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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373539 con la protección social del trabajo, la formación profesional y la capacitación para el trabajo; Que de conformidad con el artículo 16º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto formula, bajo la Dirección del Ministro, la política de los sectores de Trabajo y Promoción del Empleo; Que resulta necesario que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuente con un documento de gestión, que oriente sus acciones en lo referente a la Administración del Trabajo y la Promoción del Empleo y Micro y Pequeña Empresa; Que la actual administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha elaborado los lineamientos y políticas sectoriales 2008 -2011, en concordancia con los lineamientos generales del actual gobierno; Con la visación de los Directores Generales de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el artículo 12º literales a) y d) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; y el artículo 23º inciso 23.1 a) de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el documento de gestión “Lineamientos de Política Socio Laboral 2008-2011”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Las diferentes dependencias del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, orientarán sus acciones bajo el contenido de los lineamientos aprobados por la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página Web institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: WWW.mintra.gob.pe, Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 209353-3 Rectifican error material incurrido en la R.M. Nº 114-2008-TR, sobre monto total de transferencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2008-TR Lima, 3 de junio de 2008 VISTOS: El informe Nº 157-2008-DVMPEMPE/CP- OPP del 20 de mayo de 2008, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el informe legal Nº 160-2008-DVMPEMPE/CP-OAL del 23 de mayo de 2008, de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Legal del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el ofi cio Nº 513-2008-MTPE/3/14.120, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 130-2001 concordado con la vigésimo cuarta disposición complementaria y fi nal de la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, en adelante el programa, es una unidad ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que para el cumplimiento de sus fi nes el programa efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que el artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la tercera disposición fi nal de la Ley Nº 28652 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone en el numeral 75.4, literal c), que sólo se aprueban por resolución del titular del pliego, entre otros, las transferencias fi nancieras del programa a otros pliegos presupuestarios, resolución que debe ser publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; Que en atención a las consideraciones expuestas, mediante Resolución Ministerial Nº 114-2008-TR del 21 de abril de 2008, se aprobó la transferencia fi nanciera del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” por un monto total de S/. 60 996,00 (Sesenta mil novecientos noventa y seis y 00/100 nuevos soles) a los organismos ejecutores del sector público señalados en el anexo que forma parte integrante de referida Resolución Ministerial; Que mediante informe Nº 157-2008-DVMPEMPE/ CP-OPP del 20 de mayo de 2008, el Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del programa, indica que la suma de los montos que corresponde transferir a los organismos ejecutores del sector público, señalados en el anexo de la Resolución Ministerial Nº 114-2008-TR asciende a la suma de S/. 48 996,00 (Cuarenta y ocho mil novecientos noventa y seis y 00/100 nuevos soles) en lugar de S/. 60 996,00 (Sesenta mil novecientos noventa y seis y 00/100 nuevos soles), por lo cual solicita que se realicen las acciones administrativas a fi n de subsanar el error material incurrido en la Resolución Ministerial Nº 114-2008-TR; Que el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrativos, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido, ni el sentido de la decisión, por lo que es el caso rectifi car el error material en el que se ha incurrido; Que asimismo, se encuentra dispuesto en el numeral 201.2 del precitado artículo que la rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original, por lo que deberá procederse a la publicación de la presente resolución; Que por lo antes expuesto resulta necesario rectifi car el error material incurrido en la parte expositiva y resolutiva de la Resolución Ministerial Nº 114-2008-TR del 21 de abril de 2008; Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo y del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, y del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el inciso d) del artículo 12º de su reglamento de organización y funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rectifi car el error material incurrido en la Resolución Ministerial Nº 114-2008-TR del 21 abril de 2008, así como en su respectivo anexo, en el sentido que el monto total de la transferencia aprobada es de S/. 48 996,00 (Cuarenta y ocho mil novecientos noventa y seis y 00/100 nuevos) en lugar de S/. 60 996,00 (Sesenta mil novecientos noventa y seis y 00/100 nuevos soles) que por error se consignó en la parte considerativa y resolutiva de la citada resolución. Artículo 2°.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial “El Peruano” y que proceda a dar cuenta al Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO MAR TÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 209353-4 Aprueban transferencias financieras de Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” a favor de diversos organismos ejecutores de los sectores público y privado RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2008-TR Lima, 3 de junio de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe