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PÆg. 309696 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de enero de 2006 extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de un determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones servicios, actividades productivas que la entidad tiene asu cargo de manera esencial. Situación que faculta a la entidad a adquirir solo por el tiempo o cantidad que sea necesario para resolver la situación y llevar a cabo elproceso de selección correspondiente; Que, el Artículo 141º del Reglamento del TUO precitado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendo invocar laexistencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por periodos consecutivos y que excedan el lapso deltiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; Que, el Artículo 148º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala: “Procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas.- La entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa, mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un soloproveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio decomunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico (...) se realiza por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o elórgano designado para tal efecto”; Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto mediante Informe Nº 236-2005/INC-OPP da cuenta dela existencia de los recursos necesarios para la contratación materia del presente Informe, otorgando la cobertura presupuestal por el monto de S/. 165 000, 00Nuevos Soles (Ciento Sesenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos de ley, para la contratación de los servicios en situación dedesabastecimiento inminente del servicio de Protección, Seguridad y Vigilancia - Sede Nacional, por la Fuente de Financiamiento 00 - Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Nº 906-2005-INC/OAJ de fecha 30 de diciembre de 2005, la Oficina de Asuntos Jurídicos opina que corresponde se expida la Resolución DirectoralNacional que apruebe la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicios de Protección, Seguridad y Vigilancia Sede Nacional, bajo la modalidadde Adjudicación Directa Pública por la causal de desabastecimiento inminente, por un valor referencial máximo de S/. 165 000, 00 (Ciento Sesenta y Cinco Mil y00/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos de ley, por un plazo máximo de un (1) mes o hasta que quede consentido el otorgamiento de la Buena Pro del ConcursoPúblico 001-2005-INC. Estando a lo visado por la Gerencia General la Oficina de Planificación y Presupuesto y la Oficina de AsuntosJurídicos; De conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del proceso de selección bajo la modalidad de Adjudicación Directa Pública, incluido en el Plan Anual de Adquisiciones del INC al haberse determinado la causal dedesabastecimiento inminente del Servicio de Protección, Seguridad y vigilancia de la Sede Nacional, por un valor referencial máximo de S/. 165 000, 00 (Ciento Sesenta yCinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de Ley, monto que se encuentra debidamente presupuestado, siendo financiados con por la Fuente deFinanciamiento 00 - Recursos Ordinarios, para el mes de enero del presente año, exonerado mediante la presente Resolución. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina de Logística y Producción de Bienes y Servicios proceda a la publicación de la presente Resolución en el SEASE, así comoefectuar la contratación indicada, mediante acciones inmediatas y conforme lo previsto por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Administración documentaría realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a suemisión y remita una copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, dentro del mismo plazo. Artículo 4º.- El egreso que origine la presente Resolución se afectará a los Recursos Ordinarios - Fuentede Financiamiento 00. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00251 OSINERG Declaran fundados recursos de reconsideración interpuestos pordiversas empresas contra la Res.N” 370-2005-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 016-2006-OS/CD Lima, 4 de enero de 2006Con fecha 16 de octubre de 2005, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, (en adelante el“OSINERG”), publicó la Resolución OSINERG Nº 370- 2005-OS/CD, (en adelante la “Resolución Nº 370”), mediante la cual se fijó las tarifas de distribución eléctricapara el período noviembre 2005 - octubre 2009. Es contra dicha Resolución que la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. (en adelante“ELECTROCENTRO”), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. (en adelante “ELECTRONOROESTE”), Empresa Regional deServicio Público de Electricidad del Norte S.A. (en adelante “ELECTRONORTE”) y Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A.(en adelante “HIDRANDINA”), todas ellas en su conjunto “LAS EMPRESAS”, han presentado recurso de reconsideración, siendo materia del presente actoadministrativo el análisis y decisión de dicho recurso. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTESQue, mediante la Resolución OSINERG Nº 0001- 2003-OS/CD, Anexo C, el Consejo Directivo delOSINERG aprobó el “Procedimiento para la Fijación de las Tarifas de Distribución Eléctrica (VAD)”; Que, el procedimiento antes mencionado, se ha venido desarrollando cumpliendo todas las etapas previstas en el mismo, tales como el encargo por parte del OSINERG para la elaboración de los estudios de costos del VAD; laadjudicación y contratación, por parte de las empresas de distribución eléctrica, de los estudios a empresas consultoras precalificadas por el OSINERG; el desarrollode los estudios bajo la supervisión del OSINERG; la presentación de los resultados finales de los estudios y su publicación en la página web del OSINERG; laconvocatoria a las audiencias públicas para la presentación de las propuestas de las empresas y del OSINERG; la exposición y sustentación en audienciapública de los resultados finales de los estudios por parte de las empresas consultoras del VAD y de las empresas de distribución eléctrica; la formulación de observacionesa los estudios por parte del OSINERG de conformidad con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (en adelante “LCE”); la absolución de las