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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de agosto de 2008 379012 de la función judicial o fi scal, según corresponda, así como una capacitación permanente y una debida actualización, de manera que cuente con capacidad para realizar bien su función de Juez o Fiscal acorde con las delicadas responsabilidades de su cargo. Décimo Quinto : Que, en lo referente a la producción fi scal del evaluado, mediante O fi cio N° 4876-2008-MP-FN-SEGFIN, de 26 de mayo de 2008, se informa que los años 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 dictaminó el 100% de expedientes ingresados, asimismo del 21 de enero de 2002 al 22 de julio de 2002, dictaminó el 97.6% de expedientes ingresados y el 2007 dictaminó el 97.17% de expedientes ingresados, mientras que del 1° de enero de 2008 al 9 de mayo de 2008 dictaminó el 6.6% de expedientes ingresados. Si bien estos datos re fl ejan una importante producción fi scal, cabe señalar que obra en el expediente información remitida por el Ministerio Público el año 2002 que resulta contradictoria en algunos aspectos con los porcentajes consignados lo que, aunado a que no se cuenta con información de todo el periodo de evaluación, no permite aplicar una cali fi cación precisa total en este rubro. Décimo Sexto: Que, respecto a la calidad de los dictámenes del evaluado, en mérito al análisis e informe emitido por el especialista y que este colegiado asume con ponderación, de 7 dictámenes remitidos 5 han sido considerados como buenos y 2 como aceptables, advirtiéndose en general un adecuado razonamiento y sustentación de las decisiones así como claridad en la exposición de los argumentos; aspectos que fueron corroborados durante la entrevista personal, en la que el magistrado tuvo la oportunidad de referirse e intercambiar opiniones respecto a dichos dictámenes, desenvolviéndose adecuadamente y fundamentándose con criterios jurídicos acordes a su nivel y especialidad. Décimo Sétimo: Que, respecto a la capacitación se ha podido establecer que el doctor Cubas Villanueva, durante el periodo de evaluación, ha participado en cerca de 100 eventos académicos en diferentes instituciones, indistintamente como ponente, panelista, organizador o asistente, llegando a un promedio de más de 10 eventos por cada año de evaluación, lo que demuestra una constante y permanente preocupación por capacitarse y actualizarse; asimismo ha participado en dos eventos en la Academia de la Magistratura y viene cursando el Noveno Curso de Preparación para el Ascenso. Debe resaltarse, además, el hecho que el magistrado evaluado ha publicado varios libros, entre ellos, “El Proceso Penal”, “Aportes para una Reforma urgente del Ministerio Público”, “Constitución, Proceso y Poder Político”, “Código de Procedimientos Penales”, “La Cantuta: Crónica sobre la Investigación Fiscal”, así como artículos en diferentes revistas jurídicas sobre temas de su especialidad y sobre la reforma del sistema de justicia, advirtiéndose con ello su interés no sólo en la investigación de las materias afi nes a su función sino también inquietud y compromiso con la problemática del sistema de justicia realizando aportes desde su experiencia en la magistratura, lo cual es valorado positivamente en tanto re fl eja, en su calidad de Fiscal Superior del Distrito Judicial de Lima, un real compromiso por transmitir sus conocimientos y mejorar el servicio de justicia. El doctor Víctor Manuel Cubas Villanueva, además, cuenta con el grado de Magíster en la Maestría en Ciencias Penales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y acredita conocimientos en computación, así como estudios del idioma inglés e italiano. Asimismo, ejerce la docencia universitaria en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú, presentado constancias referidas a que en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos no dicta más de 8 horas de clases a la semana y que en la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú dicta sus clases a tiempo parcial, solo la parte práctica del curso, es decir, sin interferir con su actividad laboral y sin incurrir en exceso en cuanto a la limitación legal. Todo lo referido evidencia un buen nivel de preparación y actualización, así como preocupación académica e intelectual, lo cual ha sido corroborado a través de la entrevista personal realizada por el Pleno del Consejo en sesión pública del 7 de Julio del año en curso, en la que teniendo en cuenta la especialidad y el cargo del magistrado evaluado, se le formuló diversas preguntas de Derecho Penal y Procesal Penal contestando en forma acertada y con seguridad, demostrando dominio y conocimiento de las materias. Igualmente, se le preguntó sobre aspectos de la problemática del servicio de justicia y su reforma, demostrando un conocimiento crítico del sistema de justicia. Décimo Octavo: Que, de lo actuado en el proceso de evaluación y rati fi cación ha quedado establecido que el doctor Víctor Manuel Cubas Villanueva, durante el período sujeto a evaluación, ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada función fi scal; situación que se acredita con el hecho de no registrar antecedentes policiales judiciales y penales; las 2 medidas disciplinarias de amonestación que registra son sanciones menores en asuntos funcionales no graves; las quejas y denuncias formuladas ante la Fiscalía Suprema del Control Interno se encuentran archivadas; respecto a su patrimonio, no se ha encontrado un incremento sustancial o injusti fi cado del mismo y dicho patrimonio ha sido declarado oportunamente ante su institución; además, registra buena puntualidad y asistencia a su centro de trabajo y una aceptable aprobación por parte del Colegio de Abogados de Lima. De otro lado, demuestra sólidos conocimientos jurídicos evidenciados en la calidad de sus dictámenes y en los libros y artículos publicados, así como en su participación en un gran número de eventos académicos, además del correcto desenvolvimiento en la entrevista personal respecto a las preguntas de carácter jurídico que se le hicieron, evidenciando, además, conocimiento de la organización y gestión del despacho así como capacidad para formular propuestas de mejora del servicio de justicia, a lo que cabe agregar que cuenta con el grado de magíster y ejerce la docencia universitaria. Décimo Noveno: Que, este Consejo también tiene presente el examen psicométrico (psiquiátrico y psicológico) practicado al magistrado evaluado, cuyas conclusiones le son favorables, pero que no se hacen de conocimiento público por constituir información reservada en atención a lo dispuesto por el artículo 2°, inciso 5, de la Constitución Política del Perú y el artículo 21° del Reglamento de Evaluación y Rati fi cación vigente. Vigésimo: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta únicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el proceso de evaluación y rati fi cación que nos ocupa, se ha determinado la convicción unánime de los señores Consejeros votantes, en el sentido de renovar la confi anza al magistrado evaluado. En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del artículo 154° de la Constitución Política del Perú, artículo 21° inciso b) y artículo 37° inciso b) de la Ley 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y artículo 29° del Reglamento del Proceso de Evaluación y Rati fi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado por Resolución N° 1019-2005-CNM, y al acuerdo adoptado por el Pleno, con la abstención del señor Consejero Mansilla en sesión de 24 de julio de 2008; SE RESUELVE: Primero.- Renovar la con fi anza al doctor Víctor Manuel Cubas Villanueva y, en consecuencia, rati fi carlo en el cargo de Fiscal Superior del Distrito Judicial de Lima. Segundo.- Notifíquese personalmente al magistrado ratifi cado y remítase copia certifi cada a la Fiscalía de la Nación, de conformidad con el artículo trigésimo segundo del Reglamento del Proceso de Evaluación y Rati fi cación de jueces del Poder Judicial y fi scales del Ministerio Público, y a la Ofi cina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS EDMUNDO PELÁEZ BARDALESEDWIN VEGAS GALLOFRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO ANÍBAL TORRES VÁSQUEZEFRAÍN ANAYA CÁRDENASMAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ245347-1 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 105-2008-PCNM Lima, 25 de julio del 2008VISTO:El expediente de evaluación y rati fi cación del doctor Jorge Enrique Sanz Quiroz, Fiscal Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de Lima.