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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (26/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de febrero de 2010 414651 noviembre del año 2009, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución del desarrollo integral y sostenible de la región. Que, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, artículo 53, inciso a), se establece las funciones en materia ambiental y ordenamiento territorial. Que, mediante Decreto Supremo 045-2001-PCM, se declara de interés nacional el Ordenamiento Territorial Ambiental, sobre la base de la Zonifi cación Ecológica Económica ZEE; asimismo, el Art. 11 del Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM Reglamento de esta Zonifi cación Ecológica Económica ZEE, establece que es un proceso participativo y concertado, dinámico y fl exible para la identifi cación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado en los diferentes ámbitos, nacional regional y local y que los gobiernos regionales y locales ostentan la competencia para la ejecución de dicha zonifi cación, dentro de sus respectivas jurisdicciones, orientada a formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, con el objetivo de identifi carse y determinarse las áreas urbanas y las de expansión urbana, las de protección o de seguridad por riesgos naturales, las áreas agrícolas, áreas forestales, áreas con potencial minero, de conservación ambiental y demás áreas conformantes de la región, basado en la evaluación de sus potencialidades, defi ciencias y especifi cidades, con criterios físicos, biológicos ambientales, sociales económicos y culturales, a fi n de que sirvan como referente para un ordenamiento territorial efi ciente, Que el Gobierno Regional de Madre de Dios, en cumplimiento e implementación de sus funciones previstas por la normatividad precitada, a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, viene ejecutando el Proyecto “Fortalecimiento de Capacidades para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Madre de Dios”, cuyo principal componente es la realización de la Zonifi cación Ecológica Económica ZEE, reglamentada mediante D. S Nº 087-2004-PCM que regula en su Artículo 4, referente a Niveles de Estudio, que éstos deben ejecutarse en tres niveles o escalas : Macrozonifi cación, Mesozonifi cación y Microzonifi cación; siendo la “MACROZONIFICACIÓN”, la que contribuirá a la elaboración y aprobación de políticas y planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, principalmente de los ámbitos nacional, macroregional y en el caso de Madre de Dios, regional. Que, en este contexto, el estudio de la Macrozonifi cación Ecológica Económica, ha sido coelaborado con el Instituto de investigación de la Amazonía Peruana IIAP, mediante ENCARGO del Gobierno Regional de Madre de Dios, el mismo que se ha llevado a cabo conforme al procedimiento establecido legalmente y con la debida capacidad técnica y científi ca, habiendo intervenido en la elaboración del referido estudio, diversos especialistas con experiencia en temas de la Amazonía tanto a nivel regional y nacional, además de haber sido validado por la sociedad civil, a nivel de todos los distritos y la región, mediante las actas correspondientes constituyendo por ende documento técnico, científi co, legal y social. Que, con la fi nalidad que este proceso cumpla sus fi nes y objetivos para los que fue concebido y a fi n de establecerse como base para defi nir políticas y planes de desarrollo regionales, es necesario darle la formalidad debida, a fi n de procurarse su continuidad y sostenibilidad, debiendo ostentar el carácter de norma regional, a través de una Ordenanza Regional, para garantizar su estricto cumplimiento y validación absoluta. Que, mediante Ofi cio Nº 1477-2009-GOREMAD/ GRRNYGMA, el Ing. Alfredo Herrera Quispe, Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, solicita la Aprobación del Estudio de Zonifi cación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios. Que, el Consejo Regional en pleno, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por mayoría de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar el Estudio de Zonifi cación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios, a nivel Macro a escala 1:250,000. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, el Estudio de Zonifi cación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios, a nivel macro a escala 1:250,000, como un instrumento base de planifi cación territorial; para la implementación de políticas de desarrollo, programas, proyectos de inversión pública y privada, que conlleven al logro del desarrollo sostenible del departamento. Documento que consta en 270 (doscientos setenta) folios, más un Mapa (un pliego). Artículo Segundo.- ESTABLECER, que esta Ley Regional es de aplicación obligatoria para todo el departamento, teniendo en cuenta que es un proceso dinámico y fl exible para las diferentes alternativas de uso sostenible del territorio. Asimismo, ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente, la implementación de las etapas de aplicación, monitoreo, evaluación y actualización del proceso. Artículo Tercero.- CREAR, el Instituto Regional de Investigación Territorial (IRIT), a fi n de garantizar la sostenibilidad y prosecución del proceso, debiendo insertarse en la estructura orgánica del Gobierno Regional, como un órgano especializado en investigación del territorio y la generación de información, que sea el soporte técnico y científi co. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil nueve. MANUEL J. HERRERA MENDOZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil nueve. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 461683-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - ZOFRATACNA ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2010-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA