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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (04/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329572El Peruano miércoles 4 de octubre de 2006 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G67/G72/G61/G72/G69/G61/G20/G2D/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 154- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO:Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional Agraria Amazonas, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional Agraria - Amazonas, está elaborado en función a la Unidad Impositiva Tributaria vigente, y Arts. 37º y 38º, de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y demás normas que lo complementan; por lo tanto, tiene validez jurídica para su propósito, instrumento legal que regula la actuación de la función administrativa del Estado y asimismo, establece el régimen jurídico aplicable a la protección del interés general, garantizando los derechos de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico y conforme a la evaluación practicada al documento, éste cumple con los requisitos establecidos siendo procedente su aprobación; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 014, mediante Acuerdo Nº 208-2006 de fecha 6 de setiembre de 2006, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Único.- APROBAR Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional Agraria - Amazonas, que en cuatro (4) folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 11 de setiembre del año 2006. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regional de Amazonas 02642-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F /G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G61/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G37 ORDENANZA REGIONAL Nº 155-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONASHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. “a” de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Así mismo, es atribución del Consejo Regional aprobar el Presupuesto Participativo Anual de Inversión del Gobierno Regional de Amazonas 2007, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional y Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo; Que, el Art. 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; en concordancia con el Inc. c) del Art. 15º de la norma acotada; Que, el Presupuesto Participativo es un proceso que establece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones a implementar a nivel de Gobierno Regional o Local con la participación de la sociedad organizadora, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos, siendo el Equipo Técnico del Gobierno Regional el encargado de brindar el apoyo para la realización de los talleres de trabajo en cada una de las provincias del ámbito regional, consolidado los resultados, evaluada las propuestas y al haber cumplido con todas las formalidades que lo determina la norma, es procedente emitir el acto administrativo correspondiente de esta manera el Presupuesto Participativo del año fiscal 2007 tenga validez jurídica y legal en todos sus extremos. Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria Nº 003 de Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, mediante Acuerdo Nº 007-2006 de fecha 06 de setiembre de 2006, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus atribuciones que les otorga la Constitución Política del Estado y el Art. 37º, Inc. a) de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Participativo Anual de Inversión del Gobierno Regional de Amazonas, correspondiente al Ejercicio 2007. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los veinte días del mes de setiembre del año 2006. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regional de Amazonas 02650-1 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE ATE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65 /G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 00070 Ate, 11 de setiembre de 2006