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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (26/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de setiembre de 2007 354073 la Constitución Política, 31 numerales 2, 32 y 34 de la Ley 26397, y 35 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesión del 3 de mayo del 2007, sin la presencia y con el voto escrito del señor Consejero Efraín Anaya Cárdenas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundadas las excepciones de caducidad y prescripción deducidas por el doctor Cristóbal Pantaleón Achahui Campos. Artículo Segundo.- Declarar infundada la tacha interpuesta por el doctor Cristóbal Pantaleón Achahui Campos contra el testigo Segundo Baltazar Morales Parraguez. Artículo Tercero.- Dar por concluido el proceso disciplinario y aceptar el pedido de destitución formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, y en consecuencia, destituir al doctor Cristóbal Pantaleón Achahui Campos, del cargo de Juez del Segundo Juzgado Mixto de Tambopata-Madre de Dios. Artículo Cuarto.- Disponer la cancelación del título y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado al magistrado destituido a que se contrae el artículo tercero de la presente resolución, inscribiéndose la medida en el registro personal, debiéndose asimismo cursar o fi cio al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y a la señora Fiscal de la Nación, y publicarse la presente resolución, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Regístrese y comuníquese.MAXIMILIANO CARDENAS DIAZCARLOS MANSILLA GARDELLAFRANCISCO DELGADO DE LA FLOREDWIN VEGAS GALLOANIBAL TORRES VÁSQUEZEDMUNDO PELÁEZ BARDALESVOTO DEL SEÑOR CONSEJERO EFRAIN ANAYA CARDENAS EN EL PROCESO DISCIPLINARIO Nº 015-2006-CNM, SEGUIDO AL DOCTOR CRISTOBAL PANTALEON ACHAHUI CAMPOS, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE TAMBOPATA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS. EL VOTO DEL SEÑOR CONSEJERO EFRAIN ANAYA CARDENAS EN EL PROCESO DISCIPLINARIO Nº 015-2006-CNM, SEGUIDO AL DOCTOR CRISTOBAL PANTALEON ACHAHUI CAMPOS, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE TAMBOPATA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS, ES PORQUE SE ACEPTE EL PEDIDO FORMULADO POR EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y EN CONSECUENCIA SE DESTITUYA AL MAGISTRADO PROCESADO, POR LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN EL INFORME DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE PROCESOS DISCIPLINARIOS DE 2 DE MAYO DE 2007. LIMA, DOS DE MAYO DEL DOS MIL SIETE EFRAIN ANAYA CÁRDENAS Consejero 112636-1 Declaran inadmisible recurso de reconsideración interpuesto contra la Res. Nº 058-2007-PCNM RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 279-2007-CNM San Isidro, 13 de setiembre de 2007VISTA; La Reconsideración interpuesta por el doctor Cristóbal Pantaleón Achahui Campos contra la Resolución Nº 058-2007-PCNM de 7 de junio de 2007; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución Nº 058 -2007-PCNM de 7 de junio de 2007, el Consejo Nacional de la Magistratura destituyó al doctor Cristóbal Pantaleón Achahui Campos, del cargo de Juez del Segundo Juzgado Mixto de Tambopata-Madre de Dios, por los hechos expuestos en la misma; Que, por escrito de 19 de junio de 2007, el doctor Cristóbal Pantaleón Achahui Campos interpone recurso de reconsideración contra la resolución citada en el considerando precedente alegando que de conformidad con los artículos 207 inciso a) y 208 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, norma jerárquicamente superior al artículo 39 inciso h) del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura, Resolución Nº 030-2003-CNM, el plazo para interponer recurso de reconsideración es de 15 días y no de 5, por lo que solicita que en su oportunidad se revoque la resolución cuestionada y se le absuelva de los cargos imputados; Que, el recurrente fundamenta su recurso de reconsideración en el hecho de que en la O fi cina Distrital de Control de la Magistratura de Madre de Dios se ha manipulado su intervención, ya que el doctor Alfredo Barboza Oré sin tener facultad para ejercer cargo administrativo dentro del Poder Judicial dispone plani fi car en coordinación con el doctor Segundo Baltazar Morales Parraguez, la OCMA, el Fiscal Decano de Madre de Dios y la Policía Nacional del Perú, el correspondiente operativo por la queja verbal presentada por doña Rosa Ramírez Valenzuela; Que, asimismo, el recurrente señala que la resolución objeto de impugnación no se encuentra adecuadamente motivada, ni se han respetado los principios de razonabilidad, proporcionalidad y presunción de inocencia; Que, fi nalmente el procesado señala que dedujo la excepción de prescripción porque el derecho de prescribir es irrenunciable; agregando que, el plazo para interponer la queja administrativa contra los magistrados caduca a los 30 días útiles de ocurrido el hecho, por lo que estando a que la queja objeto de investigación fue presentada el 21 de abril del 2005 al 7 de junio del presente año, han trascurrido dos años un mes y 17 días; Que, si bien es cierto el artículo 207 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala que el plazo para interponer los recursos administrativos, tales como, reconsideración, apelación y revisión, es de 15 días, en el presente caso prima la norma especial que regula las funciones disciplinarias del Consejo Nacional de la Magistratura, esto es, el Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura, el que en su artículo 39 inciso h) dispone que el plazo para interponer el recurso de reconsideración es de cinco días, contados a partir del día siguiente de la noti fi cación; Que, la resolución impugnada se noti fi có al recurrente el 8 de junio de 2007, venciéndose el plazo para interponer el recurso de reconsideración, el 15 de junio del 2007 y habiéndolo presentado el 19 del mismo mes y año, dicho recurso resulta inadmisible, por extemporáneo; Por las consideraciones expuestas, estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesión de 12 de julio de 2007, y de acuerdo a lo prescrito por el artículo 37 incisos b) y e) de la Ley Nº 26397; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar inadmisible por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto por el doctor Cristóbal Pantaleón Achahui Campos contra la Resolución Nº 058-2007-PCNM que dispuso su destitución del cargo de Juez del Segundo Juzgado Mixto de Tambopata-Madre de Dios. Regístrese y comuníquese.MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente 112636-2