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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2006 (22/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 54

PÆg. 315224 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de marzo de 2006 de par y nudillo y encañado, está conformada por una nave de planta rectangular, el presbiterio, un estrechocoro alto, sacristía y el baptisterio ubicado en el murode la Epístola adosado al volumen de la torre-campanario de un solo cuerpo. En el muro de piesdestaca la portada de piedra labrada, vano de arco en medio punto y cornisamiento sobrepuestos, el atrio empedrado conserva una antigua cruz de maderasobre un podio. 3. Que, la Capilla de Mark’jo seencuentra en mal estado de conservación, sinembargo, posee valores históricos, arquitectónicos,artísticos y sociales suficientes para velar por su preservación y realizar acciones conducentes para la continuación del proceso de restauración y puesta envalor. SE ACORDÓ: 1. Proponer se declareMonumento la Capilla de Mark’jo, ubicada en el distritoy provincia de Anta, departamento de Cusco. 2.Encargar al INC-CUSCO realice las acciones pertinentes para la puesta en valor de la Capilla de Mark’jo y hacer de conocimiento a la comunidad yautoridades regionales la condición patrimonial delTemplo. 3. Encargar a la Subdirección de Registrorealice los trámites necesarios para su declaracióncomo Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación; Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Históricoy la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación"; Ley Nº 27580 "Ley que dispone medidas de protección que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución deObras en Bienes Culturales Inmuebles" Decreto SupremoNº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el ReglamentoNacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la Capilla de Mark’jo, ubicada en el distrito y provincia de Anta, departamento de Cusco. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura CUSCO realice las accionespertinentes para la puesta en valor de la Capilla de Mark’joy hacer de conocimiento a la comunidad y autoridades regionales la condición patrimonial del Templo. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en los Registros Públicos acerca de la condición de Patrimonio Culturalde la Nación del inmueble a que se refiere el artículo 1ºde la presente Resolución. Artículo 4º.- Es obligación de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cultura cualquierintervención a realizarse en el Monumento a que se refiereel artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 05134 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 317/INC Lima, 1 de marzo de 2006 Visto el Oficio Nº 587-DRC-C/INC-2005 de la Dirección del Instituto Nacional de Cultura Cusco; CONSIDERANDO:Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;Que, de conformidad al artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Culturalde la Nación", el Instituto Nacional de Cultura vienerealizando una permanente identificación y registro deinmuebles, espacios, testimonio y áreas urbanas quepor su valor histórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 072-2005-INC/DPHCR- SDIH la Subdirectora de Investigación Histórica de laDirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicanoevaluó la documentación presentada por la Direccióndel Instituto Nacional de Cultura-Cusco, solicitando la declaratoria de monumentos del Templo Santo Domingo de Sanka, ubicado en el distrito Rondocán, provincia deAcomayo, Templo San Nicolás de Bari, distrito de Zurite,provincia Anta y Capilla de Colquemarca, distrito deColquemarca, provincia de Chumbivilcas, en eldepartamento de Cusco; Que, mediante Informe Nº 022-2005-INC/DPHCR- SDR-LGCH la Subdirección de Registro de la Direcciónde Patrimonio Histórico Colonial y Republicano evaluóla documentación presentada manifestando que elTemplo de Santo Domingo de Sanka, se emplaza en elSolar Sur-Este de la Plaza Principal del Centro Poblado de Sanka, de arquitectura de siglo XVI y XVII, modesta, típica de poblaciones rurales pequeñas, ornamentadacon pintura mural que aparentemente cubría todos lomuros interiores. El conjunto arquitectónico presentaun juego volumétrico que por su ubicación y alturas deedificación con relación al conjunto urbano sobresalen, complementándose con la torre exenta, existe un pretil que encierra un gran atrio. Actualmente la edificaciónse encuentra en muy mal estado de conservación,debido al abandono de casi siglo y medio, desde lasúltimas décadas del Siglo XIX, agudizándose estasituación hacia 1950; por falta de mantenimiento colapsaron los techos los cuales se han mantenido al intemperie sufriendo muchos daños. En lo quecorresponde al Templo de San Nicolás de Bari, seubica en el Solar Norte de la Plaza Principal o Plaza deArmas del Centro Poblado de Zurite, se encuentradelimitado por el Norte con los terrenos pertenecientes a la Casa Cural, por el Este con el Jr. Progreso, por el Sur con la Plaza de Armas y por el Oeste con el Jr.Unión. El Templo es el núcleo de un espacio urbano devalores patrimoniales, asimismo incluye toda la Plazay el Local del Municipio. El frontis principal se ubicahacia la Plaza de Armas, caracterizándose la volumetría como bloque principal y al que se contraponen por su altura y ubicación, la torres, loscontrafuertes frontales, la Capilla de la Epístola y laSacristía todos con cobertura de teja cerámica. Losvanos en todo su conjunto son pequeños. Se accedea la nave por el muro de pies y el muro del Evangelio, cuya portada central enmarca un vano con arco de medio punto construido en base a cuatro pilastras deladrillo moldurado ubicadas en par a cada uno los ladosde vano de ingreso. Estas pilastras se encuentransobre un pedestal corrido construido en bloques depiedra a manera de podios. Entre cada par de pilastras se ordenan en tres niveles, una hornacina inferior un par de hornacinas intermedias y una superior; El Templo, se encuentra en estado regular de conservación, específicamente el área que correspondeal atrio, muestra desprendimiento de pintura mural, losmuros presentan fisuras y grietas en los encuentros, los cimientos presentan evidencias de humedad, los revestimientos de cal y arena presentan deteriorosconsiderables habiéndose perdido en la zona inferior.La pintura mural primigenia se encuentra en mal estadode conservación con exfoliaciones y desprendimientos,asimismo los pisos se encuentran en mal estado de conservación. Posee valores históricos por haber sido escenario de las batallas de Yahuarpampa o Ichupampa,donde después de una reñida lucha los Incas pudieronderrotar a los invasores Chancas, así como a Almagro,Pizarro y Alvarado, Pedro de la Gasca, y dondeahorcaron a Pizarro y Carbajal. En cuanto a las obras de arte, el templo tiene una riqueza invalorable, constituido por lienzos con motivos religiosos, pintura