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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481359 los documentos valorados entregados por otras unidades orgánicas. Asimismo, realizar otras acciones que le encargue la Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio en el ámbito de su competencia. e) Administrar el archivo y el almacén de bienes de uso y consumo a su cargo, en concordancia con la normatividad vigente. f) Asegurar, cuando corresponda, las labores de operación y soporte informático a su cargo, de acuerdo a los lineamientos e instrucciones de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. g) Ejecutar los procesos de incorporación del personal y administrar las modalidades formativas laborales que le encargue la Intendencia Nacional de Recursos Humanos. h) Efectuar, en el ámbito de su jurisdicción, las acciones de capacitación, relaciones laborales, bienestar, seguridad y salud en el trabajo y otras que le encargue la Intendencia Nacional de Recursos Humanos. i) Organizar y controlar las labores de seguridad interna, así como regular el ingreso, permanencia y salida del personal, de los bienes y vehículos de las entidades que desarrollan funciones en el Complejo Fronterizo. j) Formular los proyectos de los contratos de comodato por la infraestructura y bienes muebles asignados, así como los proyectos de los contratos por la prestación de servicios complementarios por la infraestructura. Asimismo, controlar su ejecución de los mismos. k) Canalizar ante las entidades que desarrollan funciones en el Complejo Fronterizo las quejas de los usuarios respecto de los servicios brindados por éstos. l) Informar a la O¿ cina de Soporte Administrativo Tacna sobre las acciones de contratación, de mantenimiento, de manejo de fondo ¿ jo de caja chica y custodia de documentos valorados, de archivo, de almacén de bienes de uso y consumo, de soporte informático, de recursos humanos y otras que le encarguen en el ámbito de su competencia; así como elevar las propuestas de ampliación y/o modi¿ cación de la infraestructura, construcción e instalaciones del Complejo Fronterizo. m) Dictar disposiciones internas para el mejor funcionamiento del Complejo Fronterizo. n) Ejecutar las acciones de defensa civil y de seguridad del personal, instalaciones y patrimonio de su jurisdicción, de acuerdo a los lineamientos e instrucciones de la O¿ cina de Seguridad y Defensa Nacional. o) Elaborar y elevar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. p) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la O¿ cina de Soporte Administrativo Tacna. Artículo 164°.- Ofi cina de Imagen y Comunicaciones La O¿ cina de Imagen y Comunicaciones es un órgano dependiente de la Superintendencia Nacional, encargado de diseñar políticas, promover y desarrollar acciones orientadas a fortalecer la imagen institucional, las comunicaciones y desarrollar la cultura aduanera y tributaria en todo el país. Artículo 165°.- Funciones de la Ofi cina de Imagen y Comunicaciones Son funciones de la O¿ cina de Imagen y Comunicaciones: a) Supervisar la formulación y actualización de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias y proponerlos a la Alta Dirección para su aprobación, así como aprobar las que le correspondan. Asimismo supervisar su cumplimiento y evaluación. b) Emitir opinión técnica y proponer a la Alta Dirección los lineamientos relacionados a los procesos de su competencia; así como aprobar los que le correspondan. c) Emitir comunicaciones o¿ ciales y supervisar su publicación, de acuerdo a los procedimientos establecidos. d) Supervisar las acciones de imagen institucional, comunicaciones internas y externas, protocolo y eventos institucionales, así como las de cultura aduanera y tributaria. e) Presentar a la Alta Dirección informes sobre publicaciones referidas a la institución y propuestas de acciones o estrategias que sean necesarias. f) Supervisar la coordinación con entidades públicas, privadas y organismos internacionales en los asuntos de su competencia, así como proponer convenios y alianzas estratégicas. g) Supervisar la sistematización de archivos publicitarios, periodísticos, videográ¿ cos, fotográ¿ cos y otros, de las actividades desarrolladas o vinculadas con la SUNAT. h) Refrendar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia y derivar a las instancias pertinentes para su atención, cuando corresponda. i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Superintendencia Nacional. Artículo 166°.- Gerencia de Comunicaciones La Gerencia de Comunicaciones es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la O¿ cina de Imagen y Comunicaciones encargada de diseñar y desarrollar acciones de comunicación y difusión interna y externa. Artículo 167°.- Funciones de la Gerencia de Comunicaciones Son funciones de la Gerencia de Comunicaciones: a) Conducir la formulación y actualización de propuestas de políticas, el Plan de Comunicaciones y otros planes, programas, proyectos y estrategias de su competencia; así como su seguimiento y evaluación. b) Revisar y elevar propuestas de opinión técnica y lineamientos relacionados a los procesos de su competencia. c) Conducir la ejecución de las acciones de comunicación interna y externa, así como las actividades protocolares de la institución y de los eventos institucionales. d) Conducir el cumplimiento del protocolo institucional en concordancia con las normas de precedencia institucional y o¿ cial. e) Conducir la plani¿ cación y organización de eventos institucionales en coordinación con las áreas usuarias y la Alta Dirección. f) Revisar y proponer las estrategias y acciones para la gestión de crisis o cambios súbitos que afecten la imagen y estabilidad de la institución. g) Conducir la coordinación con los medios de prensa en la emisión, entre otros, de comunicaciones o¿ ciales, notas de prensa, entrevistas, informes y reportajes institucionales. h) Conducir la coordinación de la edición y distribución de la Memoria Anual, las publicaciones y comunicados o¿ ciales de SUNAT. i) Coordinar con las Gerencias de Imagen Institucional y de Cultura Aduanera y Tributaria los asuntos de su competencia. j) Coordinar con entidades públicas, privadas y organismos internacionales los asuntos de su competencia, así como elevar propuestas de convenios y alianzas estratégicas. k) Evaluar y sustentar los informes sobre publicaciones referidas a la institución y acompañarlos de las acciones o estrategias que sean necesarias. l) Conducir la sistematización de material y archivos periodísticos, videográ¿ cos, fotográ¿ cos y de otros, de las actividades desarrolladas o vinculadas con la SUNAT. m) Aprobar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. n) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la O¿ cina de Imagen y Comunicaciones. Artículo 168°.- División de Comunicación Interna y Protocolo La División de Comunicación Interna y Protocolo es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Comunicaciones, encargada de ejecutar acciones orientadas al fortalecimiento de la comunicación interna, así como de la organización de eventos y protocolo. Artículo 169°.- Funciones de la División de Comunicación Interna y Protocolo Son funciones de la División de Comunicación Interna y Protocolo: