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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de agosto de 2011 449066 para la adopción de medidas de conservación y ordenación de este recurso en el Pacífi co Sur. Que, el Dr. Víctor Ulises Munaylla Alarcón, Asesor de la Presidencia de IMARPE, con Carta del 03-08-11 hace de conocimiento del señor Presidente del Consejo Directivo del IMARPE la realización de la Décima Reunión del Grupo de Trabajo Científi co y de la Novena Reunión del Grupo de Trabajo de Data e Información de la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífi co Sur, a llevarse a cabo en Port Vila, Vanuatu, del 19 al 23 de setiembre de 2011; habiendo sido convocado en su calidad de miembro del Grupo de Trabajo Científi co de la OROP-PS e integrante de la delegación peruana durante el proceso de negociación de dicha organización, para participar en las mencionadas reuniones; precisando que uno de los principales temas a tratarse en la reunión del Grupo de Trabajo Científi co será la actualización de la evaluación de poblaciones de jurel; Que, la Reunión del Grupo de Trabajo Científi co en Vanuatu, será decisiva para la adopción de nuevas medidas de conservación y ordenación del jurel a partir de 2012; así como defender los derechos soberanos que tiene el Perú para realizar sus investigaciones científi cas y las pesquerías en las aguas de su jurisdicción, aun cuando se trate de especies transzonales; Que, La Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2011, Ley N° 29626, en su Artículo 10° relativo a Medidas en materia de bienes y servicios, numeral 10.1 prescribe que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo: “Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú”, entre otros; los mismos que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, la que deberá publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Con el visto bueno de la Dirección Científi ca, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina de Administración y Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios del Dr. Víctor Ulises Munaylla Alarcón, para participar en la Décima Reunión del Grupo de Trabajo Científi co y en la Novena Reunión del Grupo de Trabajo de Data e Información de la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífi co Sur (OROP-PS), a realizarse en Port Vila, Vanuatu, del 19 al 23 de setiembre de 2011; Artículo 2.- Los gastos que demande la Comisión de Servicios del Dr. Víctor Ulises Munaylla Alarcón, serán asumidos por el Pliego 240: Instituto del Mar del Perú – IMARPE para el año Fiscal 2011, Meta 02085 “Seguimiento de Pesquerías y Evaluación de Recursos Pesqueros” de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos y TUUA US $ 4,851.75 Viáticos e Instalación (US$ 240 X 7 días) US $ 1,680.00 ------------------------ TOTAL US $ 6,531.75 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el evento señalado, el citado Asesor presentará un informe al Despacho de la Dirección Ejecutiva, con copia a la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión, describiendo las acciones realizadas. Artículo 4.- La presente Resolución Directoral no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese GODOFREDO CAÑOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 681940-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Se confirma la Resolución 031-2010/ CFD-INDECOPI que resolvió mantener la vigencia de los derechos antidumping definitivos impuestos por Resolución Nº 017-2004/CDS-INDECOPI, modificados por Resolución Nº 0774-2004/TDC- INDECOPI sobre importaciones de tejidos planos de ligamento tafetán, popelina poliéster/algodón (mezclas de cualquier composición), estampados, crudos, blanqueados, teñidos o con hilados de distintos colores, de ancho igual o superior a 2,20 metros, cuyo gramaje esté comprendido entre 50 gr/m2 y 250 gr/m2, originarios de la República Islámica de Pakistán, por un período adicional de cinco (5) años, los mismos que quedan fijados en US$ 0,67 por kilogramo TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia Nº 1 RESOLUCIÓN Nº 1338-2011/SC1-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 008-2009/CFD-INDECOPI PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE DUMPING Y SUBSIDIOS SOLICITANTE : PERÚ PIMA S.A. PRODUCTO INVESTIGADO : TEJIDOS PLANOS DE LIGAMENTO TAFETÁN PAÍS DE ORIGEN : REPÚBLICA ISLÁMICA DE PAKISTÁN MATERIA : DERECHOS ANTIDUMPING EXAMEN DE REVISION DE DERECHOS PROBABILIDAD DE DUMPING PROBABILIDAD DE DAÑO ACTIVIDAD : PREPARACIÓN Y TEJIDOS DE FIBRAS TEXTILES SUMILLA: Se CONFIRMA la Resolución 031-2010/ CFD-INDECOPI del 1 de marzo de 2010, que resolvió mantener la vigencia de los derechos antidumping defi nitivos impuestos por Resolución 017-2004/CDS- INDECOPI y modifi cados por Resolución 0774-2004/ TDC-INDECOPI, sobre las importaciones de tejidos planos de ligamento tafetán, popelina poliéster/algodón (mezclas de cualquier composición), estampados, crudos, blanqueados, teñidos o con hilados de distintos colores, de ancho igual o superior a 2,20 metros, cuyo gramaje esté comprendido entre 50 gr/m2 y 250 gr/m2, originarios de la República Islámica de Pakistán, por un período adicional de cinco (5) años, los mismos que quedan fi jados en US$ 0.67 por kilogramo. Lima, 20 de julio de 2011 I. ANTECEDENTES 1. Mediante Resolución 009-2003/CDS-INDECOPI1, la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del 1 Publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 7 de febrero de 2003.