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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (06/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de junio de 2008 373535 CAPÍTULO III DEL DESCANSO ESPECIAL Artículo 38°.- Descanso de personal por medidas de seguridad Los Tecnólogos Médicos que laboran expuestos a radiaciones y sustancias radioactivas reconocidas por el IPEN gozarán, además de su período vacacional, de un descanso semestral de diez (10) días, durante el cual no deberán exponerse a los riesgos mencionados. Dichos descansos no serán acumulables. Es responsabilidad de la Unidad Orgánica, según corresponda, en coordinación con la Ofi cina de Personal dar cumplimiento a ésta disposición. CAPÍTULO IV DEL EJERCICIO INDEPENDIENTE Artículo 39°.- Ejercicio independiente De conformidad a la cuarta disposición transitoria, complementaria y fi nal de la Ley, los Tecnólogos Médicos podrán ejercer su profesión en forma independiente, cumpliendo los requisitos de la Ley N° 28456, el presente Reglamento y demás dispositivos legales vigentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- En todos los establecimientos de salud en los que laboren Tecnólogos Médicos se deberá conformar en un plazo no mayor de sesenta (60) días de publicado el presente reglamento, una comisión encargada de realizar el proceso de ubicación en los niveles de carrera administrativa, establecidos en el presente Reglamento. Segunda.- La Comisión antes citada deberá estar conformada por un (01) representante de la Dirección del Establecimiento, un representante de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, un (01) Representante del Colegio Tecnólogo Médico del Perú y un (01) Representante de la Asociación de los Tecnólogos Médicos del establecimiento. 209692-9 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de alquiler de sanitarios portátiles para la ciudad de Pisco por la causal de situación de emergencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2008/MINSA Lima, 22 de mayo del 2008 VISTO: el Informe Nº 752-2008/DSB/DIGESA/SA de la Dirección de Saneamiento Básico de la Dirección General de Salud Ambiental, el Informe Nº 143-2008-OPA/MINSA de la Ofi cina de Programación y Adquisiciones, el Memorando Nº 918-2008-OGA/MINSA de la Ofi cina General de Administración que contiene el Informe Nº 25-2008-OGA-RCT, y el Informe Legal N° 570-2008-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los sismos registrados en el país en el mes de agosto de 2007, mediante los Decretos Supremos Nº 068-2007-PCM y Nº 071-2007-PCM de fechas 15 y 17 de agosto de 2007 respectivamente, se declaró el Estado de Emergencia en el departamento de Ica, y la provincia de Cañete entre otras, por el plazo de sesenta (60) días; disponiéndose que el Ministerio de Salud, entre otras entidades, ejecute las acciones inmediatas necesarias para la atención de la población damnifi cada, así como la reducción y minimización de los riesgos existentes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 037-2008/ MINSA de fecha 29 de enero de 2008, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – Inicial de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central del Pliego 011 – Ministerio de Salud para el Ejercicio Fiscal 2008. Que, no habiéndose superado los efectos de la situación catastrófi ca generada por el sismo del 15 de agosto de 2007 hasta la fecha, se ha prorrogado el Estado de Emergencia en las localidades afectadas, mediante los Decretos Supremos Nºs. 097-2007-PCM, 011-2008-PCM y 026-2008-PCM; por lo que en atención a la situación de emergencia, la Unidad Ejecutora 001-Administración Central del Ministerio de Salud procedió a la contratación directa de una serie de bienes y servicios, considerando lo estrictamente necesario para la atención de la emergencia, con cargo a su regularización de conformidad con la normativa de la materia; Que, en ese contexto, mediante Memorando Nº 826- 2008-DG/DIGESA del 25 de abril de 2008, la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA), adjunta el Informe Nº 752-2008/DSB/DIGESA/SA de la Dirección de Saneamiento Básico de la Dirección General de Salud Ambiental, que señala de la necesidad de contratar el servicio de alquiler de 120 sanitarios portátiles por un período de 60 días naturales para la ciudad de Pisco, en razón a que no se ha mejorado las condiciones de saneamiento en la localidad, y que la situación no podrá ser revertida a corto plazo; constituyendo dicho servicio en indispensable para la población, a fi n de evitar la presencia de enfermedades derivadas de la inadecuada disposición de excretas; Que, mediante Informe Nº 186-2008-OL-OPA/MINSA del 21 de mayo de 2008, la Ofi cina de Logística del Ministerio de Salud adjunta el Informe Nº 0143-2008-OPA/MINSA de la Ofi cina de Programación y Adquisiciones que informa del requerimiento formulado y la necesidad impostergable de atender el servicio por el período de 60 (sesenta) días naturales, por lo que realizado el correspondiente estudio de mercado, se ha determinado que el valor de la contratación asciende a S/.102,664.32 (Ciento Dos Mil Seiscientos Sesenta y Cuatro y 32/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos de ley; contándose para tal efecto con la disponibilidad presupuestal requerida, con cargo al Presupuesto de Bienes y Servicios del año 2008, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Específi ca de Gasto 53.11.52 – Meta 015; Que, mediante el documento de vistos, la Ofi cina General de Administración, solicita la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de alquiler de sanitarios portátiles para la ciudad de Pisco, adjuntando el Informe Nº 25-2008-OGA-RCT que comunica la modifi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, mediante Resolución Directoral Nº 640-2008-OGA-OL-SA del 19 de mayo de 2008, incluyéndose el referido proceso, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 142º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, la situación catastrófi ca ocasionada por el sismo, constituyó la situación de emergencia defi nida en el artículo 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, como aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata, contando el expediente de contratación con el Informe técnico y legal sobre la procedencia y necesidad de la exoneración, como dispone el artículo 146º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en tal sentido, mediante Informe Nº 570-2008- OGAJ/MINSA del 22 de abril de 2008, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable recomendando la aprobación de exoneración del proceso de selección por situación de emergencia, para la contratación del servicio de alquiler de sanitarios portátiles para la ciudad de Pisco por el período de 60 días naturales, en razón a que conforme al inciso c) del artículo 19º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las consecuencias del sismo obligan a la Entidad a evitar situaciones que afecten la integridad física de la población; facultándola a la exoneración de la tramitación del procedimiento administrativo regular en la adquisición de bienes y servicios, ordenando la ejecución de lo estrictamente necesario para satisfacer la necesidad sobreviviente a la situación de emergencia; Que, conforme al artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, la exoneración debe ser autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; debiendo publicarse la resolución de exoneración y remitirse adjunto el informe técnico legal sustentatorio a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE - ; Que, por disposición del Despacho Ministerial, la Secretaría General mediante Ofi cio N° 1299-2008-SG/MINSA, ha solicitado al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud, las acciones de control Descargado desde www.elperuano.com.pe