TEXTO PAGINA: 66
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de diciembre de 2006 335232 acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 8879-5 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delitos contra la fe pública y el patrimonio RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1145-2006-JEF/RENIEC Lima, 17 de noviembre de 2006 VISTOS: El O fi cio Nº 3038-2006/GO/RENIEC, y el Informe Nº 1108-2006/GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 5 de setiembre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos, así como la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, en su labor fi scalizadora ha detectado que el ciudadano Luis Alberto SICOS PERALTA, solicitó el trámite de inscripción en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, presentando como sustento una transcripción de la partida de nacimiento Nº 1900 emitida presuntamente por la O fi cina de Registro Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Pisac, provincia de Calca, departamento de Cusco; Que, mediante Informe Nº 2154-2006/GO/SGREC/ RENIEC, emitido por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, se pone en conocimiento que con fecha 20 de Mayo de 2005, el ciudadano Luis Alberto SICOS PERALTA, solicitó su inscripción en el Registro Único de Identi fi cación de la Personas Naturales, con el Formulario de Identidad Nº 24258933, sustentando su propuesta registral con la Copia certi fi cada de la Partida Nº 1900 del Libro de Nacimiento del año 1982, que obra en la O fi cina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital Pisac, provincia de Calca, departamento del Cusco; registrando como fecha de nacimiento el 28 de setiembre de 1982; Que, en a mérito de dicha inscripción se solicitó a la O fi cina de Registro de Estado Civil involucrado que emita pronunciamiento sobre la autenticidad del referido documento sustentatorio, respondiendo mediante O fi cio Nº 059 y 054-2005. RR.CC/MDP, señalando que el referido asiento de inscripción de nacimiento es INEXISTENTE; remitiendo copia certi fi cada de la Partida Nº 001094 del Libro de Nacimiento del año 1994, donde consta inscrito el nacimiento de Luis Alberto SICOS PERALTA, acaecido el 28 de Noviembre de 1982; Por lo que se ha determinado que el ciudadano Luis Alberto SICOS PERALTA, para sustentar dato distinto respecto a su fecha de nacimiento, ha presentado Partida de Nacimiento falsi fi cada; comportamiento que se encuentra previsto y sancionado como delito contra la fe publica en la modalidad de falsi fi cación de documentos, previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil contra Luis Alberto SICOS PERALTA y los que resulten responsables; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra Luis Alberto SICOS PERALTA y los que resulten responsables, por presunto delito contra la fe pública, en la modalidad de falsifi cación de documentos previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal vigente en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para Ios fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 9293-2 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1183 -2006-JEF/RENIEC Lima, 28 de noviembre de 2006 VISTOS: El O fi cio Nº 3660-2006/GP/RENIEC, y el Informe Nº 1183-2006-GAJ/RENIEC de fecha 15 de setiembre del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, con motivo de la Supervisión Operativa a la O fi cina Registral de Coronel Portillo-Pucallpa, debidamente programada y autorizada por la Gerencia de Operaciones, se advirtió in situ la situación irregular generada por la ausencia injusti fi cada de equipos informáticos, por lo que se dispuso un inventario de bienes mediante Memorando Nº 030-2006/JR4IQU/ RENIEC; Que, mediante el Informe Nº 000008-2006/JR4IQU/ GO/RENIEC, elaborado por el Jefe Regional 4 Oriental (Iquitos) y el Informe Nº 089-2006-SGCF/GO/RENIEC, elaborado por la Subgerencia de Control y Fiscalización y luego de las investigaciones practicadas con respecto al hurto de equipos informáticos, se ha llegado a establecer que la servidora SNP MIRIAM AMELIA SIFUENTES GARCIA, se encontraba encargada de la Administración de la Agencia Pucallpa desde el 23 de enero al 14 de junio del presente año, la cual proporcionó las llaves de la Agencia al ex servidor MAX WILHELM HEININGER MAGNE, quien aprovechando de dicha circunstancia sustrajo seis equipos de computo de la agencia, conforme a su propia declaración así como por el análisis de los hechos investigados, los mismos que fueron entregados por éste al establecimiento denominado Equipamiento Integral de O fi cinas; Que, dichos equipos de cómputo han sido recuperados, habiéndose puesto en conocimiento