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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de febrero de 2008 366635 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Prorrogan el Régimen Transitorio de Adscripción aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 003-2007-GRA/CR-AREQUIPA ORDENANZA REGIONAL Nº 035-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, por Ordenanza Regional Nº 003-2007-GRA/ CR-AREQUIPA publicada el 16 de marzo de 2007, el Gobierno Regional de Arequipa estableció un Régimen Transitorio Administrativo de Adscripción de AUTOCOLCA dentro la estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Caylloma para el ejercicio presupuestal 2007. Que, en el inicio del nuevo ejercicio presupuestal, la Autoridad Autónoma del Colca y Anexos ha solicitado se prorrogue el Régimen Transitorio Administrativo antes referido. Que la Ley Nº 24521 modifi cada por la Ley Nº 28537 crea la Autoridad Autónoma del Colca y Anexos; Autoridad que, por disposición del Decreto Supremo Nº 004-88-ICTI/TUR está definida como una persona jurídica de derecho público interno con autonomía económica, técnica, administrativa y con recursos propios; y que, por decisión del Gobierno Nacional se encuentra adscrita al Gobierno Regional de Arequipa, esto último, por decisiones sucesivas contenidas en la Ley Nº 25022 y la Resolución Ministerial Nº 189-94-PRES; luego entonces, en el marco del proceso de descentralización y en aplicación estricta del principio de subsidiariedad, por el cual, el gobierno más cercano a la población es el más idóneo para ejercer las distintas funciones del Estado, no debiendo el Gobierno Nacional asumir competencias que pueden ser cumplidas eficientemente por los Gobiernos Regionales y éstos a su vez, no deben involucrarse en realizar acciones que pueden ser ejecutadas eficientemente por los gobiernos locales, evitando la duplicidad de funciones; por lo tanto, deviene en pertinente, estratégico y necesario que el Régimen Transitorio aprobado en el ejercicio presupuestal 2007, se prorrogue para el ejercicio presupuestal 2008. Por estas consideraciones, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 y sus modificatorias y, la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR- AREQUIPA; SE ORDENA:Artículo Único.- Prorrogar el Régimen Transitorio de Adscripción aprobado en la Ordenanza Regional Nº 003-2007-GRA/CR-AREQUIPA para el ejercicio fi scal 2008. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los siete días del mes de febrero del 2008. FERNANDO BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo Regional ArequipaPOR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los once días del mes de febrero del dos mil ocho. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno RegionalArequipa 164512-1 Ordenanza que aprueba el Procedi- miento Administrativo Sancionador del Gobierno Regional de Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 036-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que el artículo 231º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General establece que: “El ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a las autoridades administrativas a quienes le hayan sido expresamente atribuidas por disposición legal o reglamentaria, sin que pueda asumirla o delegarse en órgano distinto.” Que el numeral 5 del inciso b) del artículo 45º de la Ley Nº 27867 modifi cado por la Ley Nº 27902 preceptúa que la función general de supervisión, evaluación y control del Gobierno Regional se ejerce: “Fiscalizando la gestión administrativa regional, el cumplimiento de las normas, los planes regionales y la calidad de los servicios, fomentando la participación de la sociedad civil.” Que diversas disposiciones de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales determinan la función- competencia fi scalizadora y sancionadora del Gobierno Regional, en materia de trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa en el inciso f) del artículo 48; en materia de salud en los incisos h) y j) del artículo 49º; en materia agraria en los incisos e) y q) del artículo 51º; en materia pesquera en los incisos b), c), f), g), i) y j) del artículo 52º, en materia ambiental y de ordenamiento territorial en el inciso h) del artículo 53º; en materia de transportes en los incisos f) y g) del artículo 56º; en materia de energía, minas e hidrocarburos en los incisos a) y h) del artículo 59º; en materia de turismo en el inciso m) del artículo 63º; en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado en el inciso c) del artículo 62º y en materia de turismo en el inciso m) del artículo 63º. Por cuyo motivo, resulta necesario determinar un procedimiento único en todo el Gobierno Regional de Arequipa para que el ejercicio de las competencias fi scalizadoras y sancionadoras se ejerzan con respeto y observancia de la constitucionalidad, del debido procedimiento administrativo y de los derechos fundamentales de los ciudadanos. De conformidad con la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, Ley Nº 27444 y la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA SE ORDENA: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza regula el procedimiento sancionador que lleve a cabo, cualquier órgano competente