Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2011 (28/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

456100

NORMAS LEGALES
RELACION DE PROFESIONALES INCORPORADOS AL CUERPO DE GERENTES PUBLICOS A SER ASIGNADOS A ENTIDADES PUBLICAS ANEXO

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2011

CODIGO CGP188 CGP178 CGP185 CGP168 CGP175 CGP189 CGP187 CGP170 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MALAGA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

CARGO Jefe de la Oficina de Administracion dela Corte Superior de Justicia de Amazonas Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de Pasco Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de Ucayali

ENTIDAD SOLICITANTE

PODER JUDICIAL

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

734263-1

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Asignan monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados y por la formulacion de petitorios mineros, correspondiente al mes de noviembre de 2011
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 174-2011-INGEMMET/PCD MORDAZA, 20 de diciembre de 2011 Visto; el Informe Nº 016-2011-INGEMMET/DDV/ D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 20 de diciembre del 2011, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el ano 2011 por Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros durante el mes de noviembre, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 20 de diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero de 2008; Que, la Direccion de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de

Noviembre del 2011, es de US $ 770,889.72 (Setecientos Setenta Mil Ochocientos Ochenta y Nueve y 72/100 Dolares Americanos) y S/. 1,542.66 (Un Mil Quinientos Cuarenta y Dos y 66/100 Nuevos Soles), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US $ 18,619.36 (Dieciocho Mil Seiscientos Diecinueve y 36/100 Dolares Americanos); resultando un importe neto a distribuir de US $ 752,270.36 (Setecientos Cincuenta y Dos Mil Doscientos Setenta y 36/100 Dolares Americanos) y S/. 1,542.66 (Un Mil Quinientos Cuarenta y Dos y 66/100 Nuevos Soles); Que, en atencion a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de noviembre del 2011, a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; De conformidad con el articulo 3º inciso 24) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el ano 2011 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros correspondiente al mes de noviembre, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera:
Total a Distribuir Entidades DISTRITOS INGEMMET MEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL US$ 578,167.29 148,181.54 37,045.39 7,495.50 770,889.72 S/. Deducciones US$ S/. Neto a Distribuir US$ S/. 1,157.00 308.53 77.13 0.00 1,542.66

1,157.00 -15,834.61 308.53 77.13 0.00 -2,227.80 -556.95 0.00

0.00 562,332.68 0.00 145,953.74 0.00 0.00 36,488.44 7,495.50

1,542.66 -18,619.36

0.00 752,270.36

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2

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