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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 4 de octubre de 2006 329577REPUBLICADELPERU DIRECTIVA Nº 005-2006-ALC/ML MEDIDAS COMPLEMENTARIAS DE AUSTERIDAD Y RACIONALIDAD EN EL GASTO DE LA MUNICIPALIDAD I FINALIDAD La presente directiva tiene por finalidad dictar las medidas complementarias de Austeridad y Racionalidaden el Gasto de la Municipalidad de Lurín, de conformidadcon los Decretos de Urgencia Nºs. 19, 20, 21-2006;aplicables del 31 de agosto al 31 de diciembre de 2006, uniformizando criterios, procedimientos técnicos y administrativos. II OBJETIVODar cumplimiento a lo dispuesto en los Decretos de Urgencia Nºs. 019, 020 y 021 aplicando medidas que permita ejecutar el gasto con racionalidad y disciplinapresupuestaria. III ALCANCE Las disposiciones de la presente Directiva, son de cumplimiento obligatoria a todas las Gerencias,Subgerencias y dependencias de la Institución. IV BASE LEGAL 1. Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades 2. Ley Nº 28652 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2006. 3. Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 4. Ley Nº 27245 Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias que establece las disposiciones de racionalidad y austeridad 5. Decretos de Urgencia Nºs. 19, 20, 21-2006 6. Resolución de Contraloría Nº 072-98 CE que aprueba las normas técnicas de Control Interno para el sector público. 7. Directiva Nº 004-2004-DAG/ML Administración del Fondo para Pagos en Efectivo y Fondo Fijo para CajaChica. V RESPONSABILIDAD El cumplimiento de esta Directiva, es de aplicación obligatoria, bajo responsabilidad administrativa, de laGerencia de Administración y Finanzas, y de la Oficinade Planificación y Presupuesto. VI NORMAS ESPECÍFICAS DE RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD 1. Se establece la compensación mensual de las Autoridades de esta corporación edil de conformidad alas disposiciones emanadas. 2. Se establece la Incompatibilidad de percibir simultáneamente remuneraciones y pensiones,incluidos Honorarios por servicios No Personales, Asesorías o Consultorías, salvo por función docente. 3. Se prohíbe los Gastos de Publicidad Institucional. Se autoriza el Gasto en publicaciones oficiales,Campañas de Orientación al Contribuyente, y deServicios que brinda la Municipalidad. 4. Reducir en un 25% los gastos derivados de los contratos de Locación de Servicios o servicios de Consultoría que se celebren con personas naturales. 5. La dotación de combustible para los vehículos que presten servicios oficiales dentro del distrito será de60 galones mensuales por vehículo. Los vehículos quepor razones del servicio deban salir fuera de la jurisdicción del distrito se sujetarán a lo dispuesto en la Directiva Nº 004-2006-ALC/ML Asignación y Control devales para el consumo de Combustible y Aditivos. Seexceptúan de esta norma los vehículos destinados alServicio de Seguridad Ciudadana.6. Se establece el uso de vehículos estrictamente para asuntos oficiales, bajo responsabilidad de laSubgerencia de Logística y Margesí de Bienes. 7. Se establece la racionalización en la distribución de Teléfonos Celulares debiendo asignarse al funcionarioo servidor cuando sea justificadamente necesariolimitando la asignación a un celular por persona. Ladiferencia de consumo en la facturación será abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo. Se exceptúa de esta norma a la Alta Dirección por lasfunciones que desempeña. 8. Se establece la racionalización en el Servicio de fotocopias y acabados de documentos a lo estrictamentenecesario debiendo ser controlada por la Subgerenciade Logística y Margesí de Bienes. 9. Los Gastos con cargo al Fondo Fijo para Pagos en Efectivo y/o Caja Chica se reducirán en 20% respectoal último monto aprobado. Se establece el monto máximo de S/ 500.00 a cargo del FFPPE para lo cual deberá contar con la Autorización de la Alta Dirección. LasUnidades Ejecutoras deberán aplicar la reduccióncorrespondiente. 10.Se reducirá al mínimo indispensable los Gastos para atenciones de reuniones de trabajo, decoordinación, consumos y otros. La Alta Direcciónautorizará los gastos por este concepto que sean ineludibles. 11.Sólo se proveerá los útiles de oficina y materiales de Procesamiento Automático de Datos adquiridos como parte del Proceso de selección realizado por laMunicipalidad. La Subgerencia de Logística y Margesíde Bienes propondrá que la entrega de materiales deoficina se realicen con periodicidad la cual se ajustará enestricto a lo mínimo indispensable y en concordancia al cuadro de necesidades. 12.Se deberá de reutilizar los materiales de oficina como archivadores, fólderes, sobres Manila, hojas y otros. 13.El uso del servicio de taxi se justificará por la urgencia de la comisión (transporte de valores,notificaciones, etc.), por lo distante de la ubicación dellugar, así como por el traslado al domicilio del personalque por necesidad del servicio prolongue sus laborespasadas las 22.00 horas. El reconocimiento del servicio de taxi, conlleva a un efectivo control del tiempo para realizar la comisión cuyo control es responsabilidad deljefe inmediato. VII EVALUACIÓN 1. La Oficina de Presupuesto y Planificación deberá elaborar informe de Gasto Mensual que contenga la Ejecución de Gastos y Niveles de Ahorro alcanzados detallando los principales rubros de laDirectiva. 2. La Gerencia de Administración y Finanzas deberá incluir la evaluación de las medidas complementarias enla Publicación Trimestral de Resultados cualitativos y cuantitativos de lo dispuesto en cuanto a Disciplina, Racionalidad y Austeridad del Gasto. 02649-1 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G6E/G6F /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F ORDENANZA Nº 134 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades