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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de febrero de 2008 366639 Décima Segunda.- Comisión Regional de Sanciones del ámbito pesquero y acuícola En el procedimiento sancionador del ámbito pesquero y acuícola, actuará como autoridad sancionadora la Comisión Regional de Sanciones la misma que estará integrada por: - El Director de Pesquería quien la presidirá. - Un servidor acreditado por el Gerente Regional de Producción quien actuará como Secretario Técnico; y - Un representante propuesto por las organizaciones pesqueras artesanales de la Región Arequipa. Décima Tercera.- Medida Cautelar Especial Autorícese a la Gerencia Regional de Transportes y Comuncaciones, la adopción de la medida cautelar de anotación preventiva en el Registro de Licencias de Conducir, con la sola remisión del Dosaje Etílico que acredite niveles superiores a los máximos permisibles por parte de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Aplicación inmediata de la norma Todos los procedimientos sobre fi scalización y sanciones impuestas a la fecha, se adecuarán a lo establecido en la presente Ordenanza según el estado en que se encuentren. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguese y modifíquese, total o parcialmente según sea el caso, toda norma o disposición que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los siete días del mes de febrero del 2008. FERNANDO BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo RegionalArequipa POR TANTO:Mando se publique y cumplaDada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los once días del mes de febrero del dos mil ocho. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 164512-2 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban la Directiva “Normas y Procedimientos Complementarios para Acceder a una Plaza Auxiliar de Educación por Contrato de Servicios Personales en los Niveles de Educación Básica Regular y Especial en el Período 2008” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0009-2008- GORE-ICA Ica, 14 de febrero del 2008 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del 14 de febrero del 2008.CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” en sus artículos 2º y 3º establece que, éstos emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal y que tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley. Que, los artículos 11º y 13º de la precitada Ley, señalan que el Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, en tal sentido es atribución de éste ventilar y regular su funcionamiento; Que, ante el requerimiento de la Dirección Regional de Educación de Ica, el Círculo de Mejora de Calidad del Gasto del Ministerio de Educación, en el marco de los dispositivos legales vigentes ha evaluado debidamente la pertinencia de 438 plazas adicionales (212 plazas docentes y 226 administrativas) para brindar adecuadamente el servicio educativo en el ámbito de las Unidades Ejecutoras de la jurisdicción de la región; Que, mediante Ofi cio Nº 2591-2007-GORE-ICA-DREI/ D la Dirección Regional de Educación de Ica, solicita ante el Pliego del Gobierno Regional de Ica el fi nanciamiento de las plazas docentes y administrativas para cubrir el servicio educativo en Instituciones Educativas Públicas de la región; Que, en atención al Ofi cio Nº 566-2008-GORE-ICA- DREI/DGI de fecha 11 de febrero del 2008, la Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Deporte remite a la Consejería Delegada el Dictamen por unanimidad, solicitando que el Pleno del Consejo apruebe en sesión Extraordinaria la Directiva denominada “Normas y Procedimientos Complementarios para Acceder a una Plaza Auxiliar de Educación por Contrato de Servicios Personales en los Niveles de Educación Básica Regular y Especial en el Período 2008” Que, estando a lo acordado y aprobado por mayoría en la Sesión Extraordinaria del 14 de febrero del 2008, y de conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y su modifi catoria Ley Nº 27902: SE ACUERDA: Artículo Primero. - APROBAR la Directiva “Normas y Procedimientos Complementarios para Acceder a una Plaza Auxiliar de Educación por Contrato de Servicios Personales en los Niveles de Educación Básica Regular y Especial en el Período 2008” la cual en anexo, constituye parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- DISPONER que el presente acuerdo y su Directiva son de observancia y cumplimiento obligatorio para la Dirección Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativas Locales: Chincha, Pisco, Palpa y Nazca. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación de Ica, proceda con la debida aplicación de la Directiva aprobada en el Artículo Primero, emitiendo las Resoluciones Directorales pertinentes para el fi el cumplimiento de lo estipulado, bajo responsabilidad funcional. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ica, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil ocho. ROMULO TRIVEÑO PINTO Presidente Regional 164882-1