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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de junio de 2007 346637 b. Plan de Desarrollo Concertado (PDC).- Instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del proceso del presupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la Visión de Desarrollo y Objetivos Estratégicos de mediano y largo plazo de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. c. Plan Estratégico Institucional (PEI).- Es un instrumento orientador de la gestión o quehacer institucional del Gobierno Local, formulado desde una perspectiva multianual. Toma en cuenta la Visión del Desarrollo, los Objetivos Estratégicos y acciones concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, y los lineamientos establecidos en los PESEM. Contiene los Objetivos Institucionales y las acciones que le corresponde realizar en el marco de sus competencias. En el caso de los Gobiernos Locales, el PEI equivale al Plan de Desarrollo Institucional señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades. d. Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito regional o local. Son Organizaciones Sociales de base territorial o temática, aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentro del ámbito regional o local, tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, las mesas de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa en la localidad o región. Los Organismos e Instituciones Privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, de productores o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción. e. Agentes Participantes.- Son quienes participan, con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso de planeamiento y del presupuesto participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local, el Concejo Municipal, los representantes de la Sociedad Civil debidamente acreditados, de acuerdo al artículo 5º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo y los representantes de las entidades de Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito de la Región, Provincia o distrito y designados para estos fi nes. Integran también los Agentes Participantes, el Equipo Técnico de soporte del proceso que participa con voz pero sin voto. f. Equipo Técnico.- Tiene la misión de brindar soporte técnico en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado y presupuesto participativo y desarrollar el trabajo de evaluación técnica; asimismo de armonizar la realización de acciones y capacitación a los Agentes Participantes. Artículo 7º.- Programación y Metodología del Proceso participativo: El desarrollo del Presupuesto Participativo 2008, se realizará tomando en cuenta la realidad territorial, se desarrollará en las siguientes fases: Fase 0: Reuniones de Coordinación con actores locales: Consejo de Coordinación Local, representantes de la Sociedad Civil involucradas en la de fi nición de los montos a invertir en el presupuesto participativo, con la consecuente de fi nición de otras fuentes de fi nanciamiento para el proceso. Fase I: Convocatoria de la Población y agentes participantes a través de los diferentes medios y formas de comunicación. Difusión de la Ordenanza. Fase II: Identi fi cación y Registro de Agentes Participantes, inscripción de los participantes en forma descentralizada Fase III : Información y Rendición de cuentas por parte del Municipio, Preparación de los Talleres informativos, y sensibilizadores, balance del Avance y revisión de las Líneas y Objetivos de la Visión del Plan de Desarrollo Integral de Ate. Fase IV: Capacitación de Agentes Participantes, actualización de los agentes participantes respecto del proceso y las normas. La elección de los miembros del Comité de Control y vigilancia del Presupuesto Participativo. Fase V: Talleres de Trabajo de diagnóstico y Talleres de de fi nición de los criterios de priorización. Fase VI: Evaluación Técnica: Análisis técnico, fi nanciero y social de los proyectos para determinar su viabilidad, utilizando los instrumentos del Sistema Nacional de Inversión pública (SNIP) por parte del Equipo Técnico Fase VII: Formalización de acuerdos, el Equipo Técnico presenta su informe, se delibera y se levantan las actas respectivas para la fi rma de actas y compromisos y su publicación. Fase VIII: Rendición de Cuentas, Proceso que se llevará durante el año presupuestal. Artículo 8º.- Fase de Preparación En esta fase se realiza la plani fi cación y de fi nición de las diversas actividades que se ejecutarán en el proceso de formulación del presupuesto participativo. En esta fase la Municipalidad en coordinación con su equipo técnico y el consejo de coordinación local distrital, se encargan de las actividades de difusión y sensibilización, sobre la importancia de la participación de la ciudadanía, difusión del marco normativo, entre otras que consideren pertinentes. Artículo 9º.- Fase de Convocatoria En esta fase la Municipalidad con el consejo de coordinación local distrital y equipo técnico convocan al proceso de presupuesto participativo conforme al modelo de convocatoria en el Anexo 02 del Instructivo para el proceso del presupuesto participativo 2008. El Equipo Técnico, a través de la Gerencia de Participación Ciudadana y la Secretaría de Imagen Institucional, procederán a realizar la convocatoria para el presente proceso, para lo cual utilizarán los medios de comunicación más adecuados a fi n de garantizar una amplia representación y participación de toda la Sociedad Civil. Artículo 10º.- Inscripción y Registro de Agentes Participantes: A partir de la vigencia de la presente Ordenanza, la Gerencia de Participación Ciudadana, aperturará el Libro de Registro de Agentes Participantes conforme al modelo de formato establecido en el Anexo 04 del Instructivo para el proceso del presupuesto participativo 2008 e iniciará el proceso de inscripción y registro de las organizaciones de la sociedad civil, personas, entre otros agentes que participarán en la formulación del Presupuesto Participativo. El Libro de Registro de Agentes Participantes del Presupuesto Participativo, está compuesto por todas las organizaciones de sociedad civil, mesas y espacio de concertación, instituciones sociales y partidos políticos, ciudadanos y cualquier agrupación social representativa de la localidad que se inscriban hasta el fin del plazo fijado mediante el cronograma que se anexa. Para inscribirse en el Libro de Registro de Agentes Participantes para el proceso de formulación del Presupuesto Participativo, sólo se necesitan los siguientes requisitos: Fotocopia simple de la Resolución de inscripción de la Organización en el RUOS o la Partida electrónica actualizada en Registros Públicos. Fotocopia del documento de identidad del representante de la organización que se inscriba y resida en Ate. Artículo 11º.- Plazos de inscripción La inscripción se realizará en la Gerencia de Participación Ciudadana, dentro de los plazos establecidos en el cronograma que se anexa.