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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2006 (22/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 56

PÆg. 315226 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de marzo de 2006 4. Encargar a la Subdirección de Registro realice las acciones necesarias para la declaración de Monumentode los citados Templos; Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación"; LeyNº 27580 "Ley que dispone medidas de protección quedebe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para laejecución de Obras en Bienes Culturales Inmuebles" Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones;Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTOS INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LANACIÓN a los Templos, ubicados en el departamento deCusco: - Santo Domingo de Sanka, ubicado en el distrito de Rondocán, provincia de Acomayo, - San Nicolás de Bari, ubicado en el distrito de Zurite, provincia de Anta. - Capilla de Colquemarca, ubicada en el distrito de Colquemarca, provincia de Chumbivilcas. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura Cusco, realice el registro einventario de los Bienes Muebles del Templo SanNicolás de Bari. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura Cusco, realice las acciones para laelaboración del proyecto de intervención y ejecución delTemplo de Santo Domingo de Sanka. Artículo 4º.- Disponer la inscripción en los Registros Públicos acerca de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los inmuebles a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 5º.- Es obligación de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacióny supervisión del Instituto Nacional de Cultura cualquierintervención a realizarse en los Monumentos a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 05135 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios deconsultoría en la especialidad de estructuras RESOLUCIÓN Nº 097-2006-P/IPD Lima, 17 de marzo de 2006 Visto los Informes Nºs. 038-OI/IPD-2006 de la Oficina de Infraestructura y 020-OAJ/IPD-2006 de la Oficina deAsesoría Jurídica, respectivamente, que sustentan laconfiguración del supuesto de servicio personalísimo previsto en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; y,CONSIDERANDO: Que, según el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la prestación de servicios personalísimos, de acuerdo alo que establezca el Reglamento; Que, asimismo, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM señala que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científicos otecnológicos, procede la exoneración por serviciospersonalísimos para contratar con personas naturaleso jurídicas notoriamente especializada siempre que sudestreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la entidad, permita sustentar de modorazonable e indiscutible su adecuación para satisfacerla complejidad del objeto contractual y haga inviable lacomparación con otros potenciales proveedores; Que, el Centro de Alto Rendimiento CAR IPD-VIDENA, que comprende entre otros el módulo de la disciplina de Vóleybol, requiere contar con un techo metálico concobertura -membrana tensionada- cuyo diseño, análisisy cálculo estructural requiere ser ejecutado por unespecialista de reconocida trayectoria que brindegarantía profesional; Que, en tal sentido es indispensable contratar los servicios de la firma SEINTEC SAC, para la elaboracióndel expediente técnico en la especialidad de estructuras,que conlleva la ejecución de un diseño que permita utilizarelementos y técnicas constructivas no convencionales-membrana tensionada- con la garantía y respaldo profesional del caso; Que, por Resolución Nº 031-2006-P/IPD de fecha 3.2.06, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del IPD para el Ejercicio Fiscalcorrespondiente al año 2006, en el cual se incluyó laconstrucción del Centro de Alto Rendimiento CAR para la disciplina del Vóley, que comprende la elaboración del expediente técnico dentro del cual se considera laespecialidad de estructuras, materia de la presentecontratación por un monto de S/. 22,770.00, incluido IGV; Que, para tal efecto, la Oficina de Presupuesto y Planificación informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la mencionada contratación; y, De conformidad con la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y normas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la contratación de la firma SEINTEC SAC, como servicios personalísimos de conformidad con el inciso f) del artículo 19º del TextoÚnico y Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM. Artículo 2º.- Exonerar al Instituto Peruano del Deporte del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública, para la contratación del servicio de consultoría, en laespecialidad de estructuras y autorizar la contratacióncon la empresa SEINTEC SAC. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere los artículos precedentes se realizará con cargo al presupuesto del Pliego 342 Instituto Peruano del Deporte correspondiente al ejercicio 2006 por un plazo de veinte(20) días calendario y hasta por el importe deS/. 22,770.00 (Veintidós Mil Setecientos Setenta y 00/100 Nuevos Soles), incluyendo el Impuesto General alas Ventas. La realización de las acciones inmediatas correspondientes estará a cargo del Comité Especialpara los procesos de selección de adjudicación directay de menor cuantía de obras, que seguirá el procedimiento