Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2006 (22/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

335231

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 389-2006-CG

MORDAZA, 19 de diciembre de 2006 VISTO; el Informe Especial Nº 191-2006-CG/ ORPI, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Yamango, provincia de Morropon, MORDAZA, por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2003, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado, y; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, en virtud a las denuncias sobre presuntas irregularidades incurridas en la citada comuna, presentadas por el Congreso de la Republica y por la ciudadania, efectuo un Examen Especial en la Municipalidad Distrital de Yamango, orientado a establecer si el planeamiento, los procesos de seleccion y recepcion de bienes y servicios se ejecutaron acorde a ley, incluyendo la evaluacion de las adquisiciones del Programa del Vaso de Leche, asi como la evaluacion del endeudamiento interno, a fin de determinar si se enmarca en la normativa legal aplicable; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha evidenciado que autoridades y funcionarios de la entidad decidieron declarar en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, sin contar con sustento tecnico ­ legal respectivo, pues tuvieron conocimiento de que se contaba con insumos para cubrir el periodo materia de la declaratoria de urgencia, procediendo a su vez, a fraccionar posteriormente dicha adquisicion en varios procesos de seleccion, pese a que en el Presupuesto Institucional de Apertura 2003, se proyectaron transferencias por S/. 183 321,00 para dicho programa, por lo que correspondia efectuar un MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica; ademas de no sustentarse el Valor Referencial del producto soya en grano fijado en S/. 3,00 el kg. en una indagacion y estudio de MORDAZA, lo que derivo en un mayor pago por S/. 72 030,30, ocasionando se disminuya hasta en dicho monto la cantidad de insumos a adquirirse, en perjuicio de la poblacion beneficiaria del Programa; asimismo, el Comite Especial, incumpliendo las Bases del MORDAZA, adjudico la buena pro a postores cuyas propuestas no eran aptas para ser consideradas por presentar documentacion incompleta; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Abuso de Autoridad y Aprovechamiento Indebido del Cargo, previstos y penados en los articulos 377º y 397º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la

Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica
8879-3 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 391-2006-CG

MORDAZA, 19 de diciembre de 2006 VISTO, el Informe Especial Nº 195-2006-CG/ ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Tambogrande, Provincia de MORDAZA - MORDAZA, periodo del 1.ENE.1999 AL 31.DIC.2003, y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Control de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Distrital de Tambogrande, provincia de MORDAZA - MORDAZA, periodo del 1.ENE.1999 al 31.DIC.2003, a fin de establecer el grado de veracidad de las presuntas irregularidades denunciadas ante este Organo Superior de Control; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que durante el periodo 2000 la Municipalidad Distrital de Tambogrande transfirio fondos de la cuenta corriente de inversion a una cuenta de recursos directamente recaudados denominada "Alquiler de Maquinaria", por concepto de autoalquiler de maquinaria, la cual era utilizada en la ejecucion de obras por administracion directa, habiendo utilizado los supuestos ingresos en gastos corrientes por un monto ascendente de S/. 200 229.94; incumpliendo la normativa que establece que los ingresos generados por el alquiler de equipos, maquinarias y otros bienes muebles, de propiedad de las entidades del Sector Publico, se orientan a los gastos de mantenimiento y reposicion de los mismos, hechos que configuran indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Malversacion, penado y tipificado en el articulo 389º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o la presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables y los hechos comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el articulo 22º, inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785 y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las

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