Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2012 (23/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

473193

2. Imponer al senor MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA sancion administrativa de inhabilitacion temporal, por el periodo de quince (15) meses, en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la comision de la infraccion tipificada en el b) del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, dar lugar a la resolucion de la Orden de Servicio Nº 000108-2010 de fecha 07 de MORDAZA de 2010 por causal atribuible a su parte, derivado del MORDAZA de seleccion Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 050-2008CEP-CSJAR/PJ destinado a la "Contratacion del servicio de consultoria para la elaboracion del proyecto de preinversion para el mejoramiento de los Organos Jurisdiccionales de la Provincia de Condesuyos del Distrito Judicial de Arequipa", la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia de notificada la presente Resolucion. 3. Poner en conocimiento de la Direccion del Registro Nacional de Proveedores del OSCE la presente Resolucion para las anotaciones de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA HUAMAN. MORDAZA FARFAN. MORDAZA DE ZELA.

(iii) MORDAZA de Conformidad de fecha 02 de octubre de 2008. (iv) Acta de Conformidad de Servicios del 13 de noviembre de 2008. (v) La Factura 001 ­ Nº 0001282 del 18 de noviembre de 2008, por el monto de S/. 7 507,08 (Siete mil quinientos siete y 08/100 Nuevos Soles) a favor del Ministerio de Justicia, con la siguiente descripcion: "Suministro o instalacion de redes de agua en la sede principal del Distrito Judicial de Tacna". (vi) Comprobante de Retencion 001 Nº 0003789 del 09 de diciembre de 2008. 3. Con motivo de la correspondiente fiscalizacion posterior, la Entidad remitio el Oficio Nº 1991-2011/ INDECI/12.0 del 17 de MORDAZA de 2011, a traves del cual le solicito que confirme la veracidad y autenticidad de la informacion contenida en la Factura Nº 001-0001282, Acta de Conformidad de Servicios del 13 de noviembre de 2008 y Comprobante de Retencion 001 Nº 0003789 del 09 de diciembre de 2008. Asimismo, mediante Oficio Nº 19902011/INDECI/12.0 del 17 de MORDAZA de 2011, se solicito al Banco Central de Reserva del Peru que confirme la veracidad y autenticidad de la informacion contenida en la MORDAZA de Conformidad de Servicio del 02 de octubre de 2008, Factura 001 Nº 0001265 y Comprobante de Retencion 008 Nº 0004561 del 23 de setiembre de 2008. 4. En respuesta a lo solicitado, mediante Oficio Nº 11652011-OGA-OAS del 26 de MORDAZA de 2011, el Ministerio de Justicia confirmo la veracidad de la Factura Nº 001-0001282 y del Comprobante de Retencion 001 Nº 0003789 del 09 de diciembre de 2008; sobre el Acta de Conformidad de Servicios del 13 de noviembre de 2008, senalo que no obra en su acervo documentario. Por otro lado, mediante Carta Nº 0190-2011-ADM130 del 19 de MORDAZA de 2011, el Banco Central de Reserva senalo que no ha emitido la MORDAZA de Conformidad de Servicio del 02 de octubre de 2008. Asimismo, senalo que la Factura 001 Nº 0001265 no corresponde al servicio indicado sino al servicio de mantenimiento y acondicionamiento de muebles y enseres de MORDAZA, en cuanto al Comprobante de Retencion 008 Nº 0004561, manifesto su conformidad. 5. A traves del Oficio Nº 3532-2011-INDECI/5.0, de fecha 19 de setiembre de 2011, la Entidad denuncio al Postor ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa como parte de la propuesta tecnica que presento con ocasion de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 00022011/INDECI/12.0 ­ Primera Convocatoria. Del Informe Legal Nº 098-2011-INDECI/5.0 del 12 de setiembre de 2011, remitido con dicho oficio, se advirtio que los documentos falsos estan referidos a la MORDAZA de Conformidad de fecha 02 de octubre de 2008, Factura Nº 001 ­ Nº 0001265, del 15 de setiembre de 2008 por el monto de S/. 16 985,00 (Dieciseis mil novecientos ochenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles) a favor del Banco Central de Reserva y Acta de Conformidad de Servicios del 13 de noviembre de 2008. Asimismo, del mencionado informe se advirtio que el Postor, mediante Carta s/n del 03 de junio de 2011, reconocio haber cometido una infraccion, senalando:"(...) se que cometi una infraccion y lo acepto pero lo hice por necesidad porque soy el sustento de mi familia". 6. Mediante decreto del 22 de setiembre de 2011, se inicio procedimiento administrativo sancionador contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa, como parte de la propuesta tecnica en el MORDAZA de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 00022011/INDECI/12.0 ­ Primera Convocatoria, infraccion tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley. Asimismo, se le otorgo el plazo de diez (10) dias habiles para que presente sus descargos, bajo apercibimiento de resolver con la documentacion obrante en autos. 7. No habiendo cumplido el Postor con presentar sus descargos, y obrando en autos los antecedentes administrativos remitidos por la Entidad, mediante decreto del 11 de MORDAZA de 2012, se remitio el expediente a la MORDAZA Sala del Tribunal para que resuelva. FUNDAMENTACION: 1. El presente procedimiento administrativo sancionador ha sido iniciado contra el Postor por su presunta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa durante su participacion en la Adjudicacion de Menor

830730-2 TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 667-2012-TC-S2
Sumilla : Es pasible de sancion el postor que presenta documentos falsos, entendiendose por tales aquellos que no hayan sido expedidos por su emisor o que, siendo validamente emitidos, hayan sido adulterados en su forma o contenido, independientemente de quien MORDAZA sido su autor o de las circunstancias que condujeron a su falsificacion. MORDAZA, 3 de agosto de 2012 Visto en sesion de fecha 03 de agosto de 2012 de la MORDAZA Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente N° 01291/2011.TC, sobre el procedimiento de aplicacion de sancion iniciado contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa, como parte de la propuesta tecnica en el MORDAZA de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0002-2011/INDECI/12.0 ­ Primera Convocatoria, efectuada por el Instituto Nacional de Defensa Civil, para la "Contratacion del servicio de instalacion, a todo costo, de la nueva red de agua de la Sede Central del INDECI"; y, atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 26 de MORDAZA de 2011, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en adelante la Entidad, convoco la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0002-2011/INDECI/12.0 ­ Primera Convocatoria para la "Contratacion del servicio de instalacion, a todo costo, de la nueva red de agua de la Sede Central del INDECI", por un valor referencial ascendente a S/. 11 830.00 (Once mil ochocientos treinta y 00/100 Nuevos Soles). 2. Los resultados del MORDAZA de seleccion fueron publicados en el SEACE el 06 de MORDAZA de 2011, dando como ganadora de la buena pro a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en adelante el Postor, quien, a fin de acreditar su experiencia, presento como parte de su propuesta tecnica, MORDAZA simple de los siguientes documentos: (i) La Factura 001 ­ Nº 0001265 del 15 de setiembre de 2008, por el monto de S/. 16 985,00 (Dieciseis mil novecientos ochenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles) a favor del Banco Central de Reserva, con la siguiente descripcion: "Servicio de Suministro e instalacion de redes de agua en los pisos 1, 2 y 3 de la Sede Principal". (ii) Comprobante de Retencion 008 Nº 0004561 del 23 de setiembre de 2008.

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