Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 92

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 362230 Lurín correspondiente a la temporada de verano 2008, dado que cumple con los principales requisitos establecidos en el marco legal vigente para su aprobación y vigencia. En dicho caso la prestación del servicio se efectuará en el período comprendido entre el 13 de diciembre de 2007 y el 30 de abril de 2008. Artículo Segundo.- En lo que se refi ere al horario de prestación del servicio, el artículo 8º de la Ordenanza Nº 166/ML establece que la tasa será exigible de lunes a domingo dentro del horario de 09:00 a 17:00 horas en las playas de San Pedro y Arica. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación así como del texto de la Ordenanza Nº 166/ML y anexos l y ll que contienen los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos. Por otro lado, la aplicación de las Ordenanzas, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 147236-1 Ratifican la Ordenanza Nº 123- 2007-MDA, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el distrito de Ancón ACUERDO DE CONCEJO Nº 548 Lima, 27 de diciembre de 2007 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre de 2007 el Ofi cio Nº 001-090-004568 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT ( en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 123-MDA que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el Distrito de Ancón correspondiente a la temporada de verano 2008; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nos. 607, 739 y 1070 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 24 de marzo de 2004, 26 de diciembre de 2004 y el 27 de setiembre de 2007 respectivamente, la Municipalidad Distrital de Ancón aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola al SAT con carácter de declaración jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el informe técnico legal Nº 004-082-00000760 de fecha 26 de diciembre de 2007, opinando que procede la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas y las Directivas Nos. 001-006-0000001 y 001-006- 0000005 del SAT De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 280 -2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos:ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 123- 2007-MDA, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el Distrito de Ancón correspondiente a la temporada de verano 2008, así como el período abril a diciembre de 2008, dado que cumple con los principales requisitos establecidos en el marco legal vigente para su aprobación y vigencia. En dicho caso la prestación del servicio se efectuará en la playa Hermosa y en las zonas denominadas Pista Patinaje, Malecón Pardo, La Rotonda, Calle Loa y 2 de Mayo y Zona los Cangrejos (Yacht Club), adyacentes a las playas 18, Casino Náutico y Enanos; entre el 17 de diciembre 2007 y el 30 de marzo de 2008. Artículo Segundo.- En lo que se refi ere al horario de prestación del servicio, los artículos 1º y 6º de la Ordenanza Nº 123-2007-MDA establecen que la tasa será exigible de lunes a domingo dentro del horario de 09:00 a 17:00 horas en las zonas antes mencionadas. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación así como del texto de la Ordenanza Nº 123-2007-MDA y anexos 01 y 02 que contienen los cuadros de estructura de costos y de estimación de ingresos. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 147322-1 Ratifican la Ordenanza Nº 233-2007- MDSR de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa ACUERDO DE CONCEJO Nº 549 Lima, 27 de diciembre de 2007 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre de 2007 el Ofi cio Nº 001-090-004569 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 233-MDSR que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el distrito de Santa Rosa correspondiente a la temporada de verano 2008; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nºs. 607, 739 y 1070 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 24 de marzo de 2004, 26 de diciembre de 2004 y el 27 de setiembre de 2007 respectivamente, la Municipalidad Distrital de Santa Rosa aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al SAT con carácter de declaración jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el informe técnico legal Nº 004-082-00000752 de fecha 26 de diciembre de 2007, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas y