Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2007 (22/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

342009

Recomiendan declarar nulidad de Resoluciones de Alcaldia que aprueban convenios o contratos relativos a arrendamientos y concesiones en el MORDAZA Mariscal MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO N° 017 Lince, 16 de marzo de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; POR CUANTO: El Concejo de Lince en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Asimismo, la autonomia que establece la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, de conformidad con el MORDAZA parrafo del citado dispositivo legal; Que, de conformidad con el inciso 33 del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, concordante con el Articulo 10º del mismo texto legal, corresponde al Concejo Municipal fiscalizar la gestion de los funcionarios de la Municipalidad; Que, de conformidad con el numeral 1.1 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las autoridades administrativas deben actuar con respecto a la Constitucion, la Ley y al Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas; Que, conforme dispone el Articulo 36º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo economico de su circunscripcion territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia, ademas de realizarse con sujecion al Ordenamiento Juridico, de modo tal que la inobservancia de dicha normatividad debe ser sancionada oportunamente por el Organo competente; Que, durante la gestion anterior el MORDAZA Mariscal MORDAZA sufrio una serie de cambios y remodelaciones, las cuales fueron seriamente cuestionadas por una parte importante de la poblacion Lincena, principalmente por aquellos vecinos domiciliados en las cercanias del citado MORDAZA por ser los directamente afectados, agravandose esta situacion por el cambio de uso de dicho espacio publico, transformando un area MORDAZA considerada el MORDAZA pulmon ecologico mas importante de MORDAZA, en areas de uso privado a traves de la modalidad de Concesiones y Convenios seriamente cuestionados; Que, la nueva Gestion Municipal hizo suya cada una de las quejas vecinales, como son la emision de ruidos molestos generados por el uso del MORDAZA de gras artificial en horario no apropiado, la posibilidad de contaminacion en la MORDAZA Artificial, el pago por el uso de los Juegos Infantiles, el deterioro de los juegos tradicionales infantiles gratuitos, los ruidos generados por un Restaurante, la perdida de las areas verdes, la congestion vehicular no prevista y principalmente la intranquilidad que todas estas situaciones hacian que menoscabaran la calidad de MORDAZA de los vecinos Lincenos; Que, otra de las observaciones de caracter general es la afectacion del MORDAZA de Igualdad ante la Ley y la Libre Competencia, toda vez que en algunos de los Contratos o Convenios que nos ocupan, el MORDAZA de seleccion para la Concesion ha sido arbitrario, encontrandonos frente a

relaciones contractuales en las cuales la Administracion anterior selecciono a su libre albedrio a la persona natural o juridica con la cual se contrato, afectando de esta manera procedimientos preestablecidos por la Ley y especificamente el MORDAZA de Igualdad ante la Ley, que recoge el Articulo 2.2. de la Constitucion Politica del Peru, concordante con su Articulo 61º que garantiza la Libre Competencia; Que, mediante Informe Nº 042-2007-MDL/ GAJ de fecha 7 de marzo de 2007, la Gerencia de Asesoria Juridica informa de la situacion legal de los Contratos de Concesion y Convenios suscritos por la Municipalidad de Lince con terceros, respecto al uso de las instalaciones del MORDAZA Mariscal MORDAZA, segun la siguiente relacion: Convenio de Cooperacion con la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ogata suscrito con fecha 13.Jul.2006 Objeto: Servicio y expendio alimentario y otros, en el MORDAZA MORDAZA utilizando modulos moviles. Aprobado por Resolucion de Alcaldia N° 399-2006-MDL del 13.Jul.2006. Contrato de Arrendamiento del Food Court en el MORDAZA Gran Mariscal MORDAZA - Lince suscrito 23.Ago.2006 con: Sociedad Cultural Gastronomica Artistica las 200 Millas SAC. representada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Manassevitz. Aprobado por Resolucion de Alcaldia N° 455-2006-MDL del 23.Ago.2006. Contrato de Arrendamiento de 2 modulos de servicios higienicos suscrito con Yssela MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 24.Ago.2006. Aprobado por Resolucion de Alcaldia N° 458-2006-MDL del 25.Ago.2006. Convenio de Cooperacion con la Asociacion de Artesanos de Lince. Aprobado por Resolucion de Alcaldia N° 444-2006-MDL del 14.Ago.2006. Convenio de Cooperacion con la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA suscrito el 04.Ago.2006. Objeto: Servicio de Fotografias, Filmacion Profesional y Fotomontaje digitalizado. Aprobado por Resolucion de Alcaldia N° 462-2006-MDL del 25.Ago.2006. Contrato de Concesion del Servicio Publico de Juegos Infantiles del MORDAZA Mariscal MORDAZA suscrito con el Consorcio Diversiones Ramoli SRL - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con MORDAZA MORDAZA Mayaute con nombre comercial Family Park. Aprobado por Resolucion de Alcaldia N° 338-2006-MDL del 05.Jun.2006 Convenio de Cooperacion para el Adiestramiento, cuidado, tenencia y capacitacion de mascotas del distrito de Lince suscrito con fecha 18.Ago.2006, con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº 448-2006-MDL del 18.Ago.2006.

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Que, en el precitado informe se indica que todos los Contratos o Convenios, aparecen suscritos por el senor MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, ex Gerente General de la Municipalidad de Lince, quien sustenta su representacion en la Resolucion de Alcaldia Nº 216-2003-MDL de fecha 27 MORDAZA de 2003; Que, siendo el objeto de dichos Contratos y Convenios la Cesion del Uso o Arrendamiento de parte del MORDAZA Mariscal MORDAZA, lo que implica disposicion de un derecho material, no es aceptable el uso de un Poder General como el conferido en la citada Resolucion de Alcaldia, sino que en estricta aplicacion del MORDAZA de Literalidad consagrado en la normatividad vigente, se requeria de un Poder Especifico, toda vez que no se presume la existencia de facultades especiales no conferidas explicitamente; Que, de otro lado, los indicados Contratos y Convenios carecen de aprobacion del Concejo Municipal de Lince, requeridos por el numeral 25 del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el cual establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar la donacion o la cesion en uso de bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad

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