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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de julio de 2008 376415 EDUCACION Aprueban suscripción de Segunda Adenda a Convenio de Administración de Recursos con el OEI para la contratación de servicios requeridos en la Campaña de Difusión “La Educación es Primero” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 032-2008-ED Lima, 18 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 019-2008-ED, se aprobó la suscripción del Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura – OEI, con el objeto de encargar a dicho organismo internacional, la administración de los recursos fi nancieros de la Unidad Ejecutora 024: Sede Central, para la ejecución del Plan “La Educación es Primero”; Que, posteriormente, con Resolución Suprema N° 008- 2008-ED, se aprobó la suscripción de la primera Adenda al referido Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura; Que, con Memorando N° 335-2008-ME-SG/OPYC e Informe N° 005-2008-ME-SG/OPYC la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones propone una segunda Adenda al citado Convenio, con el objeto de encargar al referido organismo internacional la ejecución de los procesos de contratación de los servicios requeridos para la realización de la III etapa para la Campaña de Difusión “La Educación es Primero” – entrega gratuita de laptops, para el periodo julio a diciembre de 2008; Que, para tal efecto, el Ministerio de Educación deberá transferir a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura - OEI, recursos hasta por UN MILLÓN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 000, 000.00); Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administración de sus recursos. Dichas modalidades deben contar, previamente, con un informe de la Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y benefi cios de su concertación, así como la disponibilidad de los recursos para su fi nanciamiento, y aprobarse por resolución suprema refrendada por el ministro del sector correspondiente. El procedimiento señalado se empleará también para el caso de las addendas, revisiones u otros que amplíen la vigencia, modifi quen o añadan metas no contempladas originalmente; Que, por Informe Nº 264-2008-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto se ha pronunciado favorablemente respecto a la celebración de la Segunda Adenda al Convenio de Administración de Recursos con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura - OEI, precisando las ventajas y benefi cios, así como, la previsión presupuestal correspondiente al ejercicio 2008, a afectos de posibilitar la transferencia de recursos fi nancieros hasta por el monto indicado; Que, en consecuencia resulta necesario celebrar una Adenda al Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura - OEI, y transferir los recursos para tal fi n; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley N° 29142 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la suscripción de la Segunda Adenda al Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura – OEI, con el objeto de encargar a dicho organismo internacional, la administración de los recursos fi nancieros de la Unidad Ejecutora 024: Sede Central, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, con cargo al presupuesto modifi cado del Pliego 010: Ministerio de Educación. Artículo 2°.- Autorizar al Secretario General del Ministerio de Educación a suscribir la Adenda al Convenio de Administración de Recursos a que se refi ere el artículo precedente. Artículo 3°.- Autorizar al Ministerio de Educación a transferir recursos hasta por UN MILLÓN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 000, 000.00); al organismo internacional referido en la presente resolución, para cuyo efecto deberá fi jar los procedimientos administrativos que correspondan conforme a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 228777-8 Aprueban Cronograma de la Etapa Selección Complementaria del Concurso Público autorizado por la Ley Nº 28649 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0330-2008-ED Lima, 18 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28649, se autoriza al Ministerio de Educación y a los gobiernos regionales para llevar a cabo un concurso público de nombramiento de profesores, a fi n de que en estricto orden de méritos se cubra plazas orgánicas y presupuestadas generadas hasta la fecha de convocatoria del citado concurso en concordancia con la Ley General de Educación y demás normas aplicables; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-ED, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28649, para el nombramiento en plazas vacantes de profesores de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, facultando al Ministerio de Educación a dictar las medidas complementarias que resulten necesarias para el mejor cumplimiento del citado reglamento; Que, en tal sentido, con la Resolución Ministerial Nº 0542-2007-ED de fecha 26 de diciembre de 2007, se aprobó el cronograma para el concurso público autorizado por la Ley Nº 28649, señalando que las instancias de gestión educativa descentralizada de manera prioritaria agilizarán las gestiones para la realización del concurso público autorizado por la Ley Nº 28649, el mismo que ha sido modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nºs 0004-2008-ED y 217-2008-ED; Que, ante las innumerables denuncias contra los directores de diversas Instituciones Educativas Públicas del país, formuladas por profesores postulantes que habiendo aprobado en la primera etapa y estando habilitados para participar de la etapa de selección, no se les recepcionó sus expedientes, negándoles la posibilidad de ser evaluados y en algunos casos se evaluó sin objetividad, contraviniendo las normas legales establecidas para dicho concurso público; Que, asimismo el Ministerio de Educación en su compromiso con la calidad educativa en las Instituciones Educativas Públicas, ha previsto un proceso de selección idóneo para tal propósito, por lo que aquellos profesores que lograron el puntaje mínimo de 14 en la etapa eliminatoria, deberían tener la oportunidad de someterse a la etapa de selección (segunda etapa); en consecuencia resulta necesario modifi car el cronograma del proceso Descargado desde www.elperuano.com.pe