999 AL 31.DIC.2003, y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Control de la O fi cina Regional de Control Piura, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad Distrital de Tambogrande, provincia de Piura - Piura, período del 1.ENE.1999 al 31.DIC.2003, a fi n de establecer el grado de veracidad de las presuntas irregularidades denunciadas ante este Órgano Superior de Control; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado que durante el período 2000 la Municipalidad Distrital de Tambogrande trans fi rió fondos de la cuenta corriente de inversión a una cuenta de recursos directamente recaudados denominada “Alquiler de Maquinaria”, por concepto de autoalquiler de maquinaria, la cual era utilizada en la ejecución de obras por administración directa, habiendo utilizado los supuestos ingresos en gastos corrientes por un monto ascendente de S/. 200 229.94; incumpliendo la normativa que establece que los ingresos generados por el alquiler de equipos, maquinarias y otros bienes muebles, de propiedad de las entidades del Sector Público, se orientan a los gastos de mantenimiento y reposición de los mismos, hechos que con fi guran indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Malversación, penado y tipi fi cado en el artículo 389º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o la presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables y los hechos comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el artículo 22º, inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785 y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único .- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las 335231