Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2006 (23/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano sabado 23 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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de Valores Mobiliarios de la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima. c. Aplicacion Automatica : Coincidencia de propuestas de acuerdo a los criterios establecidos por el Consejo de la que resulta una operacion. d. Aplicacion Directa : Accion que implica la conformidad que una Sociedad otorga a una propuesta, de la que resulta una operacion. e. Bolsa : Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. f. Consejo Directivo: el Directorio de la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. g. Dias : Los dias en los que se lleve a cabo la Sesion de Rueda. h. Direccion de Mercados : Organo de la Bolsa bajo la conduccion y responsabilidad del Director de Mercados. i. Director de Mercados : Director de MORDAZA a que alude la Ley. j. Emisores : Los emisores de valores inscritos en el RBVL. k. Fecha de Corte : El ultimo dia de negociacion para un valor que permita se produzca la transferencia de su titularidad hasta la fecha de registro, inclusive. l. Fecha de Registro : El dia establecido por el emisor para determinar a los titulares de los valores emitidos por el para el proposito que sea especificado al momento de establecerla. En su caso, esta sera la misma fecha en la cual o a partir de la cual se produce el canje como consecuencia de acuerdos societarios tales como fusion, escision, reduccion de capital, entre otros. m. ICLV : Institucion de Compensacion y Liquidacion de Valores constituida conforme a la Ley del MORDAZA de Valores. n. Incumplimiento : La falta de entrega de valores o fondos para la liquidacion de operaciones o para la constitucion o reposicion del margen de garantia, a la ICLV en los plazos establecidos, asi como su entrega parcial, tardia o defectuosa. n. Ley : Ley del MORDAZA de Valores. o. Margen de Garantia : El dinero, valores u otros activos constituidos como garantia del cumplimiento de determinadas operaciones bursatiles. p. OPA : Oferta Publica de Adquisicion. q. OPC : Oferta Publica de Compra. r. OPI : Oferta Publica de Intercambio. s. Operacion : Transaccion con valores realizada en la Sesion de MORDAZA, que resulta de la aplicacion de una propuesta de compra y una de venta. t. Propuesta : Es una oferta obligatoria de compra o de venta planteada por una sociedad al MORDAZA a traves de los sistemas de negociacion de la Bolsa, que debera indicar valor, cantidad y precio. u. RBVL : Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. v. Sesion de MORDAZA : Periodo durante el cual se negocian diariamente valores en la MORDAZA de Bolsa. w. Sociedades : Sociedades Agentes de Bolsa de la Bolsa. x. Subasta : Mecanismo de colocacion de valores y formacion de precios sobre la base de propuestas planteadas por las Sociedades. y. Valor : Valor mobiliario inscrito en el RBVL." Tercera.- Los certificados provisionales de acciones no podran ser negociados en ningun mecanismo centralizado de negociacion. Asimismo, las instituciones de compensacion y liquidacion de valores deberan registrarlos en una cuenta separada hasta que se formalicen las inscripciones correspondientes y se canjeen por valores definitivos. Cuarta.- La presente MORDAZA entrara en vigencia el 1 de octubre de 2006. Exposicion de Motivos Reglamento sobre Fecha de Corte, Registro y Entrega I. Antecedentes Como parte de sus actividades de regulacion, CONASEV programo para el ano 2005 la revision integral

del Reglamento sobre Fecha de Corte, Registro y Entrega (en adelante, REGLAMENTO). Esta es la primera revision integral que se lleva a cabo respecto de la MORDAZA desde que fuera aprobada en el ano 1998 y, aunque efectivamente se han evaluado integralmente todos los contenidos y materias abordados por el Reglamento, las modificaciones se han concentrado principalmente en aquellas areas que han probado ser problematicas durante la experiencia de su aplicacion. II. Comentarios del publico El proyecto de REGLAMENTO fue publicado para comentarios del publico desde el 15 de agosto de 2005 y por un plazo minimo de treinta dias naturales. Durante este periodo se recibieron once comentarios de distintos participantes del MORDAZA incluyendo emisores, bolsas de valores, organizaciones gremiales y algunas personas naturales. Asimismo, el equipo de trabajo encargado de la elaboracion del proyecto participo en diversas reuniones con participantes del MORDAZA con el objeto de explicar y discutir el proyecto, que resulto notablemente enriquecido con los diversos comentarios recibidos. III.Objetivo del Reglamento El problema de las fechas de corte, registro y entrega es fundamentalmente informativo. Cuando el emisor necesita aplicar las consecuencias de algun acuerdo societario tal como aumento o reduccion de capital, distribucion de dividendos u otros a los tenedores de valores emitidos por el, requiere establecer el listado de titulares a cierta fecha (fecha de registro). Esta fecha de registro necesita ser informada al MORDAZA para que los inversionistas puedan tomar decisiones y hallar el precio de los valores considerando o no las consecuencias del registro. El objetivo del REGLAMENTO es, por lo tanto, establecer las reglas a las que habra de atenerse el emisor para informar adecuadamente al MORDAZA sobre estas situaciones. IV. Discusion de los principales cambios y comentarios al REGLAMENTO 1. Ambito de aplicacion del REGLAMENTO El REGLAMENTO introduce dos modificaciones respecto de la MORDAZA actual en lo que se refiere al ambito de aplicacion. En primer lugar, el fraseo aun vigente senala que la MORDAZA es de aplicacion a los emisores que tuvieran acciones representativas del capital social o acciones de trabajo inscritas en el Registro Publico del MORDAZA de Valores (en adelante, REGISTRO). Esta forma de expresarlo podria indicar que, por ejemplo, un emisor que tuviera inscritas en el REGISTRO unicamente sus acciones de inversion (antes acciones de trabajo) debia sujetarse al reglamento inclusive respecto de sus acciones representativas del capital social aun cuando estas ultimas no estuviesen inscritas. En este extremo, el REGLAMENTO establece que su alcance no se limita a las acciones -sean representativas del capital social o de inversion- sino a cualquier valor inscrito en el REGISTRO. Asimismo, el REGLAMENTO aclara que las obligaciones del emisor son respecto de los valores que mantiene inscritos en el REGISTRO y no sobre todos aquellos que pudiera haber emitido. Ello, desde luego, no perjudica las obligaciones de informacion que el emisor pudiera tener como consecuencia de las normas sobre hechos de importancia, incluso cuando ellas involucran a valores no inscritos. Por ejemplo, un emisor que tiene bonos inscritos en el REGISTRO y acciones comunes no inscritas, tiene que comunicar como hecho de importancia la distribucion de dividendos, aun cuando su entrega no se rija por las normas del REGLAMENTO. En MORDAZA lugar, existian dudas respecto de la aplicabilidad de la MORDAZA actualmente vigente a situaciones en las que no hubiera distribucion de algun derecho o beneficio. La disposicion relativa al ambito de

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