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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G32/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de mayo de 2006 /G44/G65/G66/G69/G6E/G65/G6E/G20/G63/G69/G72/G63/G75/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73 /G65/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G75/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G73/G65/G64/G65/G73/G70/G61/G72/G61/G20 /G65/G6C/G20 /G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN Nº 750-2006-JNE Lima, 5 de mayo de 2006CONSIDERANDO:Que mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 22 de marzo del presente año, se ha convocado a elecciones regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros de los gobiernos regionales de todos los departamentos de la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como a elecciones municipales de Alcaldes y Regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el día domingo 19 de noviembre del año 2006; Que convocado un proceso electoral, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones definir las circunscripciones territoriales electorales y sus sedes sobre las cuales se constituirá Jurados Electorales Especiales y Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que son órganos de carácter temporal creados para un proceso electoral específico y que forman parte de la estructura orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 13º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, el artículo 32º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486 y el artículo 24º de la Ley Nº 26487; Que los criterios utilizados para la definición de las circunscripciones territoriales electorales, que constituyen unidades geográficas necesarias para el desarrollo del proceso electoral, han sido: a) Los derechos de participación política de los ciudadanos; b) las funciones de los organismos electorales en las distintas etapas del proceso; c) la accesibilidad geográfica y víasde comunicación; d) la densidad de provincias y distritos así como su población electoral; y, e) los recursos asignados por el Ministerio de Economía y Finanzas que no permiten la definición de circunscripciones para cada una de las 194 provincias existentes en el país como tradicionalmente se aplicara en anteriores elecciones municipales, al constituir cada provincia un distrito electoral en el cual se elige autoridades municipales; Por todas estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones constitucionales en materia electoral; RESUELVE:Artículo Primero.- Definir noventa y dos (92) circunscripciones territoriales electorales y sus respectivas sedes para el proceso de elecciones regionales y municipales del año 2006, tal como aparece en el anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los Jurados Electorales Especiales ubicados en las capitales de departamento tienen a su cargo la elección regional en lo que se refiere a los procesos de inscripción de organizaciones políticas regionales, inscripción de listas de candidatos y elaboración del Acta de Proclamación de Resultados y de Candidatos Electos de la elección regional. En el caso del departamento de Lima, se determinará oportunamente el Jurado Electoral Especial encargado de las funciones señaladas en el presente artículo Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y del Poder Ejecutivo la presente resolución para los fines del caso Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) CIRCUNSCRIPCIONES ELECTORALES DE LOS JURADOS ELECTORALES ESPECIALES Nº CIRCUNSCRIPCIÓN JURISDICCIÓN SEDE 1CHACHAPOYAS CHA CHAPOYAS Y RODRIGUEZ DE MENDOZA CHA CHAPOYAS 2BONGARÁ BONGARÁ Y LUYA PEDRO RUIZ 3UTCUBAMBA UTCUBAMBA , CONDORCANQUI Y BAGUA BAGUA GRANDE 4HUARAZ HUARAZ Y CARHUAZ HUARAZ 5RECUAY RECUAY Y AIJA RECUAY 6HUAYLAS HUA YLAS, CORONGO Y YUNGAY CARAZ 7SANTA SANTA, CASMA, HUARMEY Y PALLASCA CHIMBOTE 8BOLOGNESI BOLOGNESI Y OCROS CHIQUIAN 9POMABAMBA POM ABAMBA, MARISCAL LUZURIAGA Y SIHUAS POMABAMBA 10HUARI HU ARI, ANTONIO RAIMONDI, ASUNCIÓN Y CARLOS FITZCARRALD HUARI 11ABANCAY ABANCAY, AYMARAES Y ANTABAMBA ABANCAY 12GRAU GRAU Y COT ABAMBAS CHUQUIBAMBILLAS 13ANDAHUAYLAS ANDAHUA YLAS Y CHINCHEROS ANDAHUA YLAS 14AREQUIPA AREQUIPA Y ISLAY AREQUIPA 15CAYLLOMA CAYLLOMA CHIVAY 16CAMANA CAMANA Y CARAVELI CAMANA 17CASTILLA CASTILLA APLAO 18LA UNIÓN LA UNIÓN Y CONDESUYO COTAHUASI 19HUAMANGA HUAMANGA, HUANTA Y LA MAR AYA CUCHO 20CANGALLO CANGALLO, FAJARDO Y HUANCA SANCOS CANG ALLO 21VILCAS HUAMÁN VILCAS HU AMÁN Y SUCRE VILCAS HUAMÁN 22LUCANAS LUCANAS PUQUIO 23PARINACOCHAS PARINACOCHA S Y PAUCAR DEL SARA SARA CORA CORA 24CAJAMARCA CAJ AMARCA, CELENDÍN, CAJABAMBA Y SAN MARCOS CAJAMARCA 25SAN PABLO SAN PABLO Y CONTUMAZA SAN PABLO