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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2010 (14/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de julio de 2010 422176 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia Encargado del Despacho del Ministerio de Transportes y Comunicaciones 518856-1 Aceptan donación efectuada a favor del Ministerio destinada a la implementación del Proyecto de la Construcción del Nuevo Puente Internacional Macará RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 321-2010-MTC/01 Lima, 9 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, sobre la base del Canje de la Nota (GAB) Nº 6- 18/14 del Gobierno del Perú y la Nota Nº O-1A/75/10 del Gobierno de Japón, ambas de fecha 9 de marzo de 2010, el Representante Residente de la Ofi cina de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) en Perú y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, suscribieron el Acuerdo de Donación Nº 0961500 de fecha 19 de abril 2010, hasta por la suma de Ochocientos Millones y 00/100 yenes japoneses (¥ 800 000 000,00), con el propósito de contribuir a la implementación del Proyecto de la Construcción del Nuevo Puente Internacional Macará; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad y publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, en consecuencia, resulta necesario expedir la resolución que acepte la donación dineraria contemplada en el mencionado Acuerdo de Donación; Que, estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la donación dineraria del Gobierno del Japón, hasta por la suma de OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES (¥ 800 000 000,00), a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, destinada para la implementación del Proyecto de la Construcción del Nuevo Puente Internacional Macará. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 518280-1 Resuelven contrato de concesión única suscrito con Electromecánica & Servicios Generales S.A.C. para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable aprobado mediante R.M. Nº 291-2009-MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 323-2010-MTC/03 Lima, 9 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 291- 2009-MTC/03 de fecha 16 de abril de 2009, se otorgó a la empresa ELECTROMECÁNICA & SERVICIOS GENERALES S.A.C. concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciendo como primer servicio a prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, habiéndose suscrito el respectivo contrato de concesión única el 17 de junio de 2009; Que, mediante Resolución Directoral Nº 304-2009- MTC/27 de fecha 17 de junio de 2009, se inscribió a la empresa ELECTROMECÁNICA & SERVICIOS GENERALES S.A.C. en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; Que, mediante Memorando Nº 1129-2010-MTC/29 de fecha 29 de marzo de 2010, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones remite a la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones el Informe Nº 1382-2010-MTC/29.02 de fecha 18 de marzo de 2010 basado en el Acta de Inspección Técnica Nº 0456-2010 del 19 de febrero de 2010, concluyendo que la empresa concesionaria ELECTROMECÁNICA & SERVICIOS GENERALES S.A.C. inició operaciones para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en el distrito de Yonán, de la provincia de Contumazá, del departamento de Cajamarca, el 01 de setiembre de 2009; asimismo, se verifi có la operatividad de equipamiento de la empresa, la que utiliza equipamiento de las empresas DIRECTV (canal 11 CNN ESPAÑOL y canal 12 TCM), TELMEX (canal 2 ATV, canal 4 AMERICA TV, canal 8 FRECUENCIA LATINA, y canal 10 DISNEY CHANNEL); Que, mediante Ofi cio Nº 8703-2010-MTC/27, notifi cado el 14 de abril de 2010, se requirió a la empresa concesionaria, cumpla con remitir copia de los acuerdos suscritos con las empresas DIRECTV y TELMEX PERÚ S.A., toda vez que mediante Acta de Inspección Técnica Nº 0456-2010 de fecha 19 de febrero de 2010, se verifi có que viene retransmitiendo canales de dichas empresas; Que, mediante documento con registro P/D. Nº 061148 del 27 de abril de 2010, la empresa ELECTROMECÁNICA & SERVICIOS GENERALES S.A.C., manifi esta que no se encuentra retransmitiendo señales no autorizadas de ningún tipo; Que, mediante Ofi cio Nº 8794-2010-MTC/27, notifi cado el 14 de abril de 2010, se solicita a la empresa TELMEX PERÚ S.A., remitir el listado de los acuerdos suscritos entre su representada y los concesionarios que brindan el servicio público de distribución de radiodifusión por cable; Que, mediante documento con registro P/D Nº 053545 de fecha 14 de abril de 2010, la empresa DIRECTV PERÚ S.R.L. informa que no ha suscrito acuerdo alguno con otra concesionaria del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, no contando ninguna empresa concesionaria con autorización a efectos de redistribuir parcial o totalmente su señal o programación, ni hacer uso de sus equipos con tal objeto; Que, mediante documento con registro P/D. Nº 071795 de fecha 14 de mayo de 2010, la empresa TELMEX PERÚ S.A., informa que no ha suscrito convenio alguno con concesionarios del servicio público de distribución de radiodifusión por cable para que retransmitan su señal; Que, el numeral 28.07 de la cláusula vigésimo octava del contrato de concesión única suscrito el 17 de junio de 2009 por la empresa ELECTROMECÁNICA & SERVICIOS GENERALES S.A.C., establece que las partes declaran que el presente contrato se adecuará de manera automática a las normas de carácter general emitidas por los organismos competentes del sector; Que, el literal a) del numeral 18.01 de la cláusula décimo octava del citado contrato de concesión única, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 291-