Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2008 (19/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no otorgara derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar un informe detallando las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, asi como la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura

delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 004-2008MINAM, del 24 de junio de 2008, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Secretario General del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 005-2008MINAM, del 24 de junio de 2008, se encargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de Director de la Oficina General de Administracion y Finanzas del Ministerio del Ambiente; Con la aprobacion de la Secretaria General y la visacion de la Direccion de la Oficina General de Administracion y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, el articulo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM SE RESUELVE: Articulo 1º- Delegacion de facultades a la Secretaria General y a la Oficina General de Administracion y Finanzas Delegar, indistintamente, en los funcionarios a cargo de la Secretaria General y de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Ambiente, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001, Ministerio del Ambiente: a) Aprobar los expedientes de contrataciones a que hace referencia el articulo 38º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. b) Aprobar las Bases de los Procesos de Adjudicaciones Directas, de Concurso Publico y de Licitacion Publica. c) La aprobacion y suscripcion de prestaciones adicionales o reducciones, asi como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la Entidad, las que deberan regirse por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. d) Aprobar la resolucion de los contratos por causales reguladas en la normatividad vigente sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. e) Aprobar o autorizar la asignacion de recursos suficientes para el otorgamiento de la Buena Pro a las propuestas que superen el valor referencial, hasta el limite del diez por ciento (10%). f) Suscribir los Contratos, en representacion del Ministerio del Ambiente, con las entidades publicas o privadas, ganadoras de la Buena Pro en los respectivos procesos de seleccion. g) Comunicar al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones el Estado, los hechos producidos por los proveedores, participantes, postores, contratistas y expertos independientes que pudieran dar lugar a la aplicacion de sanciones. h) Suscribir los Convenios interinstitucionales con otras entidades del sector publico, que involucren las funciones de la Oficina General de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al presupuesto publico para el Ano Fiscal correspondiente. i) Suscribir las correspondientes Addendas a los Convenios y Contratos celebrados entre el Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM, con entidades publicas y privadas, las cuales deben ser objeto de cesion de posicion contractual a favor del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, en atencion a lo establecido en el numeral 1 de la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013. j) Las demas facultades que se encuentren contenidas en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Los funcionarios a cargo de la Secretaria General y la Oficina General de Administracion, estan obligados a dar

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AMBIENTE
Delegan diversas facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001, Ministerio del Ambiente, a la Secretaria General y a la Oficina General de Administracion y Finanzas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 013-2008-MINAM
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, publicado en el Diario Oficial "El Peruano", el dia 14 de MORDAZA de 2008, se aprobo la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, como organismo del Poder Ejecutivo, cuya funcion general es disenar, establecer, ejecutar y supervisar la politica nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoria con respecto a MORDAZA, constituyendose como una persona juridica de derecho publico y un pliego presupuestal; Que, el Texto Unico Ordenado ­ TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto supremo Nº 083-2004-PCM, y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen las reglas y parametros legales que deberan considerar las entidades aludidas en el articulo 2º del TUO citado, con la finalidad de tramitar los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 4.2 del articulo 4º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el titular de la entidad puede delegar la autoridad que le otorga dicha ley, en los diversos aspectos de contrataciones y adquisiciones, siendo este caso responsable solidario en el delegado; Que, el ultimo parrafo del articulo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescribe que el titular de la entidad puede designar a los funcionarios y dependencias de la entidad encargados de los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrataciones, delegandose los distintos niveles de decision y autoridad, bajo responsabilidad, salvo en aquellos asuntos que, por indicacion expresa de la ley y/o del reglamento mencionados MORDAZA indelegables; Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestion en materia de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, que permitan al Ministerio del Ambiente cumplir con las funciones y competencia senaladas en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, es necesario

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