TEXTO PAGINA: 88
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 362226 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nos.1070 y 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 23 de setiembre de 2007 y el 24 de marzo de 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Ate, aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al SAT con carácter de declaración jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el informe técnico legal Nº 004-082-00000740 de fecha 21 de diciembre de 2007, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas, las Directivas Nos. 001-006-0000001 y 001-006-0000006 del SAT y además con las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional recaídas en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 4 de marzo y el 17 de agosto de 2005, respectivamente. Que, en conjunto, los arbitrios que fi nanciarán la prestación de los respectivos servicios tienen un incremento de 6.99%, con relación al año 2007. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 267-2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza N° 164- MDA, que aprueban el régimen tributario de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2008 en el Distrito de Ate, dejándose expresamente establecido que para su vigencia y exigibilidad la mencionada Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad de sus funcionarios, deberá publicar hasta el 31 de diciembre de 2007, tanto el Acuerdo ratifi catorio como el texto íntegro de la Ordenanza que se ratifi ca, los Anexos de la misma que contienen el informe técnico, los cuadros de estructura de costos y tasas. Artículo Segundo.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web www munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 147243-1 Ratifican la Ordenanza Nº 168/ML de la Municipalidad Distrital de Lurín, que regula el régimen tributario de los arbitrios para el ejercicio 2008 ACUERDO DE CONCEJO Nº 537 Lima, 27 de diciembre de 2007 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre de 2007 el Ofi cio Nº 001-090-004557 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza N° 168/ML, que aprueban el régimen tributario de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2008 en el Distrito de Lurín; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nos.1070 y 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 23 de setiembre de 2007 y el 24 de marzo de 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Lurín, aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al SAT con carácter de declaración jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el informe técnico legal Nº 004-082-00000742 de fecha 21 de diciembre de 2007, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas, las Directivas Nos. 001-006-0000001 y 001-006-0000006 del SAT y además con las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional recaídas en los Expedientes Nos. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 4 de marzo y el 17 de agosto de 2005, respectivamente. Que, la recaudación de los referidos arbitrios fi nanciarán únicamente los costos de la prestación de los respectivos servicios. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria - SAT y por la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 268-2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza N° 168/ ML, que aprueba el régimen tributario de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2008 en el Distrito de Lurín, dejándose expresamente establecido que para su vigencia y exigibilidad la mencionada Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad de sus funcionarios, deberá publicar hasta el 31 de diciembre de 2007, tanto el Acuerdo ratifi catorio como el texto íntegro de la Ordenanza que se ratifi ca, los Anexos de la misma que contienen el informe técnico, los cuadros de estructura de costos y tasas. Artículo Segundo.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web www munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 147235-1 Ratifican las Ordenanzas Nºs. 354 y 356-MDEA, sobre régimen tributario de arbitrios en el distrito de El Agustino para el año 2008 ACUERDO DE CONCEJO Nº 538 Lima, 27 de diciembre de 2007 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre de 2007 el Ofi cio Nº 001-090-004558 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de