Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular de permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 1722006-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MI JOSUE" con matricula PL-22781-CM, de 69.81 m3 de capacidad de bodega, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los mismos terminos y condiciones en el que fue otorgado. Articulo 2º.- El acceso a los recursos sardina, jurel y caballa sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que estos recursos seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Directoral Nº 1722006-PRODUCE/DGEPP para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MI JOSUE", con matricula PL-22781-CM. Articulo 4º.- Incorporar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 172-2006-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MI JOSUE" con matricula PL-22781-CM; asi como la presente resolucion al Literal B del Anexo I de la Resolucion ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a MORDAZA MORDAZA TEJADA. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectorial de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 149881-5

Declaran infundado recurso de reconsideracion interpuesto contra la R.D. Nº 323-2007-PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 546-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 13 de diciembre de 2007 Visto el escrito de registro Nº 00073670 de fecha 25 de octubre del 2007, presentado por FABRICA DE CONSERVAS URANO S.A. y PESQUERA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 323-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 13 de MORDAZA del 2007, se suspendio la licencia de operacion que fuera otorgada a FABRICA DE CONSERVAS URANO S.A., por la Resolucion Directoral Nº 213-2007-PRODUCE/DGEPP, por cuanto ha quedado constatado en la inspeccion de verificacion de operatividad y capacidad de operacion de la planta de harina de pescado de fecha 15 de junio del 2007, y considerando el MORDAZA de privilegio de controles posteriores, que dicha planta se encuentra en

estado de inoperatividad, conforme se demuestra en las diapositivas fotograficas donde se observa la linea de MORDAZA de harina de pescado incompleta, con algunos equipos semi instalados, sin mantenimiento y en MORDAZA de oxidacion, sin planta de evaporacion para el tratamiento del agua de cola, por lo que se debe proceder a emitir el acto administrativo declarativo correspondiente al haber incumplido con las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero. Asimismo, en su articulo 2º establece que la suspension MORDAZA senalada, esta supeditada a que FABRICA DE CONSERVAS URANO S.A., acredite la operatividad y la capacidad de procesamiento otorgada a traves de la Resolucion Directoral Nº 213-2007-PRODUCE/DGEPP; Que mediante el escrito del visto, FABRICA DE CONSERVAS URANO S.A. y PESQUERA MORDAZA S.A., al haber celebrado un contrato de Asociacion en participacion, interponen recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral citada en el considerando precedente, alcanzando en calidad de nuevas pruebas las copias simples de: las Resoluciones Directorales Nºs 213-2007-PRODUCE/DGEPP y Nº 323-2007-PRODUCE/ DGEPP, escrito con registro Nº 00045072, Actas de Junta General de Accionistas de PESQUERA MORDAZA S.A. y de FABRICA DE CONSERVAS URANO S.A., el documento nacional de identidad de la apoderada y MORDAZA del Recibo de Ingreso Nº 0012788, a fin de sustentar su recurso impugnativo; Que de la evaluacion efectuada al citado recurso de reconsideracion interpuesto por las recurrentes se establece que, la documentacion presentada y senalada en el considerando precedente no constituyen pruebas que desvirtuen los fundamentos que sustentaron la suspension de la licencia de operacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 213-2007-PRODUCE/DGEPP dado que estan referidos a requisitos procedimentales para el tramite del recurso impugnativo. Asimismo, los argumentos que aducen los recurrentes no sustentan a la fecha la operatividad y la capacidad de procesamiento otorgada a la planta de harina de pescado conforme a lo resuelto en el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 323-2007-PRODUCE/DGEPP, manteniendose el fundamento establecido en la Resolucion Directoral que es materia de impugnacion, por lo que el citado recurso de reconsideracion resulta infundado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 6082007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 207º y 208º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por FABRICA DE CONSERVAS URANO S.A. y PESQUERA MORDAZA S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 323-2007PRODUCE/DGEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional Sectorial de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: w.w.w.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 149881-6

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