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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (25/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de junio de 2008 374723 de nacimiento, miembro habilitado del COP y tener por lo menos diez (10) años de miembro del COP. Los impedimentos para ser Decano Regional son los mismos que para los del Decano Nacional. Artículo 43º.- Del Decano Regional. Son funciones y obligaciones del Decano Regional: 1. Ejercer la Representación legal del Colegio Odontológico del Perú dentro de su región con las atribuciones que le otorga el presente reglamento. 2. Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Administrativo Regional. 3. Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Administrativo Regional. 4. Representar al Colegio Regional, en todos los actos ofi ciales, públicos y/o particulares, de cuya asistencia e intervención sea obligación del Decano Regional, o delegar tal gestión al Vice Decano Regional o al Director que se designe. 5. Proponer al Consejo Administrativo Regional la conformación de las comisiones y órganos especializados regionales que fueren necesarios. 6. Exigir ante las autoridades correspondientes la fi el observancia de las garantías y derechos que le correspondan a los Cirujanos Dentistas en el ejercicio de su profesión en el ámbito de su región. 7. Firmar conjuntamente con el Director de Economía los documentos de pago y estados fi nancieros correspondientes. 8. Presentar al Consejo Regional para su aprobación el Informe Memoria Anual de su gestión. 9. Suscribir conjuntamente con el Director General las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional, así como la documentación externa relacionadas con la Institución. 10. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Nacional, del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 11. Recibir donaciones.12. Informar al Consejo Nacional acerca de la gestión Institucional. 13. Generar convenios en el plano académico profesional y de cualquier otra naturaleza que benefi cie a la institución y presentarlos para su aprobación al Consejo Regional. 14. Todas las demás atribuciones que le señale el presente Reglamento dentro de su jurisdicción. Artículo 44º.- Requisitos e Impedimentos para ser Vice Decano Regional. Para ser elegido Vice Decano Regional se exigen los mismos requisitos que para ser elegido Decano Regional. Los impedimentos para ser Vice Decano Regional son los mismos que para los del Decano Regional. Artículo 45º.- Del Vice- Decano Regional. Son funciones y obligaciones del Vice Decano Regional: 1. Reemplazar al Decano Regional, en ausencia de éste, asumiendo todas sus funciones. 2. Hacer cumplir el Código de Ética Profesional del COP. 3. Presidir el Comité de Medidas Disciplinarias del Colegio Regional. 4. Llevar el Libro de Registros de Procesos y Sanciones Disciplinarias. 5. Llevar el Registro de los Sentenciados por ejercicio ilegal de la profesión odontológica. 6. Mantener el Registro de Distinciones Honorífi cas. 7. Participar con voz y voto en el Consejo Regional.8. Todas las demás obligaciones que se señale en el presente Reglamento. Artículo 46º.- Requisitos e Impedimentos para ser Director Regional. Para ser elegido Director Regional del COP se exigen los mismos requisitos que para ser elegido Decano Regional, salvo la antigüedad de inscripción de colegiatura que será de cinco (05) años. Los impedimentos para ser Director Regional son los mismos que para los del Decano Regional.Artículo 47º.- De la Dirección General Regional. Son funciones y obligaciones de la Dirección General: 1. Actuar como Secretario de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 2. Suscribir conjuntamente con el Decano Regional las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional, así como la documentación externa relacionadas con la Institución. 3. Llevar los libros de actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 4. Llevar los libros necesarios para el buen desenvolvimiento administrativo del Consejo Administrativo Regional. 5. Tramitar oportunamente todos los acuerdos del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 6. Citar por disposición del Decano Regional, a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 7. Llevar el Registro de los Cirujanos Dentistas inscritos en el Colegio Regional, debidamente depurado. 8. Llevar/Mantener/Custodiar el archivo documentario de la Institución. 9. Certifi car la habilitación profesional de los miembros de la orden. 10. Participar con voz y voto en el Consejo Regional.11. Llevar el Registro de Peritos Odontólogos de la Región. 12. Todas las demás atribuciones que le señale el presente Reglamento. Artículo 48º.- Del Director de Economía Regional. Son funciones y obligaciones del Director de Economía 1. Diseñar y controlar las políticas y estrategias fi nancieras y económicas de la Institución, especialmente las estrategias de cobranza para los programas que generen ingresos. 2. Supervisar y coordinar las actividades de Tesorería, Contabilidad, Cobranzas y Presupuestos, y en general de todo el movimiento económico del Colegio, para lo cual estará asesorado por un Contador Público Colegiado y hábil conforme a Ley . 3. Elaborar los presupuestos anuales, en colaboración con los Directores, coordinadores de Programas, Comisiones y Órganos Especializados. 4. Mantener y movilizar los fondos económicos entregados en administración del Consejo Regional, mediante una o más cuentas corrientes o cuentas especiales en entidades Bancarias, y mantener negociaciones con las mismas y otras entidades fi nancieras, conjuntamente con el Decano Regional. 5. Firmar conjuntamente con el Decano Regional, o en ausencia de éste, con el Vice Decano Regional, los documentos de pago, los libros de contabilidad y los estados fi nancieros correspondientes. 6. Realizar arqueos inopinados por lo menos cada dos meses. 7. Custodiar la Caja Fuerte y su contenido, y todo elemento de valor perteneciente a la Institución. 8. Disponer el depósito en bancos de todo lo recaudado tanto en efectivo como en cheques, dentro de los cinco (05) días laborables siguientes. 9. Disponer los cierres de Caja diarios.10. Disponer la preparación de los fl ujos de caja.11. Poner a disposición de los Auditores y/o Peritos toda la información contable fi nanciera que le sea requerida. 12. Elaborar y presentar el informe contable-fi nanciero de la Institución. 13. Llevar el registro de los libros contables de la Institución. 14. Realizar, conjuntamente con el Director de Administración inventarios físicos por lo menos una vez al año. 15. Llevar el Registro de la Cuota Societaria ordinaria y extraordinaria de los Colegiados. 16. Presentar trimestralmente al Consejo Administrativo Regional el Estado fi nanciero de la Institución. 17. Proponer al Consejo Regional lineamientos y estrategias que juzgue convenientes para incrementar las Descargado desde www.elperuano.com.pe