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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2010 (14/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de julio de 2010 422179 Alternos: Rosario del Pilar Apaza Zeballos Rubén Darío Contreras Arbieto Karín Luz Manga Tomaiconza Jacqueline Mejía Pérez Narda Ordóñez Salazar Waskar Frank Rozas Figueroa Carlos Martín Torres Moreno OFICINA REMOTA ABANCAY Titular: Herlán Figueroa Puente de la Vega OFICINA REMOTA ANDAHUAYLAS Titular: Niza Ander Meléndrez Temoche OFICINA REMOTA QUILLABAMBA Titular: Rumy Alberto Alegría Almeida OFICINA REMOTA SICUANI Titular: Frecia Aragón Puma OFICINA REMOTA PUERTO MALDONADO Titular: José Manuel Cisneros Magallanes Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 518523-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Autorizan la organización de una empresa proveedora de precios denominada Proveedor Integral de Precios del Perú S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS Nº 021-2010-EF/94.06.2 Lima, 2 de julio de 2010 VISTOS: El Expediente Nº 2010004182 iniciado por Proveedor Integral de Precios S.A. de C.V. y el señor Manuel Alonso González Zavala, así como el Informe Nº 378-2010- EF/94.06.2 de fecha de 02 julio de 2010, con la opinión favorable de la Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante escritos presentados el 11 y 15 de febrero de 2010, complementados con escritos de fechas 20 de abril, 27 de abril, 03, 13 y 14 de mayo de 2010, Proveedor Integral de Precios S.A. de C.V. y el señor Manuel Alonso González Zavala, solicitaron autorización para la organización de una empresa proveedora de precios a ser denominada Proveedor Integral de Precios del Perú S.A.; Que, de acuerdo con la información presentada, Proveedor Integral de Precios S.A. de C.V. y el señor Manuel Alonso González Zavala tendrán una participación accionaria en Proveedor Integral de Precios del Perú S.A. del 98.25% y 1.75%, respectivamente; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que los organizadores de la empresa proveedora de precios a ser denominada Proveedor Integral de Precios del Perú S.A., han cumplido con los requisitos para la obtención de la autorización de organización, establecidos en los artículos 10 y 11 del Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 101-2009-EF/94.01.1; Que, asimismo, al no se haberse formulado objeciones a la formación de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el artículo 11 del Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios, corresponde se otorgue la autorización solicitada; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 2 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; el artículo 12 del Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios y el literal b) inciso i) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2007-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a Proveedor Integral de Precios S.A. de C.V. y al señor Manuel Alonso González Zavala la autorización de organización de una empresa proveedora de precios denominada Proveedor Integral de Precios del Perú S.A. Artículo 2º.- La presente resolución no autoriza el inicio de actividades de proveeduría de precios hasta que CONASEV expida la autorización de funcionamiento respectiva. Artículo 3º.- Difundir la presente resolución a través del Diario Ofi cial El Peruano y el Portal de CONASEV. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Proveedor Integral de Precios S.A. de C.V. y al señor Manuel Alonso González Zavala. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODNY RIVERA VIA Director de Patrimonios Autónomos (e) 515711-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen que Primer y Segundo Juzgado Penal permanente de Ventanilla conozcan procesos a su cargo en la etapa de ejecución de sentencias CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 010-2010-CED-CSJC/PJ Callao, 21 de junio del 2010