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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 4 de octubre de 2006 329575REPUBLICADELPERU MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20 /G79/G20 /G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G73/G69/G6D/G75/G6C/G74/GE1/G6E/G65/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 276-2006-A/MDC Carabayllo, 12 de setiembre de 2006VISTO:El Expediente Nº 6297-01, presentado por don VÍCTOR ANDRÉS SÁNCHEZ GONZÁLES, quien solicita la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda SAN ANDRÉS DE CARABAYLLO 2º Etapa EL ESTANQUE, ubicada en lote 71, Partida Nº 42679275, Ficha 90533, del distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, mediante solicitud de fecha 28 de diciembre del 2001, el recurrente solicita la Aprobación del Proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, del Programa de Vivienda de San Andrés de Carabayllo 2º Etapa El Estanque, en el lote 71, Partida Nº 42679275, Ficha 90533 de 15,200.00 m 2, para lo cual adjunta los requisitos exigidos por la Municipalidad para tales fines; Que, mediante INFORME Nº 271-2004/DCHU/ DDIUR/MDC, de fecha 20 de julio del 2004 e Informe Nº 362-A-2004/DDIUR/MDC, de fecha 30 de setiembre del 2004, la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural menciona que el recurrente ha respetado los Planes Urbanos, asimismo ha sido aprobado por la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas según el Dictamen Favorable Nº 022-2004/CTHU/MDC, de fecha 02.SET.2004, por lo que debe aprobarse la correspondiente Habilitación Urbana; Que, mediante INFORME Nº 835-2004-OAJ/MDC, de fecha 6 de octubre del 2004, la Oficina de Asesoría Jurídica declara Aprobado el Proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada denominada Programa de Vivienda SAN ANDRÉS DE CARABAYLLO 2º Etapa EL ESTANQUE, en cumplimiento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Que, según la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 73º, menciona que es competencia de la Municipalidad en materia de organización del Espacio Físico y Uso del Suelo, la Habilitación Urbana. Asimismo se señala en el Artículo 79º, que es función específica exclusiva de la Municipalidad Distrital, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de las Habilitaciones Urbanas; Que, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la Regularización de Habilitación Urbana del Programa de Vivienda SAN ANDRÉS DE CARABAYLLO 2º Etapa EL ESTANQUE, ubicada en el lote 71, Partida Nº 42679275, Ficha 90533 de 15,200.00 m 2, de acuerdo a los planos; Trazado de Lotización L-1 Asignado con Nº 029-2006/GDUR-MDC, Perimétricos PL-1, y Memoria Descriptiva forman parte integrante de la presente resolución, por los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- APROBAR, la ejecución de obras con construcción simultánea, AUTORIZANDO a don VÍCTOR ÁNDRES SÁNCHEZ GÓNZALES, para que ejecute en el plazo de veinticuatro (24) meses, las obrasde energía eléctrica, agua potable, alcantarillado del predio de QUINCE MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (15,200.00 m2) cuyos proyectos se aprueben debiendo sujetarse a los planos firmados y sellados, teniendo en cuenta lo siguiente: CUADRO GENERAL DE ÁREAS Área Total 15,200.00 m2 Área Útil de Lotes 10,021.82 m2 Área Aporte Serpar 310.90 m2 Área Aporte Ministerio Educación 310.00 m2 Área Aporte Recreación Pública 481.65 m2 Área de Vías Locales 4,075.63 m2 CUADRO APORTES REGLAMENTARIOS APORTES O RD. Nº 292-MML PROYECTO DÉFICIT Recreación Pública Parques(10%) 1,520.00 481.65 1,038.35 Ministerio Educación (2 %) 304.00 310.00 0.00 Serpar (2 %) 304.00 310.90 0.00 SIENDO LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA HABILITACIÓN URBANA: Pavimentos.- Las obras de pavimentación tendrán las siguientes especificaciones: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando del que contengan restos orgánicos, especificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el, 95% de la densidad Proctor modificado de laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20, las partículas sólidas de esta capa tendrá un diámetro máximo de 2. Base.- Posteriormente a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 de espesor, compactado provenientes de cantera seccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diámetros máximos de 1 1/ 2”), limos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo al 95% de la densidad Proctor modificado de laboratorio para un índice C.B.R. de 80, se procurará una superficie lisa y uniforme. Superficie de rodadura.- Esta constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad 175 Kg/ cm2, de 0.15 m de espesor, construidas sobre un terraplén nivelada y compactado, con material de buena calidad. El desnivel con relación a la calzada será de 0.15 m; la elaboración se hará con mezcla de cemento y arena fina, en proporción 1=2; de un centímetro de espesor, con bruñas cada metro y puntas de ¾” cada 5.00m. Sardineles.- Se presenta en los extremos esparciendo a las áreas y expuestos de las áreas y extremos en contactos con los jardines; se construirán sardineles de concreto de 0.15 m x 0.30 m., de calidad similar a las veredas. Rampas.- Se presenta en los extremos de los abanicos de las aceras se construirán rampas peatonales, de concreto de calidad igual a las aceras, de 0.90 m de ancho y a continuación se referirá un refuerzo de 0.80 m, antes de la zona de berma y/o jardín. Obras sanitarias Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de redes de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL, debiendo los interesados presentar la documentación que acrediten esta aprobación antes de la recepción de las obras.