Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2011 (28/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

456107

contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 8.REPRESENTACIONES Y SERVICIOS GENERALES EL TREBOL S.R.L., Mediante la Resolucion Nº 1710-2011TC-S1 del 21.11.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1630-2011-TC-S1 del 21.10.2011 que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 9. MARULANTA CONSTRUCTORES E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, infraccion tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; segun Resolucion Nº 1644-2011-TC-S1 del 25.10.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 10. CONTRATISTAS PERSAN S.A.C., Mediante la Resolucion Nº 1756-2011-TC-S2 del 30.11.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1653-2011-TC-S2 del 28.11.2011, que la sanciona con cinco (05) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 11. ROYAL FASHION S.A.C., Mediante la Resolucion Nº 1731-2011-TC-S2 del 24.11.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1655-2011-TC-S2 del 28.10.2011 que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el literal a) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017. 12. NAANDAN JAIN PERU S.A.C., Mediante la Resolucion Nº 1768-2011-TC-S1 del 05.12.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1656-2011-TCS1 del 02.11.2011, que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el RNP, infraccion tipificada en literal e) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el literal e) numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente. 13. CONSTRUCTORA FACIL S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, infraccion tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1660-2011-TC-S2 del 02.11.2011,sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de notificada la indicada resolucion. 14. CORPORACION DE TRANSPORTE SAN MORDAZA E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada

en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; segun Resolucion Nº 1661-2011-TC-S2 del 02.11.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 15. TRANSGAS SHIPPING LINES S.A.C, Mediante la Resolucion Nº 1772-2011-TC-S1 del 06.12.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1670-2011-TC-S1 del 04.11.2011, que la sanciona con siete (07) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta y por la participacion en procesos de seleccion o suscripcion de contrato sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 5) y 9) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM 16. MORDAZA RISCO; HENRRY MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1672-2011-TC-S1 del 04.11.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 17. MORDAZA EXPRESS PERU S.A., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1674-2011-TC-S1 del 04.11.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 18. ALIMENTOS DEL NORTE DEL PERU S.A.C., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1675-2011-TC-S2 del 04.11.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 19. WS PERU S.A.C., Inhabilitacion por siete (07) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa, infraccion tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; segun Resolucion Nº 1678-2011-TC-S1 del 04.11.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 20. CONSTRUCTORA MORDAZA S.R.L., Inhabilitacion por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1683-2011-TC-S2 del 07.11.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 21. CONCIAL S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.