Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2009 (05/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de setiembre de 2009

Director de la Institucion Educativa "Isaias Ardiles" Miembro ­ MORDAZA Historico Director de la Institucion Educativa 6016 "Jesus Miembro Salvador" ­ CPR San MORDAZA de Manchay Director de la Institucion Educativa 7258 ­ CPR Las Miembro Palmas Director de la Institucion Educativa 6061 "Coronel Miembro MORDAZA Bolognesi" ­ CPR MORDAZA Grande MORDAZA
Articulo Segundo.- DESIGNAR a la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de SECRETARIA TECNICA DEL CONSEJO EDUCATIVO MUNICIPAL ­ CEM DEL DISTRITO DE MORDAZA, cuyas funciones y prerrogativas se encuentran contempladas en la Resolucion Ministerial Nº 0031-2007-ED, la misma que recibira el apoyo de las siguientes unidades organicas: Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Administracion, Sub Gerencia de Cultura Educacion, Recreacion y Deportes y Unidad de Administracion Documentaria y Registro Civil Articulo Tercero:.- NOTIFIQUESE la presente resolucion a la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional, Direccion de Educacion, Unidad de Gestion Educativa ­ UGEL Nº 01, Concejo Municipal. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala en su Articulo 42º que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el Articulo 4º de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad. Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 248º y 252º del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del MORDAZA Matrimonio Civil Masivo del presente ano, la misma que se llevara a cabo el dia Sabado 12 de diciembre del 2009 a las 11:00 horas en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Cuadra 15 ­ San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Masivo, realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica el dia, la hora y el lugar donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Masivo. Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRE NUPCIAL: Pagar en MORDAZA del Local Central por Examen Medico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el MORDAZA Matrimonio Civil Masivo, son los que a continuacion se detallan: - Acta de nacimiento de ambos contrayentes (original y MORDAZA actualizada) - Copias legalizadas de los Documentos Nacionales de Identidad de ambos novios (mostrar original con el holograma de las ultimas elecciones). - Certificado Pre Nupcial (medico), expedido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho (S/. 60.00). - Expediente Matrimonial (S/. 40.00). - Certificado Domiciliario. - MORDAZA de No Inscripcion de Matrimonio (Certificado de Solteria). - Copias autenticadas de los Documentos Nacionales de Identidad de dos (02) testigos (mostrar original con el holograma de las ultimas elecciones). - El Acta de Nacimiento, Certificado de Solteria y certificado del domicilio del Contrayente Extranjero, debera contar con la visacion del Consul Peruano en el MORDAZA de origen, asi como con la legalizacion del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Quinto.- AUTORIZAR la recepcion de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedicion del presente Decreto de Alcaldia, hasta el dia jueves 10 de diciembre del 2009.

393159-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Disponen celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Masivo del ano 2009
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016
San MORDAZA de Lurigancho, 1 de setiembre del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 0112-09-SG-RRCC/MDSJL, de fecha 20/08/2009 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 0112-09-SG-RRCC/MDSJL de fecha 20.08.2009, la Sub Gerencia de Registro Civil senala que de acuerdo al Plan Operativo 2009 de la indicada Sub Gerencia se tiene programado llevar a cabo el MORDAZA Matrimonio Civil Masivo del ano 2009, el dia sabado 12 de diciembre, a las 11.00 horas, en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha; Que, el Articulo 252º del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248 del mismo cuerpo legal. Que, el Matrimonio Civil Masivo se encuentra regulado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad, el cual ha sido aprobado mediante Ordenanza Nº 029, publicada el 26 de MORDAZA del 2004; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 38º senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia;

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