Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2008 (25/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de junio de 2008

1. Reemplazar al Decano Nacional en todas sus atribuciones y obligaciones en caso de licencia o ausencia de aquel. En caso de renuncia, vacancia o muerte del Decano del COP, el Vice Decano se MORDAZA cargo del Decanato hasta el termino del mandato. 2. El Vice Decano presidira el Comite de Etica, Deontologia y Medidas Disciplinarias del COP y colaborara con el Decano en el ejercicio de sus funciones, desempenando ademas todas aquellas que le senale el Reglamento Interno. 3. Llevara el Registro Nacional de procesos disciplinarios y sanciones del COP, estableciendo para tal efecto coordinaciones con los Vice Decanos de los Consejos Regionales. 4. Llevara el Registro de las Sociedades Cientificas. 5. Mantener el Registro de Distinciones Honorificas. 6. Llevara el Registro de sentenciados por ejercicio ilegal de la profesion odontologica. Articulo 20º.- De los Directores Nacionales. Para ser elegido Director Nacional se exigen los mismos requisitos que para ser elegido Decano; con excepcion del tiempo de antiguedad profesional que se establece en solo 10 anos. Los impedimentos son los mismos que para el Decano Regional. CAPITULO VI DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO NACIONAL Articulo 21º.Constitucion del Consejo Administrativo Nacional. El Consejo Administrativo Nacional esta constituido por el Decano Nacional, un (1) Vice Decano Nacional y cinco (5) Directores Nacionales. Articulo 22º.- De las Direcciones Nacionales. Las Direcciones del Consejo Administrativo Nacional son las siguientes: 1. Direccion General. 2. Direccion de Economia. 3. Direccion de Administracion. 4. Direccion de Planificacion. 5. Direccion de Logistica. Articulo 23º.- Eleccion de los cargos. El Consejo Administrativo Nacional elige los cargos en su primera sesion de instalacion. Articulo 24º.- Funciones del Consejo Administrativo Nacional. Son funciones del Consejo Administrativo Nacional: 1. Sesionar ordinariamente dos veces al mes, y en forma extraordinaria cuando fuere necesario. 2. Nombrar representantes del Colegio Odontologico del Peru ante los Poderes Publicos, Instituciones Publicas y Particulares, Certamenes y Jornadas Cientificas, que se realicen en el MORDAZA o en el extranjero. 3. Otorgar facultades generales y especiales de representacion legal del COP. 4. Crear Comisiones, Programas y Organos Especializados que juzgue necesarios, asi como determinar, su naturaleza, funciones y numero de miembros. 5. Proponer al Consejo Nacional la creacion de Programas y Comisiones que correspondan a su nivel. 6. Presentar para su aprobacion la Memoria Anual ante el Consejo Nacional, por intermedio del Decano Nacional. 7. Llevar los registros mencionados en los literales 14), 15), 16) y 17) del articulo 9° del presente Reglamento y los que ulteriormente se creen. 8. Resolver como MORDAZA instancia en todos los casos que exista procedimiento administrativo dentro del COP. 9. Resolver como MORDAZA instancia en todos los casos que exista procedimiento disciplinario, salvo la sancion de expulsion que correspondera al Consejo Nacional. 10. Administrar todos los bienes y servicios que se encuentren bajo el ambito del Consejo Nacional. 11. Intervenir en defensa de los derechos de los Cirujano Dentistas en salvaguarda del decoro y la dignidad profesional.

12. Formular, aprobar y modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del COP, documentos de gestion que seran de aplicacion para el Consejo Administrativo Nacional y Consejos Administrativos Regionales. El Reglamento interno sera aprobado por el Consejo Nacional, de conformidad con lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 29016. 13. Resolver las solicitudes de exoneracion y suspension del pago de cuotas societarias que se tramiten a traves de los Consejos Administrativos Regionales, previa opinion del Fondo de Prevision Social. 14. Comprar y vender muebles, aceptar donaciones, y en general celebrar toda clase de actos y contratos que no requieran de la aprobacion del Consejo Nacional. 15. Contratar las empresas auditoras que MORDAZA necesarias para el control de sus organos, incluyendo al Fondo de Prevision Social. 16. Nombrar y remover a los servidores del Consejo Administrativo Nacional. 17. Nombrar y remover a los miembros del Fondo de Prevision Social. Articulo 25º.- Atribuciones y obligaciones del Director General Nacional. Son atribuciones y obligaciones del Director General:

1. Actuar como Secretario del Consejo Nacional y del Consejo Administrativo Nacional. 2. Llevar el Registro Nacional de Cirujanos Dentistas del Peru debidamente depurado y clasificado por los Colegios Regionales. 3. Llevar el Libro de Actas del Consejo Nacional. 4. Llevar el Libro de Actas del Consejo Administrativo Nacional. 5. Poner en conocimiento de los Consejos Regionales todos los acuerdos del COP. 6. Poner en ejecucion, conjuntamente con el Decano Nacional, los acuerdos del Consejo Nacional. 7. Citar, por disposicion del Decano, a las sesiones del Consejo Nacional. 8. Refrendar, conjuntamente con el Decano Nacional, los Titulos Profesionales, Diplomas, Certificados y todos los documentos que en su caso senalen los reglamentos. 9. Organizar y dirigir la oficina de Secretaria, estableciendo el horario de trabajo para la atencion de los Colegiados. 10. Informar y absolver consultas de los colegiados. 11. Emitir la comunicacion oficial de la Institucion. 12. Autorizar las publicaciones de la pagina Web del COP. 13. Coordinar los Certamenes nacionales e internacionales. 14. Mantener el Registro Nacional de Cirujanos Dentistas del MORDAZA y sus especialidades si las tuvieran, estando a cargo del carne odontologico y la base de datos del COP. 15. Estar a cargo de la emision del carne odontologico y la base de datos del COP. 16. Llevar el Registro Nacional de Auxiliares de la odontologia sea en forma individual o colectiva. 17. Llevar el Registro Nacional de Peritos Odontologos. 18. Llevar el Registro de autorizaciones temporales del ejercicio de la odontologia en el Peru. 19. Mantener las relaciones del COP con instituciones similares del extranjero; y las correspondientes con los Colegios Regionales del Pais; procurando asimismo la debida interrelacion, con las Instituciones medicas y las del MORDAZA cientifico del MORDAZA y del extranjero. 20. Coordinar el protocolo en las actividades y sesiones solemnes del COP. 21. Participar con voz pero sin MORDAZA en las sesiones del Consejo Nacional. 22. Cumplir las demas obligaciones que le senale el Reglamento interno. Articulo 26º.- Atribuciones y obligaciones del Director de Economia Nacional. Son atribuciones y obligaciones del Director de Economia: 1. Disenar y controlar las politicas y estrategias

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