Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2012 (18/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 18 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

481157

ENERGIA Y MINAS
Disponen la aplicacion a niveles socioeconomicos C, D y E de la promocion por la conexion de consumidores residenciales, a efectos de lograr el mayor impacto social en la masificacion del Gas Natural
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 533-2012-MEM/DM MORDAZA, 13 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 040-2008EM, se aprobo el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, que MORDAZA, entre otros aspectos, lo referente a la prestacion del Servicio Publico de Distribucion de Gas natural por Red de Ductos, incluyendo los procedimientos para fijar tarifas, los supuestos de reajuste tarifario, normas de seguridad y normas vinculadas con la fiscalizacion; Que, el articulo 112a del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008EM, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2012-EM, establece, entre otros aspectos, que la promocion por la conexion de consumidores residenciales se aplicara a determinadas zonas geograficas, ubicadas en la concesion, o para determinados niveles socio economicos, segun lo establezca el Ministerio de Energia y Minas mediante Resolucion Ministerial; Que, considerando que la proyeccion de clientes beneficiarios con gastos de promocion ha superado las estimaciones y autorizaciones iniciales, producto de un acelerado avance de la demanda; resulta necesario complementar la regulacion de manera que se continue propiciando el desarrollo integral (redes y conexiones con instalaciones internas) de esta actividad, beneficiando a los consumidores residenciales con la referida promocion, a efectos de masificar el uso del Gas Natural en dicho Sector; Que, en ese sentido, resulta conveniente determinar las zonas geograficas o niveles socioeconomicos que podran ser beneficiadas con los descuentos por promocion; Que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, dicha institucion es el organo rector que regula, coordina y realiza actividades de estadistica basica y derivada, asi como el analisis de la estadistica oficial. Asimismo, formula y evalua la politica nacional de informatica y regula las actividades de informatica en el Sector Publico; Que, en esa medida, se debera tener en cuenta los enfoques, indicadores y metodologias puestas a disposicion por el INEI, con la finalidad de poder determinar quienes seran beneficiados con los descuentos por promocion a los que se hace referencia en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2012-EM; Que, asimismo, el numeral 18.3 del articulo 18 de la MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion de los Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribucion de Gas Natural", aprobada mediante Resolucion de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 659-2008-OS-CD, modificada por Resolucion de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 199-2012-OS/CD, establece que en los casos que el concesionario solicite la aprobacion de un Plan de Promocion, debera realizar un estudio de MORDAZA de las zonas geograficas donde se aplicara el citado plan para determinar el numero de consumidores potenciales que accederian al Plan de Promocion; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº

26221, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0422005-EM, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la aplicacion a los niveles socioeconomicos C, D y E, de la promocion por la conexion de consumidores residenciales, a efectos de lograr el mayor impacto social en la masificacion del Gas Natural, en las zonas donde existan Concesiones de Distribucion de Gas Natural en el pais. Articulo 2º.- El Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, conforme a lo establecido en el articulo 112a del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008EM, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2012-EM, establecera la normativa correspondiente, a efectos de ser aplicada en la evaluacion y aprobacion de los planes de conexiones residenciales a beneficiarse con los gastos de la promocion, propuestos por el concesionario. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 879214-1

Otorgan autorizacion a favor de Eco Energy S.A.C. para desarrollar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en MORDAZA denominada Pinaya VI, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 249-2012-EM/DGE MORDAZA, 3 de diciembre de 2012 VISTOS: El Expediente Nº 12268010, organizado por Eco Energy S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12286852 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre la solicitud de otorgamiento de autorizacion para realizar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada Pinaya VI; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 2051986 de fecha 15 de Diciembre de 2010, Eco Energy S.A.C. solicito autorizacion para desarrollar la actividad de exploracion de recursos geotermicos en la MORDAZA denominada Pinaya VI, ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en los Expedientes; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en los articulos 2 y 13 de la Ley Nº 26848, Ley Organica de Recursos Geotermicos, y en los articulos 7 y 12 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2010-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado la Declaracion Jurada a traves de la cual se compromete a elaborar un Estudio Ambiental, aprobado por la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos, MORDAZA del inicio de los trabajos de exploracion, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12.6 del articulo 12 del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos; Que, Eco Energy S.A.C. ha cumplido con efectuar el pago correspondiente al Derecho de Vigencia, conforme a lo establecido en el articulo 62 del Reglamento de la Ley Organica de Recursos Geotermicos;

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