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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336344 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban Ordenanza sobre derecho de emisión y distribución a domicilio de declaraciones juradas de autoavalúo y hojas de liquidación del Impuesto Predial del año 2007 ORDENANZA Nº 274-MSS Santiago de Surco, 19 de octubre de 2006 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú precisa que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, precisa que con Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo, precisa que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, asimismo, el citado artículo menciona que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, la Cuarta Disposición Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio;Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2007; Estando a los Informes Nº 416-2006-GAT-MSS y Nº 926-2006-OAJ-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria y O fi cina de Asesoría Jurídica respectivamente, así como el Informe Nº 720-2006-SGC-GAF-MSS de la Subgerencia de Contabilidad y Costos contando con el Dictamen Conjunto Nº 033-2006-CGM-CAJ/MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta por Unanimidad, se aprobó la siguiente: ORDENANZA SOBRE DERECHO DE EMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE DECLARACIONES JURADAS DE AUTOVALÚO Y HOJAS DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2007 Artículo 1º.- Apruébese la estructura de costos por concepto del derecho de emisión del Impuesto Predial del año 2007 que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Fíjese en S/. 2.40 (Dos y 40/100 Nuevos Soles) el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores y determinación del tributo y Hojas de Liquidación del Impuesto Predial del 2007, incluida su distribución a domicilio. Por cada predio adicional, se abonará S/. 0.38 (Treinta y ocho Céntimos de Nuevo Sol) por el derecho mencionado. Artículo 3º.- El monto que se genere por Derecho de Emisión no podrá ser mayor a 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero del ejercicio 2007. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2007, siempre que previamente haya sido publicada conjuntamente con el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Procesos, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde