Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2007 (16/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia del Registro respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Gerencia por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de MORDAZA de 2007; y, De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 59º inciso c) de la Ley, el Articulo 4º numeral 3) y Articulo 7º numeral 28) del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402006-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de MORDAZA de 2007: 1. PROTECTION PERUVIAN S.A. (PROPTER) Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolucion, causal tipificada en el literal b) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 352-2007-TC-S3 de 11.04.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 2. GRUPO VICMER S.A. Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolucion, causal tipificada en el literal b) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 352-2007-TC-S3 de 11.04.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 3. BEMOWI S.A.C. Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolucion, causal tipificada en el literal b) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 352-2007-TC-S3 de 11.04.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 4. MAQUINARIA NACIONAL S.A. PERU Mediante Resolucion N° 361-2007- TC-S1 de 17.04.2007, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 263-2007-TCSU de 16.03.2007, que le sanciona con veinte (20) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. 5. PETROLEOS Y DISTRIBUCION MORDAZA MORDAZA S.A.C. Inhabilitacion por seis (6) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el literal f) del articulo 205° del Reglamento

de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, segun Resolucion N° 368-2007-TC-S3 de 19.04.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 6. TECHNICAL MED S.A.C. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el literal f) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, segun Resolucion N° 373-2007-TC-S3 de 20.04.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion 7. MAQUINARIA NACIONAL S.A. PERU Mediante Resolucion N° 386-2007- TC-S1 de 24.04.2007, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 285-2007-TCSU de 23.03.2007, que le sanciona con veinte (20) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 8. MORDAZA EMPRESA CONSTRUCTORA S.A.C. Inhabilitacion por ocho (8) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el literal f) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, segun Resolucion N° 387-2007-TC-S3 de 25.04.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 9. MORDAZA ROGGERO MORDAZA Inhabilitacion por seis (6) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004PCM, segun Resolucion Nº 388-2007-TC-S3 de 25.04.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 10. CONSORCIO DEALIMENTOS S.A.C. (CORAL S.A.C.) Mediante Resolucion N° 410-2007-TC-S3 de 03.05.2007, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 311-2007-TCS1 de 28.03.2007, que le sanciona con veinte (20) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia del Registro incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de MORDAZA de 2007 a la pagina web de la Entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TORRICELLI MORDAZA Presidente

59943-1

Sancionan a persona natural con suspension en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION N° 341/2007-TC-S1
Sumilla: Constituye causal de imposicion de sancion el incumplimiento injustificado de las obligaciones derivadas

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