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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 98

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 362236 determinado Acto a sujetarse a una conducta o norma Institucional. Que, según lo establece el artículo 50º, inciso d), de la Ordenanza Nº 039/MDA, que aprobó el Reglamento de Organización Interior del Concejo de Ate señala que las Mociones de Orden del Día son propuestas mediante las cuales los Regidores ejercen su Derecho de pedir al Concejo Municipal que adopte Acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses de la Comunidad. Que, asimismo el Artículo IV, del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, y promueven la adecuada prestación de los Servicios Públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Que, cabe señalar el artículo 79º, inciso 1), Numeral 1.4.4, de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que son Funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Provinciales, aprobar la regulación Provincial respecto al otorgamiento de Licencias, y las labores de control y fi scalización de las Municipalidades Distritales en las materias reguladas por los Planes de Desarrollo Urbano y Acondicionamiento Territorial, de acuerdo con las Normas técnicas de la materia sobre Autorizaciones para la ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios y Propaganda Política. Que, asimismo el referido artículo 79º, inciso 3), Numeral 3.6.3, del referido Cuerpo Legal establece que son funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y Licencias y realizar la fi scalización entre otros de la ubicación de Avisos Publicitarios y Propaganda Política. Que, mediante Ordenanza Metropolitana Nº 1094, publicada el 23 de Noviembre de 2007, se Regula la ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios en la Provincia de Lima, estableciéndose en su artículo 8º, Numeral 2, incisos c), d), que son competencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima entre otras Autorizar la ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios en los bienes de uso Público de las vías del Sistema Vial Metropolitano, y el mobiliario urbano ubicado en las vías del Sistema Vial Metropolitano, y en las vías locales del Cercado de Lima. Que, el artículo 9º, inciso 2), de la referida Norma establece que corresponde a las Municipalidades Distritales Autorizar la ubicación de los avisos Publicitarios en los bienes de uso público de las vías locales de su jurisdicción, y el mobiliario Urbano ubicado en las vías locales correspondientes al Distrito. Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341/MML, publicada el 6 de Diciembre de 2001, modifi cada por la Ordenanza Metropolitana Nº 786/MML, publicada con fecha 20 de Junio de 2005, establece en su Artículo Séptimo que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la Ejecución, el mantenimiento, rehabilitación, señalización, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario Urbano de las Vías Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema vial Metropolitano de los intercambio viales y de todas las vías del Cercado de Lima, actividades que se harán en coordinación con las Municipalidades Distritales donde se ubiquen dichas vías Que, en igual modo el Artículo Octavo establece que las Municipalidades Distritales que conforman la Provincia de Lima tendrán a su cargo la ejecución, mantenimiento, rehabilitación, señalización, ornato y mobiliario urbano de vías locales de su jurisdicción de acuerdo a las normas establecidas por la Dirección Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, a lo largo de esta temporada y en la actualidad se vienen presentando solicitudes de Autorización Municipal para la ubicación de Anuncios Publicitarios y Propaganda Exterior, considerando su ubicación en la Avenida Nicolás Ayllón- Carretera Central, y otras vías de carácter Metropolitano, conforme a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana Nº 341/MML . Que, es un interés y necesidad del Distrito, y la Administración Municipal brindar a los vecinos un servicio oportuno y efi ciente, en el marco del desarrollo económico e Industrial que viene alcanzando el Distrito de Ate, de manera que éstos encuentren la proximidad de sus procedimientos y la efi cacia de los trámites Administrativos en virtud de la ubicación de Avisos Publicitarios, y mobiliario urbano, en Bienes de Uso Público y en las vías del Sistema Vial Metropolitano, que se encuentren ubicadas dentro de la Jurisdicción Distrital, donde la ubicación de dichos Avisos favorece la actividad económica Empresarial. Que, existe una necesidad imperante de la Municipalidad Distrital de Ate, de búsqueda de fondos públicos que generen ingresos que repercutan directamente en la calidad de vida de los vecinos, y demás contribuyentes del Distrito, considerando la realidad económica actual del Distrito. Que, el artículo 76º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Municipalidades pueden delegar entre ellas o a otras Entidades del Estado, las Competencias y funciones específi cas exclusivas establecidas en la presente Ley, en los casos en que se justifi que la necesidad de brindar a los vecinos un servicio oportuno y efi ciente o por economías de escala. Los Convenios establecen la modalidad y el tiempo de la Delegación así como las condiciones y causales para su revocación. Que, la Quinta Disposición Final de la Ordenanza Metropolitana Nº 1094/MML, establece que podrá delegarse las competencias y funciones específi cas exclusivas de la Municipalidad Metropolitana de Lima establecidas en el presente marco normativo a favor de las Municipalidades Distritales, en virtud del artículo 76º de la Ley Nº 27972. Que, conforme se establece en el artículo 10º, inciso 2) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades son atribuciones y obligaciones de los Regidores formular pedidos y Mociones de Orden del día. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Regidor Johnny W. Vásquez Arana, presenta la Moción de Orden del Día, ante el Concejo Municipal, solicitando se Declare como Necesidad e Interés del Distrito de Ate, el aprovechamiento de bienes de Uso Público y las vías del Sistema Vial Metropolitano que se encuentren ubicadas dentro de la Jurisdicción Distrital, en los cuales se pretenda ubicar Avisos Publicitarios, y mobiliario urbano. ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, Y CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE ACUERDA: Artículo 1º.- DECLARAR, como Necesidad e Interés del Distrito de Ate, el aprovechamiento de bienes de Uso Público y las vías del Sistema Vial Metropolitano que se encuentren ubicadas dentro de la Jurisdicción Distrital, en los cuales se pretenda ubicar Avisos Publicitarios, y mobiliario urbano. Artículo 2º.- DISPONER, que a través de la Gerencia Municipal se Ofi cie a la Municipalidad Metropolitana de Lima para que en cumplimiento del presente Acuerdo así como de lo señalado en la Quinta Disposición Final de la Ordenanza Metropolitana Nº 1094/MML se solicite formalmente a dicho Ente Provincial, la Delegación de Competencias a favor de la Municipalidad Distrital de Ate para otorgar Autorizaciones respecto a la ubicación de Avisos Publicitarios, y mobiliario urbano, en los bienes de Uso Público y en las vías del Sistema Vial Metropolitano que se encuentren dentro de la Jurisdicción Distrital, conforme a lo establecido en el artículo 76º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 3º.- RECOMENDAR, a la Gerencia de Desarrollo Económico y la Sub-Gerencia de Comercialización, que conforme a su competencia elaboren el Marco Normativo correspondiente, adecuándose a las Disposiciones establecidas en la Ordenanza Metropolitana N° 1094/MML. Artículo 4º.- DISPONER, la transcripción y publicación del presente Acuerdo de Concejo en El Diario Ofi cial El Peruano.