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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (26/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de febrero de 2010 414652 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dieciséis de febrero del año dos mil diez, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 29014 – Ley que adscribe la Zofratacna al Gobierno Regional de Tacna, establece: “... Los gobiernos regionales se encargarán, de conformidad con las normas aplicables a su gestión, de supervisar la administración, la promoción y desarrollo de los organismos referidos en el primer párrafo, en sus respectivos ámbitos territoriales”; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 004-2008- CR/GOB.REG.TACNA de fecha 03.MARZO.2008 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna – ZOFRATACNA; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los lineamientos para la formulación, aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades de la Administración Pública, en todos los niveles de gobierno; Que, el Reglamento de organización y Funciones (ROF) es un documento técnico normativo de gestión institucional que establece, la estructura orgánica de las organizaciones públicas, las funciones generales y específi cas de cada unos de sus órganos y unidades orgánicas, las relaciones de coordinación y control entre órganos, unidades orgánicas y entidades cuando corresponda; Que, con Ofi cio Nº 277-2009-PR-GOB.REG.TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional, la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna – ZOFRATACNA, adjuntando al mismo el Informe Nº 408-2009-ORAJ/G.R.TACNA de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 030-2009-GRPPAT-SGDO/GOB.REG.TACNA de la Sub-Gerencia de Desarrollo Organizacional, y el Ofi cio Nº 410-2009-GG-ZOFRATACNA de la Gerencia General del Comité de Administración ZOFRATACNA, todos los documentos opinan, recomiendan y sustentan la aprobación de la propuesta normativa; Que, mediante Dictamen Nº 04-2009-CR- COPPAT, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial presenta al Pleno, el sustento para la aprobación del documento de gestión, siendo observado en sesión; disponiéndose ampliar el Dictamen, para lo cual, la Comisión en cumplimiento de lo dispuesto emite el Dictamen Ampliatorio Nº 01-2010-CR- COPPAT, incorporando modifi caciones al documento de gestión presentado con Ofi cio 277-2009-PR-GOB.REG. TACNA; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION DE LA ZONA FRANCA Y ZONA COMERCIAL DE TACNA – ZOFRATACNA, el cual consta de: 35 (treinta y cinco) artículos; V (cinco) Títulos, 01 (una) Disposición Complementaria, 03 (tres) Disposiciones Transitorias y Finales, y el Organigrama Estructural. Documento anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto las demás normas regionales y disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y al Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna – ZOFRATACNA, la implementación integral de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo el anexo se publicarán en el portal electrónico de la institución, www.regiontacna.gob.pe, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día dieciséis de Febrero del año dos mil diez. JAVIER TELLEZ MAITA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día diecisiete de febrero del año dos mil diez. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 461915-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de primera cuota de Arbitrios del año 2010 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2010-MDB Barranco, 23 de febrero del 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO. VISTO el Informe Nº 007-2010-GAT-MDB, de fecha 23 de febrero del 2010, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, respecto a la fecha de vencimiento de pago de la 1ra. Cuota de Arbitrios del año 2010; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y su modifi catoria Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia Que, mediante la Ordenanza Nº 316-MDB se estableció el monto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2010, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 567; Que, a fi n de atender el pedido de la comunidad, y que un mayor número de contribuyentes pueda cumplir con sus obligaciones tributarias, resulta necesario prorrogar la fecha de vencimiento de la 1ra. Cuota de Arbitrios del año 2010;