Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2007 (22/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2007

El MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA

El Informe N° 247-2007-OAJ-MSS, de fecha 13 de marzo del 2007, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, sobre proyecto de Decreto de Alcaldia que conforma el Primer Comite Educativo Municipal ­ CEM y la designacion del Secretario Tecnico, conforme lo dispone la Resolucion Ministerial Nº 0031-2007-ED. CONSIDERANDO: Que, el Art.16º de la Constitucion Politica del Estado, prescribe que: Tanto el sistema como el regimen educativo son descentralizados. El Estado coordina la politica educativa. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educacion. Que, el Articulo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que el Gobierno Local tiene competencias y funciones especificas compartidas con el Gobierno Nacional y el Regional en materia de educacion, cultura, deportes y recreacion. Que, mediante Decreto Supremo Nº 078-2006-PCM, publicado el 4 de marzo del 2007, se autorizo al Ministerio de Educacion llevar a cabo con la participacion de las Municipalidades, un Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa de los niveles Inicial y Primaria, con la participacion de la Municipalidad. Que, segun Resolucion Ministerial Nº 0031-2007ED se aprobo el Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007, el mismo que establece que el Gobierno Local participara directamente en la gestion de las Instituciones Educativas tomando las principales decisiones en el ambito pedagogico, institucional y administrativo para mejorar la calidad del servicio educativo. Que, a fin de lograr que las Instituciones Educativas pasen a ser gestionadas por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, es imprescindible la constitucion del Consejo Educativo Municipal, el mismo que se encargara de dirigir y conducir la gestion educativa, debiendo estar presidido por el MORDAZA e integrado por los Directores de las Instituciones Educativas involucradas, ademas de la designacion del Secretario Tecnico, el mismo que se encargara de implementar los acuerdos de la Asamblea del Consejo Educativo Municipal, conforme lo dispone el Titulo II Lineamientos del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa 2007, Subtitulo 5 Organizacion del Plan Piloto, Inciso 5.2 Organos de Ejecucion, parrafo c) de la Resolucion Ministerial Nº 0031-2007-ED. Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 247-2007-OAJ-MSS y conforme a las facultades establecidas en el Numeral 6 del Articulo 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo 1º.- Conformar el Primer Consejo Educativo Municipal ­ CEM, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, organo directivo de la gestion educativa que se encargara de establecer los lineamientos de politica educativa, dirigir las acciones de gestion pedagogica, institucional y administrativa, entre otras, conforme a las facultades conferidas en la Resolucion Ministerial Nº 0031-2007-ED. Articulo 2º.- El Consejo Educativo Municipal ­ CEM ­ estara conformado por: Representante de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Estremadoyro ­ Presidente Representantes de las Instituciones Educativas (IE) del nivel Inicial y Primaria: · Director de la IE Nº 86 Nuestra Senora del MORDAZA, · Director de la IE Nº 7068 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, · Director de la IE Nº 7058 MORDAZA de MORDAZA, · Director de la IE Nº 7065 MORDAZA MORDAZA Encinas MORDAZA, · Director de la IE Nº 536 Amiguitos de MORDAZA, · Director de la IE Nº 87 Los Proceres,

· Director de la IE Nº 555 MORDAZA MORDAZA, · Director de la IE Nº 593 MORDAZA MORDAZA de las MORDAZA Grieve, · Director de la IE Nº 557 MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, · Director de la IE Nº 7087 MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Barcia Boniffatti · Director de la IE Nº 6043 Reino de Suecia. Articulo 3º.- Designar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Secretaria Tecnica del Consejo Educativo Municipal ­ CEM de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, cuyas funciones y prerrogativas se encuentran contempladas en la Resolucion Ministerial Nº 0031-2007-ED. Articulo 4º.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 40086-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Modifican la Ordenanza N° 112MDS, que establece Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de constancias de Inspeccion Tecnica Basica en Defensa Civil
ORDENANZA Nº 164-MDS Surquillo, 6 de marzo de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 012006-CSCDCTP-CM-MDS de la Comision de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Transporte Publico; en uso de las atribuciones previstas en el articulo 9º numeral 8) y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y con el MORDAZA unanime de sus miembros y la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICA LA ORDENANZA Nº 112-MDS Articulo 1º.- Normas modificadas.- Modifiquense los articulos 1º, 2º, 3º, 5º, 6º, 7º y 9º de la Ordenanza Nº 112MDS que establece Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de constancias de Inspeccion Tecnica Basica en Defensa Civil por el Comite Distrital de Defensa Civil, con el tenor siguiente: Articulo 1.- La presente Ordenanza establece disposiciones complementarias para el otorgamiento de Certificados de Seguridad en Defensa Civil realizada por los inspectores integrantes del Comite Distrital de Defensa Civil de Surquillo, organo desconcentrado del Instituto Nacional de Defensa Civil. Articulo 2.- Para los efectos de la presente Ordenanza, se entiende por Certificado de Seguridad en Defensa Civil a aquel certificado o MORDAZA que acredita el cumplimiento de las condiciones de seguridad de un inmueble, instalacion o recinto de propiedad privada, de

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