Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2006 (21/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano jueves 21 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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inscripcion; ademas, consta en el expediente su firma en la solicitud de inscripcion y en su respectiva ficha de inscripcion de candidato para elecciones municipales; por lo que queda desvirtuado el impedimento atribuido a dicho candidato; Que, conforme al criterio establecido por este Tribunal, a fin de cautelar el derecho de participacion politica, debe admitirse a tramite la inscripcion de la lista, excluyendo a los candidatos que incumplan los requisitos legales; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones y de conformidad con los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica, Ley Nº 26486; RESUELVE:

articulo 18º de la Ley Nº 28094; concluyendose que el referido ciudadano esta impedido de postular como candidato por la organizacion politica que representa el apelante; Que, conforme al criterio establecido por este Tribunal, a fin de cautelar el derecho de participacion politica, debe admitirse a tramite la inscripcion de la lista, excluyendo a los candidatos que incumplan los requisitos legales; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE:

Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal titular del partido politico "Partido Nacionalista Peruano"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 00702006-JEE/CALLAO, de fecha 3 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Callao, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos del partido politico "Partido Nacionalista Peruano", para el Concejo Distrital de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, para las Elecciones Municipales del ano 2006, excluyendo de la misma a la ciudadana MORDAZA MORDAZA Miro MORDAZA, candidata a regidora, sin afectar la participacion del resto de los candidatos de la lista. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Agrupacion Independiente Si Cumple"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 0057-2006-JEE/CALLAO, de fecha 2 de setiembre de 2006, emitida por el MORDAZA Electoral Especial del Callao, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicho partido politico para el Concejo Distrital de MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA, provincia del Callao, departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006, excluyendo de la misma al ciudadano Joe Anderson MORDAZA MORDAZA, sin afectar a los demas integrantes de la lista. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese.

SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02237-25

SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02237-27

RESOLUCION Nº 1728-2006-JNE RESOLUCION Nº 1729-2006-JNE Exp. Nº 1495-2006 Exp. Nº 1496-2006 MORDAZA, 14 de setiembre de 2006 MORDAZA, 14 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 14 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Agrupacion Independiente Si Cumple", don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 0057-2006JEE/CALLAO, de fecha 2 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial del Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante la apelada se denego a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA, provincia del Callao, departamento de MORDAZA, del partido politico "Agrupacion Independiente Si Cumple", en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; porque en el reporte de la OROP el ciudadano Joe Anderson MORDAZA MORDAZA aparece afiliado al partido politico "Partido Popular Cristiano", no habiendose anexado documento que acredite su renuncia o autorizacion para participar por otra organizacion politica, contraviniendo el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, el recurrente anexa al escrito de apelacion la MORDAZA simple de la carta de renuncia dirigida al Secretario General del partido politico "Partido Popular Cristiano" de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, de fecha 11 de enero de 2006; al respecto, debe precisarse que al no haber sido presentado en MORDAZA legalizada u original dicho documento no cumple con el requisito exigido por el VISTO, en Audiencia Publica de fecha 14 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don Nilton MORDAZA Carassa MORDAZA, personero legal de la organizacion politica local "Bellavista Compromiso", acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial del Callao, contra la Resolucion Nº 0071-2006-JEE/CALLAO de fecha 3 de setiembre de 2006, expedida por el referido MORDAZA Electoral Especial del Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial del Callao denego la admision a tramite de la solicitud de inscripcion, por la organizacion politica local "Bellavista Compromiso", de la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, debido a que: 1) los ciudadanos Williams MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Arcelles MORDAZA, candidatos a regidor, se encuentran afiliados a los partidos politicos "Accion Popular" y "Partido Popular Cristiano" respectivamente, de acuerdo al repor te de la OROP, no habiendo presentado sus de renuncias o autorizaciones; y, 2) El Plan de Gobierno no se encuentra suscrito por el personero legal; Que, el recurrente sostiene que Williams MORDAZA MORDAZA MORDAZA cuenta con la autorizacion expresa del partido politico "Accion Popular" desde el 15 de agosto de 2006,

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