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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de diciembre de 2012 481160 económicas del Octavo Listado, por un monto de S/. 27 748 779.54 (VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 54/100 NUEVOS SOLES); Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe Nº 077-2012-JUS/OGED-OPRE, señala que el fi nanciamiento es con cargo al presupuesto aprobado al Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 001 Ofi cina General de Administración, el cual se implementa a través de la Secretaria Ejecutiva del CMAN en coordinación con la Ofi cina General Administración, por cuyo mérito emite opinión favorable para atender los desembolsos correspondientes al pago de reparaciones económicas individuales; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 015- 2006-JUS y sus modifi catorias; la Resolución Ministerial Nº 184-2011-PCM y su modifi catoria y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización de Abono de la Reparación Económica Autorizar el desembolso presupuestal para atender el abono único de las Reparaciones Económicas a favor de 3 994 benefi ciarios comprendidos en el Octavo Listado de la Primera Etapa del Programa de Reparaciones Económicas, elaborados por la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, en cada una de las cuentas de ahorro del Banco de la Nación, hasta por un monto total de S/. 27 748 779.54 (VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 54/100 NUEVOS SOLES), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Ejecución presupuestaria del Abono de la Reparación Económica La autorización a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución será atendida por el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Unidad Ejecutora: 001 Ofi cina General de Administración; Programa Presupuestal: 9002 Asignaciones Presupuestales que no resultan en producto, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de las Capacidades Sociales y Económicas, Meta: 0025 y Fuente Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Ejecución, Seguimiento y Monitoreo del Programa La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN, es la responsable de supervisar la ejecución, seguimiento y monitoreo del Programa de Reparaciones Económicas, debiendo informar mensualmente al Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia acerca de los resultados de dicha gestión. Artículo 4º.- Publicación en el Portal Institucional del MINJUS El Anexo al que se refi ere el artículo 1º, se publicará en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 879700-2 RELACIONES EXTERIORES Incorporan al Servicio Diplomático de la República e inscriben en el Escalafón del Servicio Diplomático con la categoría de Tercer Secretario, a partir del 1 de enero del 2013, a aspirantes que han obtenido nota aprobatoria durante el ciclo de formación 2011-2012 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 281-2012-RE Lima, 17 de diciembre de 2012 VISTAS: Las notas aprobatorias obtenidas por los aspirantes al Servicio Diplomático de la República, así como el Cuadro General de Méritos de la Promoción 2012; CONSIDERANDO: Que, los artículos 4º y 65º de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, de fecha 17 de octubre del 2003 y su modifi catoria la Ley N° 29318, regulan el ingreso al Servicio Diplomático de la República; Que, los artículos 3º, 4º, 194º y 195º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE, de fecha 10 de diciembre del 2003, y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE, establecen que la única vía de ingreso al Servicio Diplomático de la República es la Academia Diplomática del Perú; que el ingreso formal al Servicio Diplomático de la República se efectúa mediante Resolución Suprema y que la inscripción en el Escalafón del Servicio Diplomático de la República se realiza en la categoría de Tercer Secretario y con la precedencia correspondiente al cuadro de méritos de egreso de la Academia Diplomática del Perú; Que, mediante la Ley N° 28598, de fecha 14 de agosto del 2005, se precisa los alcances del artículo 64° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, respecto a los títulos y al grado académico que ese Centro de Estudios Superiores otorga, una vez cumplidos los requisitos de graduación establecidos en el Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú y dentro del marco de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria; Teniendo en cuenta el memorándum (ADP) N° ADP0388/ 2012, de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, de 13 de diciembre del 2012; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4° y 65° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; los artículos 3°, 4°, 194° y 195° del Decreto Supremo N° 130-2003- RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065- 2009-RE; la Ley N° 28598, Ley para conferir Título de Diplomático; y la Ley N° 23733, Ley Universitaria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar al Servicio Diplomático de la República e inscribir en el Escalafón del Servicio Diplomático con la categoría de Tercer Secretario, a partir del 1 de enero del 2013 en el orden de méritos en que fi guran, a los siguientes aspirantes que han obtenido nota aprobatoria durante el ciclo de formación 2011-2012: 1. Lukashevich Pérez, Olga Victoria 2. Celis Silva, David Arturo 3. Solari Antola, Luis Amadeo 4. Curay Ferrer, José Joshúa 5. Carbajal Chávez, Ana Lucía 6. De Jesús Alegre, Claudia Fiorella 7. De los Ríos Diez, Alvaro 8. Nieto Frías, José Miguel