Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2012 (11/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, martes 11 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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TITULO III SITUACION POLICIAL CAPITULO I DEFINICION Y CALIFICACION Articulo 61º.- Definicion Situacion Policial. Es la condicion en que se encuentra el personal de la Policia Nacional del Peru en situacion de actividad, disponibilidad o retiro. Articulo 62º.- Clasificacion. El personal de la Policia Nacional del Peru se clasifica: 1) En atencion a su situacion policial en el servicio: a. b. c. 2) Actividad Disponibilidad Retiro

Los casos de pase a la situacion de disponibilidad o retiro por medida disciplinaria, se dispondran mediante resolucion de los organos disciplinarios conforme a la Ley de la materia. Articulo 65º.- Tiempo minimo de servicio por cambio de situacion policial Los oficiales de MORDAZA, oficiales de servicios, asi como los suboficiales de MORDAZA y de servicios despues de haber servido, diez (10) anos, seis (6) anos y tres (3) anos respectivamente; tienen derecho a solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, observando los requisitos establecidos en el presente Decreto Legislativo, con los derechos reconocidos en la legislacion sobre la materia. CAPITULO III TIEMPO DE SERVICIOS Articulo 66º.- Reconocimiento de tiempo de servicios reales y efectivos El empleo real y efectivo desempenado por el personal de MORDAZA, se considera desde la fecha de egreso de la escuela de formacion respectiva. Para el personal de servicios se computa desde la fecha de alta a la institucion. Articulo 67º.- Tiempo minimo de servicio compensatorio por comision del servicio en el extranjero El personal nombrado en comision de servicio en el extranjero, por un periodo mayor de seis (6) meses, debe cumplir con el tiempo minimo compensatorio de dos (2) veces la duracion de la comision. Articulo 68º.- Tiempo minimo de servicio compensatorio por mision de estudios El personal nombrado en mision de estudios en el MORDAZA o el extranjero con costo para el Estado, debe prestar servicio el tiempo minimo compensatorio siguiente: 1) 2) 3) En el extranjero: Tres (3) veces la duracion de los estudios. A tiempo completo en el pais: Tres (3) veces la duracion de los estudios. A tiempo parcial: Dos (2) veces la duracion de los estudios.

En atencion a la naturaleza de sus funciones: a. Personal de Armas: · · b. Oficiales de MORDAZA Suboficiales de MORDAZA

Personal de Servicios: · · Oficiales de Servicios. Suboficiales de Servicios

3)

En atencion a su condicion policial: a. b. Personal efectivo. Personal asimilado.

Articulo 63º.- Calificacion de las circunstancias del servicio La calificacion de las circunstancias del servicio en la que participa el personal de la Policia Nacional del Peru son: 1) 2) Accion de armas: Participacion del personal en enfrentamiento armado durante el cumplimiento de la finalidad y funcion policial; Acto del servicio: Accion que desarrolla el personal en cumplimiento de sus funciones, deberes u orden superior, en todo momento o circunstancia, aun cuando se encuentre de MORDAZA, vacaciones o permiso; Consecuencia del servicio: Todo efecto o consecuencia negativa en la salud derivado de la ejecucion del servicio policial que no puede ser referido a otra causa; Ocasion del servicio: Circunstancia que se produce como consecuencia de servicio policial especifico, en cumplimiento de la mision institucional o funciones propias inherentes al cargo; Acto ajeno al servicio: Circunstancia que se produce como consecuencia de hechos que no guardan relacion con el cumplimiento de la funcion policial. CAPITULO II CAMBIO DE SITUACION POLICIAL Articulo 64º.- Cambio de situacion El cambio de situacion policial se formaliza mediante: 1) 2) 3) 4) Resolucion Suprema, para Oficiales Generales de MORDAZA y de Servicios. Resolucion Ministerial, para Oficiales Superiores de MORDAZA y de Servicios. Resolucion de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, para Oficiales Subalternos de MORDAZA y de Servicios. Resolucion de la Direccion Ejecutiva de Personal de la Policia Nacional del Peru, para todos los MORDAZA en las categorias de Suboficiales de MORDAZA y de Servicios.

3)

4)

Articulo 69º Reembolso economico El Personal comprendido en los articulos 65º, 67º y 68º del presente Decreto Legislativo, que no MORDAZA cumplido con el tiempo de servicio minimo compensatorio a que hacen referencia las citadas disposiciones; y pase a la situacion de retiro a su solicitud o por las causales de limite de permanencia en la situacion de disponibilidad, medida disciplinaria, insuficiencia profesional, limite de postulaciones en el grado, sentencia judicial condenatoria o encontrarse por MORDAZA vez en situacion de disponibilidad, debe reembolsar a la institucion el monto proporcional al gasto efectuado en sus estudios, el cual no sera menor al 25% de los gastos totales. CAPITULO IV SITUACION DE ACTIVIDAD Articulo 70º.- Situacion de actividad La situacion de actividad es la condicion del personal de la Policia Nacional del Peru en MORDAZA y fuera de cuadros. Articulo 71º.- Situacion de actividad en MORDAZA La situacion de actividad en MORDAZA es la condicion en la que el personal de la Policia Nacional del Peru se encuentra dentro del servicio, con empleo y cargo, en cualquiera de los casos siguientes: 1) 2) 3) 4) 5) Desempenando un cargo previsto en los MORDAZA de organizacion y asignacion de personal. Sometido a la medida preventiva de separacion temporal del cargo. En comision del servicio o mision de estudios. En vacaciones, licencia, permiso o franco. Enfermo o lesionado por un periodo no mayor de seis (6) meses.

5)

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