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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2006 (22/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 315221 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de marzo de 2006 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de seguridady vigilancia para instalaciones de laCNJ RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD Nº 008-P/CNJ-CONAJU-2006 Lima, 24 de enero de 2006 VISTO:El Memorándum Nº 024-2006-CNJ/OA de la Oficina de Administración de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, de fecha 24 de enero de 2006. CONSIDERANDO:Que, con fecha 28 de febrero de 2005 la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, convocó el proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2005-CNJ, parala contratación del Servicio de Seguridad y Vigilanciapara las instalaciones de la Comisión Nacional de laJuventud, de acuerdo al Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones correspondiente al ejercicio Fiscal 2005; Que, con fecha 16 de marzo de 2005, el Comité Especial encargado de conducir el Proceso deAdjudicación Directa Selectiva Nº 001-2005-CNJ, parala contratación del Servicio de Seguridad y Vigilanciapara las instalaciones de la Comisión Nacional de laJuventud, otorgó la Buena Pro al Consorcio Operational Professional System SAC - Bisonte Black S.R.L.; Que, mediante Carta Notarial de fecha 3 de enero de 2006, la Oficina de Asesoría Jurídica de la ComisiónNacional de la Juventud, solicita a la empresa OperationalProfessional System S.A.C. cumpla con lo estipulado ensu propuesta técnica en la parte titulada Términos de Referencia, por cuanto ésta no estaba cumpliendo con lo establecido en su propuesta técnica a que hacereferencia el literal b) de la Cláusula Quinta del Contratoa que hace referencia el párrafo precedente, por lo cualse le requiere dentro de un plazo de cinco días para elcumplimiento de la Cláusula Quinta del contrato bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto de pleno derecho por incumplimiento; Mediante Carta Notarial de fecha 18 de enero de 2006, la Comisión Nacional de la Juventud, comunica a laempresa Operational Professional System S.A.C. laResolución Total del Contrato de Servicio de Seguridad y Vigilancia para las instalaciones de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ; Que, la ausencia del servicio de Seguridad y Vigilancia compromete directamente las funciones y actividadespropias de la Comisión Nacional de la Juventud, por locual resulta necesario proceder a la contratación inmediata del referido servicio a efecto de poder dar continuidad a las actividades que institucionalmente vienerealizando; Que, de acuerdo a la recomendación hecha por la Oficina de Administración, mediante el Informe Nº 013-2006-CNJ/OA/UL, y habiéndose configurado una situación de desabastecimiento inminente en vista del incumplimiento y la resolución del contrato suscrito conla Empresa Operational Professional System S.A.C. ,situación extraordinaria e imprevisible la cual legalmentese encuentra establecida por el artículo 19º y 21º delTUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los cuales regulan las situaciones en las cuales proceden las exoneraciones de procesos de selección,razón por la cual se debe autorizar la exoneración delproceso de selección mediante Proceso de MenorCuantía para la contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia para las instalaciones de la Comisión Nacionalde la Juventud, por un período de tiempo máximo de (2)dos meses, período que ha de permitir la realización delProceso de Adjudicación Directa Selectivacorrespondiente; De conformidad con lo previsto por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo TUOfue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, así como por su Reglamento aprobado medianteDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM, con las visacionesde la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica de la Comisión Nacional de la Juventud, en uso de sus facultades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva bajo la modalidad de Menor Cuantía la contratación de un proveedor para brindar elServicio de Seguridad y Vigilancia para las instalacionesde la Comisión Nacional de la Juventud. Artículo Segundo.- La contratación del proveedor tendrá como fuente de financiamiento los recursos ordinarios de la Comisión Nacional de la Juventud. La contratación será por un valor referencial deS/. 18, 742.44 (Dieciocho Mil Setecientos Cuarenta yDos con 44/100 Nuevos Soles, incluido impuestos), yel plazo de ejecución será de por un tiempo de duraciónde 2 meses. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administración la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial El Peruano y remitir copia de la presenteResolución y de los informes que la sustentan a laContraloría General de la República, dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Cuarto.- Disponer a la Oficina de Administración proceda a realizar la contrataciónexonerada por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ROJAS MONTES Presidente 05245 CONATA Declaran improcedente apelación referente al proceso de selección para contratación de persona jurídica querealice acondicionamiento cartogrÆficoen Lima Metropolitana CONSEJO NACIONAL DE TASACIONES RESOLUCIÓN Nº 102 -2006-VIVIENDA-9310 Lima, 20 de marzo de 2006VISTO: El Recurso de Apelación presentado por el postor CONSORCIO VICTOR CHAVEZ; el 9 de marzo del 2006;mediante el cual solicita la nulidad del proceso deAdjudicación Directa Pública Nº 002-2006-CONATA,llevado a cabo para la contratación de una personajurídica que realice el acondicionamiento cartográfico en Lima Metropolitana y el Informe Nº 027-2006-VIVIENDA- 9371-CEP; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 089-2006- VIVIENDA-9371- SPA, de fecha 8 de febrero del 2006, se solicita laaprobación para la contratación de una persona jurídicaque realice el acondicionamiento cartográfico en LimaMetropolitana;