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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de diciembre de 2012 480534 organización y funcionamiento se regula en el reglamento respectivo. 3) Frentes Policiales Los Frentes Policiales se crean de manera excepcional y temporal, con el mismo nivel de una Región Policial. Artículo 33º.- Comisarías La Comisaría es la célula básica de la organización de la Policía Nacional del Perú; depende de las Regiones o Frentes Policiales. Desarrolla la labor de prevención, seguridad e investigación; mantiene una estrecha relación con la comunidad, Gobiernos Locales y Regionales, con quienes promueve la participación de su personal en actividades a favor de la seguridad ciudadana, así como el desarrollo económico y social de la jurisdicción. Son de naturaleza urbana o rural, según su ubicación geográfi ca. Son creadas, fusionadas o suprimidas por Resolución Directoral de la Dirección General de la Policía Nacional, de conformidad al reglamento respectivo. TÍTULO IV REGÍMENES ESPECIALES CAPÍTULO I RÉGIMEN DE PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Artículo 34º.- Personal de la Policía Nacional del Perú El personal de la Policía Nacional del Perú está integrado por Ofi ciales de Armas, Ofi ciales de Servicios, Subofi ciales de Armas y Subofi ciales de Servicios, Cadetes de la Escuela de Ofi ciales y Alumnos de las Escuelas Técnico Superiores de Subofi ciales y personal civil. El personal de la Policía Nacional del Perú está sometido a la Constitución Política del Perú, los tratados internacionales ratifi cados por el Estado Peruano, las leyes, el Código Penal Militar Policial y las normas reglamentarias. El personal policial de Armas y Servicios no puede pertenecer, ni estar afi liado o tener vínculo alguno con agrupaciones políticas, organizaciones sindicales ni con instituciones u organismos cuyos principios u objetivos sean incompatibles con lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo. Artículo 35º.- Carrera policial La carrera policial se basa en un conjunto de principios, normas, procesos y condiciones que permiten al personal de la Policía Nacional del Perú, acceder de manera sucesiva a cada grado, ocupar cargos, obtener grados académicos y títulos y reconocimientos. El ingreso, carrera y término de la función policial, así como las categorías, jerarquías y grados, se regulan por la Ley de Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú. Artículo 36º.- Situación del personal Es la condición en la que se encuentra el personal de la Policía Nacional del Perú, dentro o fuera del servicio. Las situaciones del personal son actividad, disponibilidad y retiro, que se regulan por la Ley de Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú. Los grados, honores, tratamiento, preeminencias, prerrogativas, remuneraciones y las pensiones inherentes a los Ofi ciales y Subofi ciales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional son equivalentes. Artículo 37º.- Especialidades funcionales del personal de armas Las especialidades funcionales del personal de armas son: 1) Orden Público y Seguridad Ciudadana 2) Investigación Criminal 3) Seguridad Integral 4) Inteligencia 5) Criminalística 6) Tecnología de la Información y Comunicaciones 7) Administración Mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro del Interior, se puede crear, modifi car, suprimir o fusionar las especialidades, o cambiar su denominación. Las especialidades funcionales del personal de armas, los derechos y las obligaciones se regulan por la ley y reglamento de la materia. Artículo 38º.- Del Personal de Servicios Las categorías para Ofi ciales y Subofi ciales de Servicios son cubiertas por personal profesional y técnico egresado de las universidades e institutos superiores respectivamente, de acuerdo a las necesidades de especialidades para el servicio de la institución policial. Su admisión, asimilación, administración y funciones son establecidas en el reglamento respectivo. CAPÍTULO II RÉGIMEN DEL PERSONAL CIVIL Artículo 39°.- Del Personal Civil El personal civil no forma parte de la carrera del personal de la Policía Nacional del Perú. Se encuentra bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, en tanto se implemente el nuevo régimen de servicio civil. CAPÍTULO III RÉGIMEN DISCIPLINARIO Artículo 40º.- Régimen Disciplinario El régimen disciplinario establece las normas y procedimientos disciplinarios destinados a regular, prevenir, investigar y sancionar las infracciones en las que incurre el personal de la Policía Nacional del Perú, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar. Se regula por la ley de la materia. CAPÍTULO IV RÉGIMEN DE EDUCACIÓN Artículo 41º.- Conformación del Régimen de Educación El régimen de educación de la Policía Nacional del Perú se ubica en la etapa de educación superior: Universitaria y Técnica y se rige por la Ley del Régimen Educativo de la Policía Nacional del Perú. Cuenta con los siguientes niveles educativos: 1) Escuelas de Formación: Comprende la Escuela de Oficiales y las Escuelas Técnico Superiores de Subofi ciales de la Policía Nacional del Perú; 2) Capacitación y especialización: A cargo de la Escuela de Educación Continua de la Policía Nacional del Perú; y, 3) Perfeccionamiento Profesional: Está a cargo de la Escuela de Posgrado. Artículo 42º.- Registro de grados y títulos Los títulos profesionales, así como los grados académicos expedidos por la Escuela de Ofi ciales y la Escuela de Posgrado de Policía Nacional del Perú son inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores. Los Títulos Técnico Profesionales expedidos por las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional de la Policía Nacional del Perú son inscritos en las Direcciones Departamentales de Educación, de conformidad con las normas vigentes. CAPÍTULO V RÉGIMEN DE BIENESTAR POLICIAL Artículo 43°.- Bienestar y apoyo al Policía El régimen de bienestar tiene como fi nalidad organizar, desarrollar, dirigir, ejecutar programas, proyectos y actividades de bienestar del personal de la Policía Nacional del Perú y su familia, a fi n de contribuir a su desarrollo integral. Comprende entre otros aspectos: sistemas de pensiones, servicios educativos, servicios de vivienda, asistencia legal, asistencia social y servicios de salud.