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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (11/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G33/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de febrero de 2006 Perú, por tanto, son de cumplimiento obligatorio y se emiten antes de una revisión o enmienda de las RAP porser necesaria su aplicación inmediata. Estos documentosson: la Norma Técnica Complementaria (NTC) y la Directiva Técnica Extraordinaria (DTE). (14) Pre-publicación.- Toda publicación de la DGAC sometida a la opinión de las personas y organizacionesvinculadas al tema del documento a publicarse, antes deser formalmente aprobada y emitida; puede ser distribuidapara opinión vía correo electrónico, página Web de la DGAC, notificación a través de cualquier documento oficial, y/o a través del diario oficial “El Peruano”. (15) Procedimiento de elaboración normativa.- Es el procedimiento interno según el cual, el área de normatividad técnica competente de la DGAC, ejecutalos procesos de elaboración normativa. (16) Propuesta normativa (PNOR).- Es el documento a través del cual se formula, modifica oenmienda una RAP. (17) Reservado(a).- Es aquel Párrafo, Sección o Subparte, que por razones específicas ha sido eliminadoo apartado manteniéndose como un espacio en blanco que permitirá en el futuro, insertar dentro de la estructura de las RAP, disposiciones vinculadas a aquellos temasnormados por la regulación, siguiendo un orden lógico. (18) RAP (Regulaciones Aeronáuticas del Perú).- Es el conjunto ordenado de reglas, preceptos, requisitos, métodos y procedimientos del ámbito técnico operativo, con la finalidad de implementar la Ley de Aeronáutica Civil del Perú y los Anexos al Convenio de Aviación CivilInternacional que son emitidas por la DGAC conResolución Directoral y, como todo documento normativo,son de cumplimiento obligatorio. 11.5 Estructura Normativa La documentación normativa que emite la DGAC se agrupa de acuerdo a la siguiente manera: (a) Las Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP); (b) Las Normas Complementarias: corresponden a aquellas normas de cumplimiento obligatorio que regulantemas técnicos específicos y estas son: - Normas Técnicas Complementarias (NTC) y - Directivas Técnicas Extraordinarias (DTE); (c) Directivas de Aeronavegabilidad (DA) (Aquellas normas técnicas emitidas bajo la Parte 39 de las RAP). 11.7 Archivo Central de documentación normativa (a) Todos los documentos generados por la DGAC, organizaciones o personas relacionadas al desarrollo,modificación, enmienda, diferencia y exención de las RAPse conservarán en un Archivo Normativo que seráadministrado por el órgano normativo técnico de la DGAC. (b) El Archivo Normativo debe permitir demostrar, a quien con la debida autoridad lo solicite, el cumplimientode los procedimientos y antecedentes de las decisionestomadas en el desarrollo, modificación o enmienda delas RAP, así como para los procesos de declaración dediferencias y de exenciones. 11.9 Procedimientos de archivo (a) El Archivo Normativo, es responsabilidad del órgano normativo técnico de la DGAC. (b) El Archivo Normativo debe contener los legajos de cada expediente y estos deben incluir: (1) Toda la documentación generada por el órgano normativo técnico con relación al desarrollo, modificacióny enmienda y emisión de las RAP. (2) La última edición completa vigente de las RAP publicadas, la que debe ser usada como patrón de referencia; (3) Las RAP que hayan sufrido modificación o enmienda o que hayan sido sobreseídas por otras; (4) La correspondencia cursada con fines de desarrollar, modificar o enmendar las RAP y su proceso de emisión; (5) Todas las propuestas normativas o enmiendas a las RAP y sus antecedentes; (6) El Manual del órgano normativo técnico de laDGAC, donde se establece su organización políticas y procedimientos para gestionar los procesos deelaboración normativa; (7) La lista de las diferencias notificadas a la OACI y sus fechas de aplicación y vencimiento; y (8) La lista de exenciones otorgadas a los explotadores y sus fechas de aplicación y vencimiento. 11.11 Acceso a la información (a) La información descrita en la Sección 11.9 (b) de esta Subparte, será accesible a quien formalmente losolicite, y estará sujeta a condiciones prácticas almomento de requerirse dicha información. SUBPARTE B: Reglas para la formulación de las RAP 11.13 AplicabilidadEsta Subparte establece los requerimientos y condiciones para: (a) La formulación de las RAP; (b) La redacción,(c) La estructura y numeración,(d) El Formato de presentación. Nota.- Las partes de las RAP vigentes que no se ajusten a los requisitos descritos en esta parte, seguiránsiendo válidos hasta ser revisadas. 11.15 Formulación (a) La elaboración de las RAP se desarrolla principalmente sobre la base de la Ley de Aeronáutica Civildel Perú, las normas y métodos recomendados (SARP’s)de los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacionaly sus enmiendas. Asimismo el Estado Peruano puedeadoptar las regulaciones de otros estados, en especial las Regulaciones Federales de Aviación (FAR) de los EE.UU. y los Requerimientos Conjuntos de Aviación de laComunidad Económica Europea (JAR), siempre que estasregulaciones estén en armonía con los estándares OACI ycon la Ley de Aeronáutica Civil del Perú. (b) La condición para la creación de una nueva norma a ser incluida en las RAP, es que su aplicación resulte necesaria por el Estado Peruano, de manera uniforme yen interés de la seguridad y continuidad de la actividadaeronáutica civil. Asimismo, deberá tenerse en cuentaotros factores que tienen relación con la convenienciade la nueva norma, pero que no afecten la seguridad operacional, tales como los citados a continuación: (1) El interés público; (2) El impacto económico para los afectados por la regulación; (3) La armonía que debe guardar con las demás leyes del Estado Peruano. (c) En la elaboración de regulaciones y procedimientos que especifiquen la provisión deinstalaciones y servicios, se debe tener en cuenta laimportancia de establecer un equilibrio adecuado entre las necesidades operacionales de contar con dichas instalaciones y servicios, y las consecuenciaseconómicas de su provisión, en la medida que seacompatible con las condiciones de seguridad ycontinuidad de la actividad aeronáutica civil. (d) Idioma.- El idioma oficial de las RAP es el Español. (1) Debe evitarse el empleo de términos en otro idioma, salvo que hayan sido incorporados al léxico común o noexista traducción posible. Si fuese imprescindible su uso,debe incluirse una definición en la Subpartecorrespondiente, siempre que no haya sido previamente definida en la Parte 1 de las RAP. 11.17 Redacción(a) Para la redacción de las RAP debe tenerse en cuenta lo siguiente: (1) Uso de un estilo de redacción claro sencillo y conciso, de fácil entendimiento para el lector, evitandotoda ambigüedad;